Qué contiene la lista de periodistas de Interior que Marlaska define como un "documento de trabajo"

Interior reconoce que su Oficina de Comunicación elaboró entre finales de 2023 y 2024 un documento interno con fichas de periodistas y anotaciones sobre su orientación política. Marlaska niega cualquier "finalidad espuria", mientras FAPE, APM, PP y Sumar cuestionan el listado y el propio PSOE reclama explicaciones

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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la presentación de los datos provisionales de siniestralidad vial durante este verano, en la sede de la Dirección General de Tráfico, a 7 de septiembre de 2026, en Madrid (España) |A. Pérez Meca

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la presentación de los datos provisionales de siniestralidad vial durante este verano, en la sede de la Dirección General de Tráfico, a 7 de septiembre de 2026, en Madrid (España) |A. Pérez Meca

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El Ministerio del Interior ha reconocido la existencia de un listado interno con nombres de periodistas y tertulianos en el que aparecen anotaciones sobre sus posiciones políticas. El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska sostiene que se trataba de un "documento informativo, de carácter interno" destinado a mejorar el trabajo de comunicación del Ministerio y niega que tuviera como objetivo señalar, censurar o discriminar a ningún profesional.

La publicación del documento ha provocado, sin embargo, una reacción política y profesional que alcanza incluso al PSOE. Patxi López ha admitido que no le gustan "absolutamente nada" este tipo de listas, Sumar ha anunciado que pedirá explicaciones parlamentarias a Marlaska y la FAPE y la Asociación de la Prensa de Madrid consideran la práctica "incompatible con el Estado de derecho".

Esto es lo que se conoce hasta ahora sobre el documento.

¿Existe realmente una lista de periodistas elaborada por Interior?

Sí. El propio Ministerio del Interior ha reconocido su existencia.

Fuentes del departamento han confirmado que la Oficina de Comunicación elaboró un documento de uso interno en el que aparecían diferentes periodistas. Interior lo define como un "documento informativo, de carácter interno" y sostiene que se utilizaba como herramienta de trabajo para conocer el tratamiento que los profesionales daban a la actividad del Ministerio.

Según la información publicada inicialmente por El Confidencial, el documento llevaba por título Tertulianos. Radio y Televisión y estaba identificado con el sello del Ministerio del Interior y de su Oficina de Comunicación.

La Asociación de la Prensa de Madrid, al sumarse este martes al comunicado de la FAPE, da también por confirmada por Interior la elaboración de un documento que clasifica ideológicamente a decenas de profesionales de la información entre finales de 2023 y 2024.

¿Qué información aparece en las fichas?

La cuestión que ha generado mayor controversia es que el documento no se limita a recopilar nombres, medios de comunicación o áreas profesionales.

De acuerdo con la información publicada y las fichas conocidas, junto a fotografías de los periodistas aparecen descripciones sobre sus posiciones políticas. Entre las expresiones recogidas figuran "afín al PSOE", "apoya al Gobierno", "tendencia conservadora", "alineado con posiciones de derechas", "independiente", "centro derecha moderado", "crítico con la amnistía", "reconocido anti-sanchista", "militante socialista" o "defiende las políticas del PSOE".

También se incluirían referencias a la posición de determinados periodistas sobre asuntos que no están directamente relacionados con las competencias del Ministerio del Interior, como la ley de amnistía, Pedro Sánchez, el PSOE o los partidos independentistas.

¿Quién aparece en el documento?

La información conocida apunta a un listado amplio que incluye directores de medios, columnistas, tertulianos, redactores y periodistas especializados.

Entre ellos figura el director de El Confidencial, Nacho Cardero, al que el documento atribuye una "tendencia de centro derecha" y señala que mantiene "críticas al Gobierno" que califica como moderadas.

La FAPE y la APM han confirmado que entre las personas clasificadas aparecen también responsables o antiguos responsables de asociaciones profesionales, entre ellas la Federación de Asociaciones de Periodistas de España, la Asociación de la Prensa de Madrid y la Asociación de Periodistas Parlamentarios.

También hay profesionales que cubren habitualmente información relacionada con Interior, Policía Nacional y Guardia Civil.

¿Cuándo se elaboró?

Interior sitúa el documento en 2024, aunque la información publicada por El Confidencial sitúa el origen del encargo a finales de 2023, en fechas próximas a Navidad.

El medio sostiene, citando fuentes conocedoras de su elaboración, que en una primera reunión se pidió clasificar a periodistas incluyendo referencias a sus ideas políticas y que posteriormente se dieron instrucciones para incorporar fotografías a las fichas.

Interior ha confirmado la existencia del documento, pero no ha hecho pública hasta ahora una reconstrucción detallada de quién dio cada instrucción, quién seleccionó los criterios utilizados o durante cuánto tiempo permaneció en uso. Ese es uno de los puntos que quedan por aclarar.

¿Marlaska ordenó elaborar la lista?

Interior asegura que no. Fuentes del Ministerio sostienen que Fernando Grande-Marlaska no ordenó elaborar el listado y que tampoco tuvo conocimiento de su existencia hasta que fue revelado públicamente.

El ministro se ha referido este martes al asunto desde Ceuta y ha descrito el dosier como un "documento de trabajo" destinado "simplemente a conocer y saber lo que se dice de la actuación y la actividad del Ministerio".

Marlaska ha negado una utilización irregular del documento. "No tiene ninguna finalidad espuria", ha defendido, antes de señalar que su objetivo era contribuir a una comunicación "más eficaz".

Según la versión trasladada por Interior, el documento no fue remitido a altos cargos y la Oficina de Comunicación ha atendido a medios y periodistas "sin distinciones".

¿Para qué dice Interior que servía?

La explicación oficial es que se trataba de una herramienta interna para facilitar el funcionamiento de la Oficina de Comunicación.

Fuentes gubernamentales lo presentan como una especie de "fotografía" de periodistas y tertulianos que permitiría conocer sus intervenciones públicas y organizar mejor la relación del Ministerio con los medios.

El argumento del departamento es que no existía intención de señalar, censurar o perjudicar a profesionales concretos.

Lo que todavía no ha explicado públicamente Interior con detalle es por qué una herramienta destinada a conocer la cobertura sobre el Ministerio necesitaba incluir valoraciones ideológicas o posiciones sobre cuestiones políticas ajenas a las competencias del departamento.

¿Qué ha dicho el Gobierno?

La ministra portavoz, Elma Saiz, ha respaldado las explicaciones ofrecidas por Interior y ha defendido que el Ejecutivo "respeta profundamente la labor de los medios de comunicación, cree en la libertad de prensa y actúa en consecuencia todos los días".

Saiz ha insistido en que el objetivo del documento "no es en ningún caso ni señalar ni censurar ni acusar a medios o a periodistas o coartar su libertad".

También ha tratado de devolver las críticas a la oposición al afirmar: "Los de entrar con un lanzallamas en RTVE o los de 'os vamos a triturar' no somos nosotros".

La comparecencia de Saiz tras el Consejo de Ministros de este martes está registrada oficialmente por La Moncloa.

El PSOE reclama explicaciones a Interior

La controversia ha generado malestar incluso dentro del partido que sostiene al Gobierno. El portavoz del PSOE en el Congreso, Patxi López, ha sido explícito al asegurar que no le gusta "absolutamente nada" que se elaboren listas para clasificar a personas.

"No me gusta absolutamente nada ninguna lista en que se clasifique a nadie: ni por su pensamiento, ni por su ideología, ni por su raza, ni por nada", ha afirmado.

López ha añadido que espera que el Ministerio del Interior ofrezca explicaciones sobre lo sucedido.

La posición del portavoz socialista introduce una diferencia respecto a la defensa realizada por el Gobierno: mientras el Ejecutivo insiste en el carácter puramente interno y operativo del documento, López cuestiona directamente el hecho de que se produjera una clasificación de este tipo.

Sumar preguntará a Marlaska en el Congreso

Sumar también ha reaccionado con dureza. El diputado de Compromís Alberto Ibáñez ha anunciado que aprovechará la sesión de control al Gobierno de este jueves para preguntar a Marlaska por qué "se clasifica ideológicamente a los periodistas".

Ibáñez ha calificado la práctica como un "ataque a la libertad de expresión".

La diputada de Más Madrid Tesh Sidi ha considerado que, si se confirman los términos publicados sobre esos informes, estaríamos ante un asunto "gravísimo". Desde Més-Compromís, Águeda Micó ha señalado que le parece "un poco fuerte" que exista un documento de estas características.

El PP habla de una "lista negra"

El Partido Popular ha elevado el tono contra Marlaska.

Su portavoz parlamentaria, Ester Muñoz, ha utilizado expresamente la expresión "lista negra de periodistas del ministro del Interior" y ha asegurado que su existencia "retrotrae a otra época".

El PP vincula el episodio con sus críticas más amplias al Gobierno por su relación con medios de comunicación y jueces.

Conviene distinguir, sin embargo, entre la denominación utilizada políticamente por el PP y la definición oficial: Interior no reconoce la existencia de una "lista negra", sino de un documento interno de trabajo.

Vox resta importancia al listado frente a la crisis de Ceuta

Vox ha seguido una estrategia distinta.

Su portavoz en el Congreso, Pepa Millán, ha asegurado que el informe de la Oficina de Comunicación es "lo menos relevante" de las explicaciones que, en su opinión, tiene pendientes Marlaska.

Millán ha desplazado el foco hacia la actuación del ministro durante la crisis de Ceuta y ha vuelto a reclamar su dimisión y la del Gobierno.

FAPE y APM: "Incompatible con el Estado de derecho"

La reacción más contundente desde el ámbito profesional ha llegado de FAPE y APM.

Ambas organizaciones han expresado su "más enérgica condena" y consideran que ningún organismo público debe "fichar, catalogar o perfilar ideológicamente" a periodistas.

La APM sostiene que este tipo de prácticas introduce un riesgo de vigilancia o represalia y puede condicionar el ejercicio del periodismo crítico. También considera especialmente delicado que una institución capaz de influir en el acceso a fuentes, acreditaciones o trato institucional maneje clasificaciones sobre la afinidad política de profesionales.

Las asociaciones han reclamado tres cosas: que cese cualquier práctica de clasificación ideológica de periodistas, garantías de que las personas incluidas no sufrieron represalias o un trato diferenciado y que se depuren responsabilidades dentro de la Oficina de Comunicación.

¿Qué queda todavía por saber?

El reconocimiento del documento por parte de Interior despeja una cuestión central: el listado existió.

Quedan, sin embargo, varias preguntas sin respuesta pública completa: quién dio la orden exacta de confeccionarlo, quién decidió incorporar categorías ideológicas, qué uso concreto tuvo, cuántas personas podían acceder a él, si existieron versiones sucesivas, cuánto tiempo estuvo operativo y si las clasificaciones influyeron de alguna forma en la relación del Ministerio con los profesionales incluidos.

Interior sostiene que Marlaska no conocía el documento, que no fue trasladado a altos cargos y que ningún periodista recibió un trato diferente por aparecer en él. Las asociaciones profesionales reclaman ahora garantías y responsabilidades, mientras la polémica llegará este jueves al Congreso en la sesión de control al ministro.

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¿Qué competencias y funciones tiene el ministro del Interior según la legislación española?

El ministro del Interior es un miembro del Gobierno al que la normativa atribuye la dirección política y la máxima responsabilidad sobre las políticas de seguridad interior del Estado. Sus funciones derivan, de forma general, de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y, de forma específica, de la normativa de organización de la Administración General del Estado y de la estructura del propio Ministerio.

Con carácter general, la Ley 50/1997 (texto en el BOE) establece que los ministros, como titulares de su departamento, deben:

  • Desarrollar la acción del Gobierno en el ámbito de su departamento, de acuerdo con las directrices del presidente del Gobierno y los acuerdos del Consejo de Ministros.
  • Ejercer la potestad reglamentaria en las materias propias de su departamento (proponer y firmar reales decretos y órdenes ministeriales).
  • Ejercer las competencias que les atribuyan las leyes y las normas de organización y funcionamiento del Gobierno.
  • Refrendar, cuando proceda, los actos del Rey en materias de su competencia.

La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (texto en el BOE) completa este marco fijando los principios de actuación de los órganos superiores (ministros y secretarios de Estado): responsabilidad por la dirección de la política pública en su ámbito, jerarquía sobre los órganos directivos, coordinación interna, impulso de la actividad administrativa y rendición de cuentas.

Sobre esta base general, las funciones concretas del ministro del Interior se precisan en los reales decretos de estructura orgánica. El Real Decreto 139/2020, de 28 de eneroReal Decreto 146/2021, de 9 de marzo (texto en el BOE) sitúan al Ministerio del Interior como responsable de la política de seguridad pública y de la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a través de la Secretaría de Estado de Seguridad.

En materia de seguridad ciudadana y orden público, el ministro:

  • Define la política de seguridad interior y fija las grandes líneas de actuación frente a la delincuencia, el terrorismo y otros riesgos para el orden público.
  • Dirige, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, la planificación de estrategias específicas contra la criminalidad, la elaboración de instrucciones y planes directores y la supervisión de su ejecución por los distintos cuerpos policiales.
  • Impulsa la elaboración y explotación de la estadística nacional de criminalidad y los informes periódicos sobre su evolución, como base para decisiones políticas y normativas.

En relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Policía Nacional y Guardia Civil), los reales decretos citados atribuyen al ministro la jefatura política del Departamento del que dependen los órganos directivos policiales. A través de la Secretaría de Estado de Seguridad y de las direcciones generales de la Policía y de la Guardia Civil, le corresponde coordinar su actuación, fijar prioridades, aprobar planes de seguridad y supervisar la organización de medios y efectivos.

El ministro también asume competencias relevantes en cooperación policial internacional y en la relación con las policías autonómicas y locales. La Dirección General de Coordinación y Estudios, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad, actúa como órgano de apoyo para la coordinación con policías autonómicas y policías locales, para la participación en redes y agencias europeas de formación y cooperación policial y para el mantenimiento de contactos operativos con otros Estados.

En el ámbito de la protección civil e infraestructuras críticas, la estructura orgánica del Ministerio atribuye a órganos dependientes del ministro la preparación y ejecución de planes de protección de la población ante emergencias graves, así como la coordinación del Sistema Nacional de Protección de Infraestructuras Críticas. El ministro, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad y de la Dirección General de Coordinación y Estudios, impulsa las políticas de prevención, prepara los planes generales y coordina con otros ministerios y administraciones territoriales.

La normativa de estructura también asigna al Ministerio del Interior funciones en ciberseguridad interna, canalizadas mediante la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad. Bajo la responsabilidad política del ministro, este órgano actúa como punto de contacto nacional para el intercambio de información con la Comisión Europea y otros Estados en materia de ataques a sistemas de información y coordina técnicamente la ciberseguridad en el ámbito del ministerio y sus organismos.

En el terreno de la extranjería y la cooperación policial en materia migratoria, el Real Decreto 146/2021 destaca la existencia de una Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería bajo la Secretaría de Estado de Seguridad. A través de ella, el ministro orienta la política de cooperación policial en fronteras, coordinación con otros países y organismos internacionales y participación en dispositivos de control de flujos migratorios y lucha contra las redes de tráfico de personas, sin perjuicio de las competencias de otros ministerios en política migratoria y asilo.

Por último, la estructura del Ministerio del Interior incorpora funciones específicas de prevención y protección de colectivos vulnerables (violencia de género, delitos de odio, personas desaparecidas), canalizadas a través de la Dirección General de Coordinación y Estudios y del CITCO. Bajo la responsabilidad del ministro, estos órganos elaboran estadísticas, diseñan protocolos comunes, impulsan campañas y coordinan la actuación de las fuerzas de seguridad y otros actores públicos y privados implicados.

¿Podrías detallar cómo se organiza internamente el Ministerio del Interior (secretarías de Estado, direcciones generales, etc.) según la normativa vigente? ¿Qué diferencias legales hay entre las competencias del Ministerio del Interior y las de las consejerías de Interior de las comunidades autónomas con policía propia? ¿Cómo se articula jurídicamente la cooperación internacional del Ministerio del Interior en materia de lucha contra el terrorismo y el crimen organizado?

¿Cuál es la trayectoria política y profesional de Fernando Grande-Marlaska?

Fernando Grande-Marlaska Gómez es un magistrado de la Audiencia Nacional que desde hace años ejerce como ministro del Interior en el Gobierno de España. Su figura combina una larga trayectoria en la carrera judicial con una intensa exposición política, especialmente en materias de seguridad, política migratoria y cooperación policial internacional. Además, se ha convertido en una referencia de visibilidad LGTBI dentro de las instituciones del Estado.

En el plano judicial, Grande-Marlaska procede de la carrera de la Judicatura y alcanzó la condición de magistrado de la Audiencia Nacional, uno de los órganos centrales de la jurisdicción penal en España. Diversas informaciones de prensa, recogidas por el diario Demócrata, recuerdan que, cuando ejercía como juez en la Audiencia Nacional, instruyó procedimientos de gran relevancia, como el denominado “caso Faisán”, en el que dictó una providencia ordenando a los agentes de policía informar exclusivamente a su juzgado en el marco de la investigación sobre un chivatazo policial vinculado al entorno de ETA. Ese tipo de actuaciones lo situó en el núcleo de la jurisdicción penal especializada y le otorgó una sólida reputación como juez de causas complejas.

Su vínculo con la Audiencia Nacional aparece también en su etapa posterior como miembro del Gobierno. En una carta dirigida al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), mencionada por Demócrata, el propio Grande-Marlaska subraya su “doble condición de ministro del Interior y magistrado”, reivindicando tanto el respeto a la independencia judicial como la necesidad de que el Gobierno disponga de información relevante para la seguridad nacional. Esta referencia refleja que, aun siendo ministro, mantiene vivo su perfil de jurista y juez de carrera, lo que condiciona su discurso público sobre la relación entre Interior, la Policía y los tribunales.

En el ámbito político y gubernamental, la base de stakeholders consultada lo identifica como ministro del Interior del Gobierno de España, cargo que sigue ejerciendo en la actualidad. La agenda y las notas de prensa de La Moncloa y del Ministerio del Interior muestran una actividad sostenida en el plano interno y europeo: participa de forma habitual en los consejos de ministros de Interior de la Unión Europea, reuniones del Consejo de Justicia e Interior (JAI) y conferencias internacionales sobre terrorismo, crimen organizado, seguridad vial o cooperación migratoria. Ejemplos de ello son su intervención en la Conferencia de Embajadores, sus comparecencias ante el Consejo de Ministros de Interior de la UE o su presencia en foros multilaterales sobre movilidad segura y lucha contra el crimen organizado, recogidos en numerosas notas de prensa del departamento de Interior y de La Moncloa, como la relativa al bicentenario de la Policía Nacional (nota de prensa sobre la Policía Nacional).

Además de su papel ejecutivo, la base parlamentaria consultada muestra que está registrado como diputado/autor y que ha ocupado distintos cargos en comisiones del Congreso de los Diputados, incluyendo puestos de vocal, portavoz y miembro adscrito en comisiones sectoriales (como igualdades, industria, cultura o seguimiento del Pacto de Estado contra la violencia de género). Aunque estos cargos no son los que más visibilidad pública le han dado, sí indican una dimensión parlamentaria complementaria a su rol gubernamental, con presencia en órganos de control y trabajo legislativo.

Como ministro del Interior, Grande-Marlaska ha estado en primera línea de debates muy sensibles: la gestión de crisis migratorias, la cooperación con países del Sahel y del Magreb, la participación en dispositivos de Frontex y la coordinación con otros Estados miembros de la UE en materia de seguridad. Las notas de prensa oficiales señalan sus reiterados llamamientos a reforzar la “estrategia preventiva” en política migratoria, la cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado, y la modernización de infraestructuras policiales y fronterizas. También ha protagonizado controversias políticas e institucionales, por ejemplo en torno a investigaciones judiciales sobre la crisis migratoria de Ceuta o sobre decisiones de determinados jueces, lo que ha dado lugar a cruces de cartas y quejas formales entre Interior y el CGPJ, ampliamente cubiertos por Demócrata.

En el plano personal y simbólico, su figura ha tenido impacto en la normalización de la diversidad dentro de las élites institucionales. Un reportaje de Demócrata sobre líderes clave en la evolución de los derechos LGTBI en España destaca a Grande-Marlaska como “juez y ministro del Interior” que “rompió tabúes” en el Poder Judicial al hablar abiertamente de su orientación sexual. Según ese texto, en octubre de 2005, siendo magistrado de la Audiencia Nacional, hizo pública su homosexualidad y contrajo matrimonio con su pareja, lo que lo convirtió en una referencia de visibilidad LGTBI dentro de la judicatura y, posteriormente, en el Gobierno.

En conjunto, la trayectoria de Fernando Grande-Marlaska se articula en tres ejes: una carrera judicial consolidada en la Audiencia Nacional, marcada por la instrucción de casos sensibles; una etapa política de alto perfil como ministro del Interior, con fuerte presencia europea y protagonismo en debates sobre seguridad, migración y cooperación policial; y un papel simbólico como figura que ha contribuido a visibilizar al colectivo LGTBI en las instituciones del Estado. Esta combinación de experiencia jurídica, responsabilidad ejecutiva y dimensión pública explica su relevancia en la vida política y judicial española de los últimos años.

¿Cuáles son los pasos parlamentarios para que Sumar pueda pedir explicaciones formales a un ministro en el Congreso?

En el Congreso, Sumar dispone de varios instrumentos reglamentarios para exigir explicaciones formales a un ministro. Todos ellos se rigen por el mismo Reglamento que para el resto de grupos; lo relevante no es tanto el partido concreto como el hecho de ser un Grupo Parlamentario con sus diputadas y diputados.

1. Quién puede activar estos mecanismos desde Sumar

  • Cada diputada o diputado de Sumar puede, a título individual, presentar preguntas (escritas u orales) y también interpelaciones (art. 180 y 185).
  • El Grupo Parlamentario Sumar como tal (a través de su portavocía) puede presentar interpelaciones y solicitar comparecencias.
  • La distribución interna de turnos (quién firma qué, en qué comisión, etc.) se decide políticamente dentro del grupo, pero hacia la Cámara basta con que firme un diputado o la portavocía.

2. Papel de la Mesa del Congreso

Todos los escritos de índole parlamentaria (interpelaciones, preguntas, solicitudes de comparecencia) se dirigen a la Mesa del Congreso. Según el artículo 31, la Mesa:

  • Califica los escritos “con arreglo al Reglamento” y decide su admisión o inadmisión.
  • Determina la tramitación que sigue cada iniciativa (Pleno, comisión, tipo de sesión, etc.).
  • Si el grupo discrepase de una decisión de la Mesa sobre admisión o tramitación, puede pedir reconsideración; la Mesa resuelve definitivamente, oída la Junta de Portavoces.

No se exige mayoría parlamentaria para presentar estos instrumentos; la mayoría entra en juego sólo en eventuales votaciones posteriores (por ejemplo, mociones derivadas de interpelaciones o resoluciones tras comparecencias).

3. Interpelaciones al Gobierno o a un ministro

  • Las pueden formular diputados y diputadas o los Grupos Parlamentarios (incluido Sumar) al Gobierno o a un ministro concreto (art. 180).
  • Se presentan por escrito ante la Mesa y deben versar sobre “los motivos o propósitos de la conducta del Ejecutivo en cuestiones de política general” de un departamento o del Gobierno (art. 181.1).
  • La Mesa califica el texto y, si no encaja como interpelación, puede reconducirlo a pregunta oral o escrita, comunicándolo al autor (art. 181.2).
  • Transcurridos 15 días desde su publicación, la interpelación puede incluirse en el orden del día del Pleno (art. 182.1), siguiendo un sistema de cupos por grupo.
  • El Pleno celebra el debate de la interpelación, con turno de exposición del interpelante, respuesta del Gobierno y réplicas (art. 183).
  • La interpelación puede dar lugar a una moción donde la Cámara fije posición (art. 184), que se debate y vota como proposición no de ley. Ahí sí se requiere mayoría simple para aprobarla.

4. Preguntas al ministro

4.1 Preguntas con respuesta por escrito
  • Cualquier diputada o diputado de Sumar puede registrarlas.
  • Se presentan por escrito a la Mesa (art. 186) y, si no se indica otra cosa, se entiende que se pide respuesta escrita (art. 187).
  • La Mesa admite o inadmite según criterios del Reglamento (interés general, no ser mera consulta jurídica, etc.).
  • El Gobierno debe responder en 20 días desde la publicación, prorrogables otros 20 con autorización de la Mesa (art. 190.1).
  • Si no contesta en plazo, a petición del autor la pregunta puede pasar a comisión como pregunta oral (art. 190.2).
4.2 Preguntas orales en Pleno
  • Se presentan por escrito indicando que se pretende respuesta oral en Pleno (art. 187 y 188).
  • Han de formular una sola cuestión, de manera escueta, y se presentan con la antelación fijada por la Mesa (entre 48 horas y 7 días antes, art. 188.1).
  • La Mesa califica; la Presidencia, de acuerdo con la Junta de Portavoces, fija el cupo de preguntas y su distribución por grupos (art. 188.2).
  • En el Pleno, el diputado de Sumar formula brevemente la pregunta, responde el ministro, puede haber réplica y contra-réplica, con un tiempo total máximo de cinco minutos (art. 188.3).
4.3 Preguntas orales en comisión
  • Se registran también como preguntas, indicando que se pretende respuesta oral en la comisión competente (art. 187 y 189).
  • Tras siete días desde su publicación, están en condiciones de ser incluidas en el orden del día de la comisión (art. 189.1).
  • El formato de debate es similar, con tiempos algo más amplios (10 minutos iniciales y 5 de réplica, art. 189.2).

5. Comparecencias de ministros

Hay dos vías:

  • Comparecencias a petición propia del Gobierno: el propio ministro pide comparecer ante pleno o comisión; la Mesa y la Junta de Portavoces ordenan su inclusión en el calendario. No requiere mayoría específica para que el Gobierno pida venir.
  • Comparecencias a petición de grupo: Sumar puede registrar solicitudes de comparecencia de un ministro en la comisión competente o, en su caso, ante el Pleno. La Mesa las califica y, según el caso, se someten a acuerdo del órgano correspondiente:
    • En comisión, suele bastar acuerdo mayoritario de la comisión para obligar a la comparecencia.
    • En Pleno, el asunto puede articularse a través de debates o mociones que se votan por mayoría simple.

6. Efectos políticos

Todos estos mecanismos tienen en común que obligan al Gobierno a dar explicaciones públicas y formales en sede parlamentaria, generan acta y publicidad oficial, y permiten a Sumar:

  • Forzar aclaraciones sobre decisiones o inacciones del ministro.
  • Fijar posición política propia y someter al Gobierno al escrutinio del resto de grupos.
  • En el caso de interpelaciones y comparecencias, desencadenar votaciones (mociones, resoluciones) que, aunque no sean jurídicamente vinculantes, tienen un fuerte efecto político.
¿En qué se diferencian, en la práctica política, una interpelación y una comparecencia de un ministro para pedirle explicaciones? ¿Qué margen tiene la Mesa del Congreso para inadmitir o reconducir las iniciativas de control que presente Sumar contra un ministro? ¿Cómo se organiza internamente un grupo como Sumar para repartir los cupos de preguntas e interpelaciones entre sus diputados?

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¿Qué ha reconocido oficialmente el Ministerio del Interior respecto al listado de periodistas?

Pregunta 1 de 3

¿Qué tipo de valoraciones aparecen en las fichas del documento elaborado por Interior?

Pregunta 2 de 3

¿Qué ha declarado Fernando Grande-Marlaska sobre su implicación en la elaboración del documento?

Pregunta 3 de 3