Polymarket eleva al 50% la posibilidad de que España convoque elecciones anticipadas antes de diciembre

El mercado de predicción reacciona a la caída de los decretos de vivienda y sitúa en el 52% la opción de una convocatoria antes de noviembre

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibe el aplauso de la tribuna socialista durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 2 de octubre de 2026, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, recibe el aplauso de la tribuna socialista durante una sesión plenaria, en el Congreso de los Diputados, a 2 de octubre de 2026, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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El mercado de predicción Polymarket ha elevado este viernes las expectativas de una convocatoria de elecciones generales anticipadas en España antes de que termine 2026, coincidiendo con la derrota parlamentaria de los dos decretos-ley de vivienda y el periodo de reflexión abierto por Pedro Sánchez sobre el futuro de la legislatura.

En concreto, el mercado sitúa actualmente en un 52% la posibilidad de que la convocatoria se produzca antes del 31 de octubre, mientras que la opción de que llegue antes del 30 de noviembre se encuentra en el 50%. La plataforma acumula más de 58.000 dólares de volumen negociado en este mercado, abierto desde el pasado 5 de marzo. 

Las cifras han cambiado durante la tarde y pueden seguir haciéndolo, ya que Polymarket actualiza sus porcentajes en función de las operaciones de sus usuarios. La propia plataforma explica que el precio de cada posición representa la probabilidad implícita que los participantes asignan a que se produzca el acontecimiento. 

El movimiento se produce después de que el Congreso haya rechazado este viernes los dos decretos-ley de vivienda del Gobierno, una derrota que ha abierto de nuevo el debate sobre la duración de la legislatura. Tras la votación, fuentes de Moncloa consultadas por Demócrata aseguraron que el presidente se ha dado el fin de semana para analizar sus próximos pasos y que el adelanto electoral no está descartado.

"En Moncloa estamos tranquilos, toca pensar y reflexionar. La decisión solo la conoce una persona, y es el propio Sánchez. No descartamos nada, pero él decide y toca reflexionar", señalaron las mismas fuentes.

Los porcentajes de Polymarket no constituyen una encuesta ni una previsión oficial sobre la decisión que adoptará Sánchez. Se trata de un mercado de predicción en el que los participantes compran y venden posiciones sobre distintos acontecimientos, por lo que las probabilidades pueden variar rápidamente conforme aparecen nuevas informaciones.

La plataforma tiene abiertos tres horizontes para España: 31 de octubre, 30 de noviembre y 31 de diciembre de 2026. El mercado acumula actualmente un volumen de 58.206 dólares y permanecerá abierto hasta finales de año.

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¿Cuáles son los pasos legales y plazos que debe seguirse en España para convocar elecciones generales anticipadas?

En España, la convocatoria de elecciones generales anticipadas es un mecanismo regulado principalmente por la Constitución (sobre todo el artículo 115 CE) y por la LOREG (Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, en particular el artículo 42). A continuación se resumen los pasos legales y los plazos esenciales desde la decisión de disolver las Cortes hasta la constitución de las nuevas Cámaras.

1. Quién puede disolver y en qué condiciones

La disolución anticipada de las Cortes Generales y la consiguiente convocatoria de elecciones es una facultad del Presidente del Gobierno, regulada por el artículo 115 de la Constitución Española:

  • El Rey disuelve el Congreso, el Senado o las Cortes Generales mediante Real Decreto, pero siempre a propuesta del Presidente del Gobierno, que responde políticamente de esa decisión. El decreto debe ir además refrendado por el Presidente del Congreso.
  • Límites temporales: no se puede acordar la disolución:
    • Mientras esté en trámite una moción de censura.
    • Cuando esté declarado el estado de sitio.
    • Antes de que transcurra un año desde la anterior disolución de las Cámaras.
  • El decreto que disuelve debe convocar simultáneamente elecciones, fijando la fecha de la votación.

2. Real Decreto de disolución y convocatoria

Adoptada la decisión política, el Consejo de Ministros acuerda proponer al Rey la disolución y la convocatoria. El contenido clave se plasma en un Real Decreto que:

  • Declara disueltas las Cámaras (Congreso y normalmente también Senado).
  • Convoca elecciones generales.
  • Fija el día de la votación y menciona el calendario básico que se regirá por la LOREG.

Según el artículo 42 LOREG, en caso de disolución anticipada:

  • El decreto de convocatoria se publica en el BOE al día siguiente de su expedición y entra en vigor el mismo día de su publicación.
  • El propio decreto señala la fecha de las elecciones, que deben celebrarse el día quincuagésimo cuarto (54) posterior a la convocatoria.

3. Fase preelectoral: censo, candidaturas y campaña

Desde la publicación del decreto, se activa automáticamente el calendario que marca la LOREG:

  • Censo electoral: se utiliza el censo cerrado el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria; se abre un plazo de ocho días para reclamaciones sobre los datos censales a partir del sexto día posterior a la convocatoria (art. 39 y ss. LOREG).
  • Presentación de candidaturas: los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores presentan sus listas ante las Juntas Electorales en los plazos previstos (en torno a la segunda semana tras la convocatoria). Las Juntas revisan y proclaman candidaturas.
  • Campaña electoral: conforme a los artículos sobre campaña de la LOREG (entre ellos el artículo 50 y siguientes), la campaña tiene una duración general de 15 días, y finaliza a las 0:00 del día inmediatamente anterior a la votación (la denominada “jornada de reflexión”).
  • Durante el periodo que va desde la convocatoria hasta el inicio de la campaña rigen ya restricciones de comunicación institucional y actos de inauguración de obras o servicios públicos para evitar usos partidistas.

4. Jornada electoral y escrutinio

El décimo cuarto domingo tras la convocatoria (equivalente al día 54, según el art. 42 LOREG) se celebra la jornada de votación:

  • Constitución de las mesas, votación y escrutinio en cada mesa.
  • Posteriormente, escrutinio general por las Juntas Electorales Provinciales.
  • Posibilidad de recursos y reclamaciones en los cauces previstos por la LOREG y la jurisdicción contencioso‑electoral.

5. Constitución de las nuevas Cortes Generales

Una vez proclamados los electos, la Constitución fija el límite máximo para que se constituyan las Cámaras:

  • El artículo 68.6 CE establece que el Congreso será convocado dentro de los 25 días siguientes a las elecciones.
  • El artículo 69.7 CE contiene un marco equivalente para el Senado, de forma que ambas Cámaras se constituyen en torno a ese plazo.

La sesión constitutiva incluye la elección de las Mesas del Congreso y del Senado y el inicio formal de la nueva legislatura, a partir de la cual podrán desarrollarse las posteriores fases de investidura del Presidente del Gobierno (art. 99 CE).

En suma, el esquema jurídico de unas elecciones generales anticipadas en España combina la facultad discrecional pero limitada del Presidente del Gobierno para proponer la disolución con un calendario electoral rígido (54 días entre convocatoria y votación, 15 días de campaña y hasta 25 días para la constitución de las nuevas Cámaras) fijado en la LOREG, lo que garantiza certeza y estabilidad procedimental.

¿Cuáles son las competencias del presidente del Gobierno de España respecto a la disolución de las Cortes y la convocatoria electoral según la Constitución?

El presidente del Gobierno tiene un papel central en la disolución de las Cortes Generales y en la convocatoria de elecciones, pero sus competencias están siempre enmarcadas por la Constitución y requieren la intervención del Rey y otros órganos. Las normas clave son, sobre todo, los artículos 115, 68.4, 69.6, 99.5, 116 y 168 de la Constitución Española (CE).

1. Iniciativa para disolver las Cortes (art. 115 CE)

La competencia más característica del presidente del Gobierno es la de proponer al Rey la disolución de las Cortes Generales:

  • Iniciativa exclusiva: solo el presidente del Gobierno puede plantear al Rey la disolución del Congreso, del Senado o de ambas Cámaras. Ningún otro órgano (Congreso, Senado, Rey por sí solo) puede iniciar por voluntad propia una disolución anticipada.
  • Carácter político y discrecional: la Constitución no exige motivar la propuesta ni vincularla a una situación concreta (crisis de gobierno, bloqueo parlamentario, etc.). Es una herramienta política de dirección de la mayoría parlamentaria.
  • Requisito previo de deliberación del Consejo de Ministros: antes de elevar la propuesta al Rey, el presidente debe someter la decisión a deliberación del Consejo de Ministros (art. 115.2 CE). No es un acto personal, sino del Gobierno en su conjunto, aunque la iniciativa sea presidencial.
  • Acto formal del Rey con refrendo del presidente: la disolución se materializa mediante decreto del Rey, que debe ser obligatoriamente refrendado por el presidente del Gobierno. Sin ese refrendo, el decreto no sería válido.

2. Límites constitucionales a la facultad de disolución

La Constitución impone límites estrictos al uso de esta competencia presidencial, recogidos principalmente en el artículo 115.3 CE y en el artículo 116 CE:

  • Prohibición durante la tramitación de una moción de censura: el presidente no puede proponer la disolución cuando el Congreso está conociendo de una moción de censura. Se evita así que el Gobierno bloquee un mecanismo de control parlamentario esencial.
  • Plazo mínimo de un año desde la anterior disolución a iniciativa presidencial: no puede proponerse una nueva disolución antes de que transcurra un año desde la anterior disolución realizada al amparo del art. 115 CE. Con ello se impide un uso abusivo o reiterado de la disolución anticipada.
  • Imposibilidad durante los estados de excepción y sitio: durante la vigencia del estado de excepción o de sitio, la Constitución prohíbe disolver las Cortes (art. 116.5 CE). Esto limita también la capacidad presidencial en situaciones de crisis constitucional grave.

3. Competencias en la convocatoria electoral

Disuelta la Cámara o expirado el mandato, la convocatoria electoral también pasa por la iniciativa del presidente:

  • Elecciones anticipadas tras disolución: el mismo decreto de disolución, firmado por el Rey y refrendado por el presidente, debe fijar la fecha de las elecciones, dentro de los plazos que marca la Constitución y la legislación electoral (el art. 115.1 CE exige que las elecciones se celebren dentro de los 30-60 días siguientes a la disolución).
  • Elecciones ordinarias al término de la legislatura: cuando expira el mandato de cuatro años del Congreso y el Senado (arts. 68.4 y 69.6 CE), el Rey convoca elecciones, pero lo hace también a propuesta del presidente del Gobierno y con su refrendo. Es decir, incluso en la renovación ordinaria, la iniciativa gubernamental es necesaria.

4. Supuestos en que la disolución no depende del presidente

Existen casos en los que la disolución de las Cortes se produce por mandato directo de la Constitución, y el papel presidencial se reduce:

  • Fracaso de la investidura (art. 99.5 CE): si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato obtenga la confianza del Congreso, la Cámara queda automáticamente disuelta y se convocan elecciones. Aquí no se requiere propuesta del presidente del Gobierno (de hecho puede ni siquiera haberlo); el Rey disuelve y convoca, con el refrendo del presidente del Congreso.
  • Reforma constitucional agravada (art. 168.3 CE): en ciertos procedimientos de reforma, una vez aprobada la revisión por las Cortes, se dispone su disolución y la elección de nuevas Cámaras. También en este supuesto la disolución viene impuesta por la propia Constitución, no por una decisión política del presidente.

En resumen, el presidente del Gobierno es el actor clave en la decisión política de disolver las Cortes y adelantar elecciones, mediante la propuesta al Rey y el refrendo de los decretos de disolución y convocatoria. Sin embargo, su poder está fuertemente encauzado por límites temporales, por la protección de los instrumentos de control parlamentario y por algunos supuestos en los que la propia Constitución impone la disolución sin necesidad de su iniciativa.

¿Podrías explicarme con ejemplos históricos recientes cómo han usado los presidentes del Gobierno la facultad de disolver las Cortes? ¿Qué diferencias prácticas hay entre una disolución anticipada propuesta por el presidente y la disolución automática por fracaso de la investidura del artículo 99.5 CE? ¿Cómo interactúan las competencias del presidente sobre disolución y convocatoria electoral con los estados de alarma, excepción y sitio previstos en el artículo 116 CE?

¿Qué otras plataformas de mercados de predicción existen que operen sobre acontecimientos políticos en Europa?

En el ámbito europeo existen varias plataformas de mercados de predicción que permiten “apostar” o negociar sobre acontecimientos políticos (elecciones, cambios de liderazgo, decisiones institucionales, etc.). Sin embargo, su operativa real en Europa está muy condicionada por la regulación: muchos reguladores nacionales las tratan como juego de azar o, en algunos casos, como instrumentos financieros, y han llegado a ordenar su bloqueo. A continuación tienes un mapa sintético de las principales referencias y de cómo encajan en el contexto europeo.

1. Polymarket

Polymarket es, hoy por hoy, la plataforma más visible en el segmento de mercados de predicción política con impacto en Europa. Funciona como un mercado en el que los usuarios compran y venden participaciones vinculadas al resultado de eventos futuros: elecciones, decisiones judiciales, conflictos internacionales o movimientos políticos relevantes. El precio de cada participación refleja la probabilidad implícita de que ocurra el evento.

  • Ámbito geográfico: plataforma global, con mercados específicos sobre Europa y países europeos (por ejemplo, elecciones portuguesas, escenarios de liderazgo en instituciones europeas, etc.).
  • Tipo de mercados: hechos políticos (elecciones, liderazgo de la Comisión o la Fed, decisiones de líderes como Trump), además de guerras, decisiones judiciales o movimientos empresariales.
  • Tecnología y formato: mercado de predicción basado en criptoactivos, donde el usuario abre posiciones y puede ganar o perder dinero en función del resultado de los eventos.
  • Situación regulatoria en Europa: varios reguladores la consideran de facto un servicio de juego de azar. En España, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto expediente sancionador y ha ordenado el bloqueo cautelar de la web por operar sin la licencia de juego exigida, argumentando que encaja en la definición de juego regulado (apuestas económicas sobre hechos inciertos). En Francia, la autoridad de juego ha vetado el acceso por considerarla sitio de apuestas ilegal y por falta de controles de verificación de identidad.

Este patrón (crecimiento rápido y posterior choque regulatorio) ilustra bien las tensiones que estos mercados generan en Europa, sobre todo cuando convierten guerras, crisis diplomáticas o procesos electorales en productos puramente especulativos.

2. Kalshi

Kalshi es otra plataforma destacada de “event contracts”, nacida en Estados Unidos y regulada allí como mercado de derivados sobre acontecimientos del mundo real.

  • Ámbito geográfico: base en EE. UU., con ambición explícita de extender su modelo a Europa y Reino Unido, buscando encaje regulatorio.
  • Tipo de mercados: contratos sobre eventos económicos y políticos (por ejemplo, quién presidirá la Reserva Federal estadounidense o determinados resultados electorales).
  • Relación con Europa: se utiliza como referencia cuando se habla de mercados de predicción política, y ha ofrecido mercados vinculados a decisiones de líderes con impacto global. Sin embargo, en la UE su operativa directa está cuestionada: como en el caso de Polymarket, España ha abierto expediente y ordenado bloqueo cautelar por operar sin licencia, y otros reguladores europeos señalan que este tipo de productos requiere autorización específica.
3. Plataformas de referencia comparativa: PredictIt, Smarkets y Manifold Markets

Además de Polymarket y Kalshi, en la conversación sobre mercados de predicción política suelen mencionarse otras plataformas que, aunque no están centradas en Europa, sirven de referencia:

  • PredictIt: mercado político casi exclusivamente centrado en EE. UU. Ofrece contratos sobre elecciones, control de cámaras legislativas o cambios de política. Su relevancia europea es más analítica que operativa: se cita a menudo como ejemplo de regulación de mercados políticos, pero no es una herramienta principal para apostar sobre política europea.
  • Smarkets: plataforma de apuestas entre pares (*peer-to-peer*) con foco global. Incluye mercados sobre política (elecciones en distintos países), pero su posicionamiento está más cerca de una bolsa de apuestas deportivas y generalistas que de un mercado especializado en política europea.
  • Manifold Markets: permite a los usuarios crear y negociar mercados sobre casi cualquier tema, incluida la política. Es útil para comunidades interesadas en pronósticos, más como espacio de experimentación y debate que como infraestructura principal de referencia para grandes volúmenes sobre política europea.
4. Agregadores y visores: CoinRithm

Junto a las plataformas donde realmente se negocia, existen herramientas que actúan como agregadores o visores:

  • CoinRithm: portal que recopila y presenta mercados de predicción históricos, incluyendo un apartado específico de “Europa – política”. Permite ver qué mercados han existido, cómo han evolucionado las cuotas probabilísticas y cuáles se han liquidado, pero no es en sí una plataforma transaccional central.
5. Contexto regulatorio europeo

Un elemento clave para entender por qué no hay una gran “plataforma europea” consolidada es el marco regulatorio. Según las autoridades nacionales y europeas citadas en distintas notas de prensa:

  • En muchos Estados miembros, estos mercados se consideran juego de azar cuando implican apostar dinero sobre resultados inciertos, por lo que requieren licencia de juego y están sujetos a controles estrictos (identificación de usuarios, prohibición a menores y autoexcluidos, mecanismos de prevención de adicción, etc.).
  • En paralelo, algunos supervisores financieros y la autoridad europea de valores plantean que, dependiendo del diseño, pueden asimilarse a derivados o contratos financieros, lo que los sometería a normativa de mercados de valores.
  • La falta de una categoría jurídica clara en toda la UE, y la preocupación ética por mercados sobre guerras, atentados o procesos penales, han llevado a varios países (como España y Francia) a optar por el bloqueo o la restricción severa de estas plataformas.

En la práctica, esto significa que, aunque existan plataformas globales muy activas sobre acontecimientos políticos —entre ellas Polymarket y Kalshi—, su presencia en Europa está marcada por un alto grado de incertidumbre regulatoria y por actuaciones nacionales que pueden ir desde la tolerancia limitada hasta el cierre efectivo del acceso.

¿Puedes resumirme en una tabla comparativa las principales diferencias entre Polymarket, Kalshi y Smarkets en cuanto a enfoque político y situación regulatoria en Europa? ¿Qué argumentos regulatorios concretos han utilizado España y Francia para justificar el bloqueo o la restricción de Polymarket y plataformas similares? ¿Cómo se comparan los mercados de predicción política con las encuestas tradicionales a la hora de anticipar resultados electorales en Europa?

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¿Qué probabilidad asigna actualmente Polymarket a la convocatoria de elecciones generales anticipadas en España antes del 31 de octubre?

Pregunta 1 de 3

¿Qué hecho parlamentario reciente ha coincidido con el aumento de expectativas de elecciones anticipadas según la noticia?

Pregunta 2 de 3

¿Qué volumen negociado acumula el mercado de predicción de Polymarket sobre las elecciones anticipadas en España?

Pregunta 3 de 3