El TSJCV ratifica un año de prisión a un joven por agresión sexual a una menor en un pueblo de Alicante

El TSJCV mantiene la condena de un año de prisión a un joven por agresión sexual a una menor de 14 años en un municipio del partido judicial de Villena.

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Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante Joaquín Reina - Europa Press

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ratificado la condena de un año de cárcel que la Audiencia de Alicante impuso a un joven por un delito de agresión sexual, al haber realizado tocamientos a una menor de edad cuando ambos se encontraban sentados en las escaleras de un portal, en unos hechos ocurridos en un municipio de la provincia de Alicante.

Con esta resolución, el alto tribunal autonómico rechaza el recurso de apelación formulado por la defensa del condenado contra la sentencia dictada en primera instancia por la Audiencia alicantina.

Los magistrados de la Sección de Apelación Penal del TSJCV sostienen que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante efectuó una “valoración lógica, razonable y ampliamente razonada” de las pruebas practicadas en el juicio antes de dictar el fallo condenatorio.

Según ha detallado este viernes el alto tribunal valenciano, los hechos se remontan a marzo de 2023, en una localidad perteneciente al partido judicial de Villena, cuando el acusado, que entonces tenía 19 años, y la víctima, de 14, estaban sentados en las escaleras de un edificio.

En un momento determinado, el joven se colocó detrás de la menor y, sin su consentimiento, introdujo la mano por debajo de la ropa y le tocó los pechos en varias ocasiones, además de la cadera y el estómago, según consta en la resolución.

La Audiencia de Alicante condenó en noviembre del pasado año al acusado a un año de prisión por un delito de agresión sexual, a tres años de prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima y a cinco años de libertad vigilada, al tiempo que lo absolvió de otro delito de naturaleza similar por insuficiencia de pruebas.

La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV ha decidido ahora confirmar íntegramente aquel pronunciamiento, al considerarlo “totalmente correcta”, tanto en lo relativo al análisis de la prueba como en cuanto a las consecuencias jurídicas derivadas de los hechos declarados probados.