Devolución de la Renta: así puedes saber si Hacienda ya ha ordenado el pago

La Agencia Tributaria permite consultar por Internet el estado de una devolución de la declaración de la Renta. A través de la Sede Electrónica o de la aplicación oficial, los contribuyentes pueden comprobar si su expediente sigue en tramitación, está siendo revisado o si el ingreso ya ha sido ordenado.

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Imagen de archivo de persona haciendo borrador declaración renta. | EuropaPress

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Tras presentar la declaración de la Renta, una de las consultas más habituales entre los contribuyentes es conocer cuándo devolverá Hacienda el dinero si el resultado de la liquidación es favorable. Aunque la Agencia Tributaria dispone de un plazo legal para efectuar el ingreso, el estado del expediente puede consultarse en cualquier momento y permite conocer en qué fase se encuentra la devolución.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ofrece este servicio de forma telemática, de manera que cualquier ciudadano puede acceder a su expediente y comprobar si la devolución continúa en estudio, ha sido autorizada o ya ha sido abonada en la cuenta bancaria facilitada durante la presentación de la declaración.

Cómo consultar el estado de una devolución de la Renta

La forma más sencilla de conocer la situación de una devolución consiste en acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria o utilizar la aplicación oficial de la AEAT.

Para consultar el expediente es necesario identificarse mediante alguno de los sistemas admitidos por la Administración, como Cl@ve, certificado digital, DNI electrónico o el número de referencia de la declaración cuando este sistema se encuentre habilitado.

Una vez identificado, el contribuyente puede acceder al expediente de su declaración y consultar toda la información relativa a la devolución.

Qué significan los distintos estados del expediente

Durante la tramitación de una devolución, la Agencia Tributaria muestra diferentes mensajes que permiten conocer la situación del procedimiento. Cuando el expediente indica que "su declaración se está tramitando", significa que Hacienda ha recibido correctamente la declaración y está revisando los datos aportados por el contribuyente.

Si el mensaje cambia a "su declaración está siendo comprobada", la Agencia Tributaria está realizando verificaciones adicionales antes de resolver el expediente. Este estado no implica necesariamente que exista un error o una incidencia, sino que el expediente requiere una revisión más detallada. Por su parte, cuando aparece el mensaje "su devolución ha sido emitida", significa que la AEAT ya ha autorizado el pago y ha ordenado la transferencia bancaria. Habitualmente, el ingreso se recibe en la cuenta pocos días después.

Finalmente, el estado "su devolución ha sido abonada" confirma que el dinero ya ha sido transferido al contribuyente.

 
Estado del expediente ¿Qué significa? ¿Qué debe hacer el contribuyente?
Declaración presentada La Agencia Tributaria ha recibido correctamente la declaración. Esperar el inicio de la tramitación.
Su declaración se está tramitando Hacienda está revisando los datos de la declaración. No es necesario realizar ninguna actuación.
Su declaración está siendo comprobada La AEAT efectúa verificaciones adicionales antes de resolver el expediente. Revisar si existe algún requerimiento o notificación.
Su devolución ha sido emitida La Agencia Tributaria ha ordenado la transferencia bancaria. Esperar el ingreso en la cuenta.
Su devolución ha sido abonada El importe ya ha sido ingresado en la cuenta bancaria. No es necesario realizar ninguna actuación.
Devolución compensada La devolución se ha aplicado total o parcialmente al pago de deudas pendientes. Consultar la resolución de la AEAT si no se está conforme.

Cuánto tiempo tiene Hacienda para devolver el dinero

La normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) concede a la Agencia Tributaria, con carácter general, un plazo máximo de seis meses para practicar la devolución.

Cuando la declaración se presenta dentro del periodo voluntario de la campaña de la Renta, ese plazo comienza a contar desde el último día fijado para presentar las declaraciones. Si el contribuyente presenta la declaración fuera de plazo, el cómputo se inicia desde la fecha de presentación.

En la práctica, muchas devoluciones se realizan antes de que transcurran esos seis meses, aunque el plazo puede variar en función de las comprobaciones que deba efectuar la Administración.

Qué ocurre si Hacienda tarda más de seis meses

Si la devolución no se efectúa dentro del plazo legal por causas no imputables al contribuyente, la Agencia Tributaria deberá abonar también los intereses de demora que correspondan. El ciudadano no necesita solicitarlos expresamente, ya que la propia Administración debe incorporarlos de oficio cuando procedan.

Qué hacer si la devolución no llega

Si el expediente permanece sin cambios durante un periodo prolongado, conviene comprobar si la Agencia Tributaria ha enviado alguna notificación o ha solicitado documentación adicional.

También es recomendable verificar que el número de cuenta bancaria facilitado durante la presentación de la declaración es correcto, ya que cualquier incidencia puede retrasar el ingreso.

En caso de que exista un requerimiento pendiente, responder dentro del plazo establecido permitirá evitar demoras innecesarias en la tramitación de la devolución.

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