El Congreso ha dado este jueves el visto bueno a una proposición de ley que permitirá conceder la nacionalidad española a determinados saharauis nacidos cuando el Sáhara Occidental estaba bajo administración española y, posteriormente, a sus descendientes. La votación coincide con una decisión judicial que plantea una pregunta inevitable: ¿podría el Tribunal Supremo terminar interviniendo también sobre los efectos electorales de estas nuevas nacionalizaciones?
El precedente acaba de producirse con la denominada "ley de nietos". El Supremo ha suspendido cautelarmente el derecho de voto de determinados nacionalizados incorporados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), así como las nuevas altas afectadas, mientras resuelve los recursos de Vox e Iustitia Europa.
La Sala considera que el crecimiento del censo genera "un peligro fundado, real y serio" de poder afectar gravemente a la "objetividad y transparencia del proceso electoral". A 1 de julio de 2026, el CERA contaba con 408.262 electores más que el utilizado en las elecciones generales de 2023, al pasar de 2.328.260 a 2.736.522.
El paralelismo con la nueva proposición sobre los saharauis resulta evidente ya que entre 70.000 y 110.000 personas se beneficiarán de esta iniciativa, aunque conviene estudiar con lupa sus detalles para dilucidar si realmente la Justicia actuará en el mismo sentido.
Hasta 110.000 potenciales beneficiarios, pero no 110.000 nuevos españoles
La primera diferencia está en las cifras. Durante la tramitación parlamentaria se ha situado hasta 110.000 personas el número potencial de beneficiarios. Esa horquilla, sin embargo, no equivale al número de personas que adquirirán la nacionalidad española ni, mucho menos, al número de nuevos electores que se incorporarán al CERA.
La proposición considera que concurren "circunstancias excepcionales" para conceder por carta de naturaleza la nacionalidad a los saharauis nacidos en el Sáhara Occidental antes del 29 de septiembre de 1977, aunque no tengan residencia legal en España.
No se trata de una nacionalización automática. Cada interesado deberá solicitarla y acreditar que cumple las condiciones establecidas mediante alguno de los documentos admitidos por la futura ley.
Entre ellos figuran un DNI español aunque esté caducado, documentación relacionada con el censo para el referéndum del Sáhara Occidental autenticada por Naciones Unidas, certificados de nacimiento o documentos emitidos por la Administración española.
La norma contempla también que los descendientes en primer grado puedan optar posteriormente a la nacionalidad y modifica el Código Civil para permitir que los saharauis puedan solicitarla tras dos años de residencia legal en España.
Por tanto, la cifra definitiva dependerá de cuántas personas estén realmente comprendidas en los supuestos de la ley, cuántas presenten la solicitud y cuántas terminen obteniendo la nacionalidad.
Nacionalidad y derecho de voto: dos cuestiones diferentes
Aquí aparece la principal diferencia con la controversia de la "ley de nietos".
El Supremo no ha anulado las nacionalidades concedidas al amparo de la Ley de Memoria Democrática. La medida cautelar afecta a sus efectos electorales y a su presencia en el CERA mientras el tribunal resuelve el fondo de los recursos.
Los magistrados justifican su intervención por el riesgo de que se celebren unas elecciones con un censo que posteriormente pueda declararse irregular en parte. Si esas personas votasen y después el tribunal concluyera que determinadas incorporaciones al CERA no eran correctas, entiende la Sala, podría haberse producido un efecto electoral imposible de revertir.
El Supremo sostiene por eso que el crecimiento registrado genera un "peligro fundado, real y serio" y puede provocar "un daño irreversible" sobre la objetividad y transparencia electoral.
La cuestión con los saharauis sería distinta. Obtener la nacionalidad española no significa incorporarse automáticamente al CERA. Este censo agrupa a los españoles residentes en el extranjero, por lo que el eventual impacto electoral de la nueva ley dependerá, entre otros factores, de dónde residan quienes finalmente adquieran la nacionalidad y de cuántos terminen incorporándose al censo.
No existe, con la información disponible, una estimación oficial de cuántos potenciales beneficiarios de la ley saharaui acabarían inscritos en el CERA.
¿Podría intervenir también el Supremo?
Sí podría llegar a hacerlo si existiera un recurso contra una actuación susceptible de control judicial y se solicitaran medidas cautelares, pero no existe ningún automatismo derivado de la decisión adoptada sobre la "ley de nietos".
Para que apareciera un escenario comparable tendría que plantearse una controversia sobre la legalidad de la aplicación de la nueva norma o sobre sus consecuencias electorales. Y el tribunal tendría que apreciar entonces que existen razones suficientes para intervenir antes de dictar sentencia definitiva.
Hay además una diferencia relevante en el origen del litigio actual. En los autos sobre la "ley de nietos", el Supremo pone también el foco sobre la interpretación realizada por el Ministerio de Justicia después de aprobarse la Ley de Memoria Democrática.
La Sala llega a advertir que el progresivo incremento del CERA derivado de esa interpretación "no parece ajustarse, tampoco, al contenido de la propia norma legal que interpreta". Es decir, una de las cuestiones que deberá resolver es si la aplicación administrativa amplió el alcance establecido por el legislador.
En el caso saharaui, es la propia proposición de ley la que define expresamente quién puede acogerse a la carta de naturaleza, qué documentación puede utilizar para demostrarlo y qué posibilidades tendrán sus descendientes.
Dos vías extraordinarias de nacionalidad en sentidos opuestos
La coincidencia temporal deja, pese a las diferencias jurídicas, una fotografía política singular.
Mientras el Supremo acaba de congelar cautelarmente los efectos electorales de determinadas nacionalizaciones derivadas de la Ley de Memoria Democrática, el Congreso tramita otra vía excepcional de acceso a la nacionalidad que potencialmente puede alcanzar a decenas de miles de personas.
La proposición saharaui ha salido del Congreso con el respaldo de los partidos del Gobierno y sus socios habituales, la abstención de PP y UPN y el rechazo de Vox. Ahora deberá continuar su tramitación en el Senado.
Precisamente Vox está presente en ambos debates. Ha recurrido junto a Iustitia Europa la situación de los nacionalizados mediante la "ley de nietos" y ha votado contra la proposición saharaui, cuestionando las garantías del procedimiento y denunciando que supone "regalar" la nacionalidad española.
Pero el precedente del Supremo no permite anticipar que los futuros nacionalizados saharauis vayan a encontrarse con la misma suspensión del derecho de voto. Para conocer siquiera la dimensión potencial de ese escenario falta un dato fundamental: cuántas personas terminarán obteniendo la nacionalidad mediante la nueva ley y, entre ellas, cuántas pasarían a engrosar el CERA.
Hasta que existan esas cifras y, sobre todo, una eventual controversia judicial sobre su aplicación, el paralelismo entre ambas leyes es políticamente llamativo, pero jurídicamente todavía limitado.