El Gobierno prepara una reforma profunda del mercado de Certificados de Ahorro Energético (CAE) después de tres años de funcionamiento.
Transición Ecológica sacó la semana pasada a audiencia pública un borrador de decreto que mantiene la compraventa ordinaria de certificados como mecanismo principal, pero incorpora nuevas reglas para ordenar un mercado que ha crecido con rapidez y abre una segunda vía para movilizar inversiones: las subastas de ahorro energético.
El trámite de participación estará abierto hasta el próximo 23 de septiembre.
Convertir ahorro en certificados
El sistema permite convertir el ahorro conseguido con una actuación de eficiencia energética en certificados que posteriormente pueden adquirir las empresas obligadas a cumplir objetivos anuales de ahorro.
Desde su puesta en marcha se han presentado más de 9.400 solicitudes, unas 7.000 han sido resueltas favorablemente y los ahorros certificados superan los 7.700 GWh, según los datos de Transición Ecológica. El crecimiento ha llevado al Ministerio a revisar las reglas sobre intermediarios, contratos, transmisión de certificados, plazos, inspecciones y funcionamiento del registro.
Dos modalidades de subastas
La principal novedad es la creación de dos modalidades de subastas, que convivirán con el mercado ordinario de CAE y en las que podrán participar sujetos obligados y sujetos delegados.
Las primeras serán las subastas de compromisos de ahorro energético. El adjudicatario recibirá una prima económica adicional por ejecutar las actuaciones comprometidas y, una vez certificados los ahorros, conservará los CAE generados, por lo que podrá comercializarlos posteriormente en el mercado ordinario hasta su liquidación.
La segunda modalidad serán las subastas de necesidades de ahorro energético. En este caso se adjudicará una cantidad económica por realizar una actuación determinada y los certificados generados se liquidarán directamente, por lo que no podrán comercializarse posteriormente.
La diferencia permite al Gobierno utilizar las subastas para orientar inversiones hacia proyectos que pueden resultar menos atractivos en las condiciones normales del mercado. Transición Ecológica pone como ejemplos actuaciones con largos periodos de retorno, proyectos de movilidad eléctrica, rehabilitación integral de bloques de viviendas, inversiones destinadas a pymes o población vulnerable y actuaciones que reduzcan de forma significativa las emisiones siempre que generen ahorro energético.
Las convocatorias podrán definir qué producto se subasta y utilizarán un sistema de adjudicación "pay as bid", por el que cada adjudicatario percibe el importe correspondiente a su propia oferta. También habrá precios de reserva y de riesgo para limitar, respectivamente, costes excesivamente elevados y ofertas temerarias. OMIE organizará las subastas y la CNMC ejercerá como supervisora.
Movilizar inversiones que el mercado no activa
La reforma introduce así una herramienta con la que la Administración podrá dirigir recursos hacia determinados tipos de ahorro sin sustituir el mercado ordinario.
Las subastas podrán financiarse con cargo al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) y a los Presupuestos Generales del Estado. Precisamente por la posibilidad de utilizar recursos públicos, el Ministerio prevé solicitar a la Comisión Europea que confirme el encaje del modelo con la normativa comunitaria sobre ayudas de Estado.
En las subastas de necesidades, el ahorro obtenido será además adicional al volumen que se reparte anualmente entre los sujetos obligados. Esto permite utilizar el nuevo mecanismo para aumentar el ahorro conseguido sin descontarlo de las obligaciones ordinarias asignadas a las compañías.
Menos eslabones entre quien ahorra y quien compra el ahorro
El proyecto también busca ordenar la intermediación que se ha desarrollado alrededor de los CAE. Para ello incorpora expresamente la figura del agregador de ahorros, que podrá adquirir la titularidad del ahorro generado por una actuación y transmitirla después a un sujeto obligado o delegado.
La reforma, sin embargo, limita a uno el número de agregadores que puede existir entre el propietario original del ahorro y el sujeto obligado o delegado que solicita la emisión del CAE. Con esta restricción, el Gobierno pretende reforzar la trazabilidad de la titularidad del ahorro antes de que termine convertido en un certificado.
El borrador regula también el contrato de cesión de ahorros, que servirá para documentar la transmisión. La norma define el ahorro de energía final como un bien inmaterial, transmisible y con valor económico, reforzando la regulación de un mercado en el que el ahorro obtenido por una empresa, una comunidad de propietarios u otro titular puede terminar siendo adquirido por los agentes que necesitan cumplir sus obligaciones de eficiencia.
Más requisitos para los sujetos delegados
La reforma eleva igualmente las exigencias para operar como sujeto delegado, una de las figuras centrales del sistema porque puede asumir frente a los sujetos obligados el compromiso de conseguir y liquidar CAE.
El proyecto concreta requisitos de capacidad legal, técnica y económico-financiera y prohíbe expresamente la subdelegación. De esta manera, un sujeto delegado no podrá trasladar a otro sujeto delegado la responsabilidad que haya asumido para liquidar certificados.
También se desarrolla el contenido mínimo de los contratos de delegación y las obligaciones de comunicación al Coordinador Nacional cuando se produzcan modificaciones o resoluciones anticipadas. El objetivo es identificar con mayor claridad quién responde por los ahorros comprometidos en cada operación.
Las operaciones dejarán más rastro
La trazabilidad se extiende a la propia compraventa de certificados. Cuando se produzca una transmisión de CAE, deberá comunicarse al Coordinador Nacional en un plazo de cinco días hábiles.
El Registro Nacional de Certificados de Ahorro Energético reforzará su papel como registro público y permitirá seguir las operaciones realizadas durante el ciclo de vida del certificado. El borrador fija también un límite de tres años desde la finalización de una actuación para poder inscribirla en el sistema.
La reforma irá acompañada de una plataforma electrónica integral para gestionar el Registro Nacional y los distintos procedimientos del sistema. OMIE y MIBGAS quedan habilitados para desarrollar e implantar esta herramienta y, de forma transitoria, ejercer las funciones de operador hasta que el Coordinador Nacional disponga de los medios necesarios.
Más control sobre un mercado en expansión
El crecimiento del sistema vendrá acompañado de un refuerzo de la supervisión. El proyecto incorpora un capítulo específico de inspección, control y procedimiento sancionador, con competencias para comprobar expedientes y verificar el cumplimiento de las obligaciones de los participantes.
También se modifican los procedimientos administrativos. Los gestores autonómicos dispondrán de 25 días hábiles para validar las actuaciones estandarizadas y 40 días para las singulares, mientras que los plazos para la resolución e inscripción nacional serán de 30 y 45 días hábiles, respectivamente. El proyecto incorpora, además, el silencio administrativo estimatorio en el procedimiento de certificación e inscripción.
El resultado será un mercado más reglado que el surgido con la puesta en marcha del sistema en 2023: seguirá existiendo negociación de CAE entre operadores, pero convivirá con subastas financiadas públicamente, mayores requisitos para determinados participantes, límites a la intermediación y nuevas herramientas de trazabilidad y supervisión.