Vox reclama a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que impugne el tercer grado otorgado al exdirigente de ETA Henri Parot

Vox pide a la Fiscalía de la Audiencia Nacional que recurra el tercer grado de Henri Parot al considerar que vulnera los derechos de las víctimas del terrorismo.

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La vicesecretaria Nacional Jurídica de Vox, Marta Castro, atiende a los medios a su salida de los Juzgados de Plaza de Castilla, a 15 de junio de 2026, en Madrid (España).  Carlos Luján - Europa Press

La vicesecretaria Nacional Jurídica de Vox, Marta Castro, atiende a los medios a su salida de los Juzgados de Plaza de Castilla, a 15 de junio de 2026, en Madrid (España). Carlos Luján - Europa Press

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Vox ha registrado este lunes un escrito de solicitud de actuación ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional para que interponga recurso contra la decisión del Gobierno vasco de conceder el tercer grado penitenciario al exdirigente de ETA Henri Parot y pida que se deje sin efecto la medida a fin de que “retorne de inmediato al centro penitenciario correspondiente”.

El documento, firmado por la vicesecretaria Nacional Jurídica del partido, Marta Castro, sostiene que esta decisión “afecta directamente a los derechos que el ordenamiento jurídico reconoce a las víctimas del terrorismo” al suponer “un menosprecio y humillación”.

En la argumentación jurídica, el texto recuerda que el artículo 61 de la Ley 29/2011 “impone al Estado la obligación de prevenir y evitar la realización de actos que entrañen “descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del terrorismo, homenaje o concesión pública de distinciones a los terroristas””.

Asimismo, el partido subraya que debe acreditarse de forma “fehaciente y cumulativa” la existencia de signos “inequívocos” de haber abandonado “fines y medios terroristas”; junto con la “colaboración activa” para “impedir” nuevos delitos y “atenuar” los ya cometidos, así como para identificar, detener o procesar a “responsables de delitos terroristas”.

El escrito también recalca la exigencia de una “declaración expresa de repudio de las actividades delictivas y de abandono de la violencia”; la “petición expresa de perdón a las víctimas”; y la aportación de “informes técnicos que acrediten la real desvinculación de la organización terrorista y de su entorno”.

“La concesión del tercer grado sin la acreditación suficiente de estos requisitos constituiría una vulneración directa del artículo 72.6 LOGP”, señala el documento presentado por Vox.

En relación con el principio de flexibilidad en la clasificación penitenciaria, la formación advierte de que “no puede en ningún caso servir de cauce para eludir los requisitos” que “impone la ley orgánica para el acceso al tercer grado de los condenados por delitos de terrorismo” y, “con mayor motivo” “en quien concurre una actividad sanguinaria”.

Por ello, sostiene que este principio “debe interpretarse de conformidad con las normas de rango orgánico que condicionan y limitan la clasificación en tercer grado”.

Vox insta además a comprobar la liquidación de la condena de Parot, de forma que, “si resultase que los plazos temporales previstos” en el Código Penal “no se han consumido”, ello serviría para reforzar la “improcedencia” del grado concedido al recluso.

En la parte final del escrito, el partido de Santiago Abascal cita la sentencia del Tribunal Constitucional 169/2021, de 6 de octubre, de la que, según su interpretación, se desprende que no se satisfacen “los períodos de seguridad y los requisitos reforzados” necesarios para acceder al tercer grado, al ser “constitucionalmente legítimos” únicamente cuando “no anulen por completo la expectativa de reinserción”, circunstancia que, a juicio de la formación, se da en este supuesto.

Con base en todo lo anterior, Vox concluye “que la concesión del tercer grado penitenciario a Henri Parot resulta manifiestamente improcedente en tanto no se acredite el cumplimiento efectivo de todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 72.6 LOGP”.

El partido recuerda que Parot fue condenado por “39 asesinatos terroristas consumados y otros delitos de extrema gravedad”, “acumulando penas de prisión cercanas a 4.797 años”, con “presencia de menores de edad entre los fallecidos en el atentado de Zaragoza” y que la “entidad de las penas” sitúa “este caso en un plano de gravedad excepcional”.

Vox sostiene igualmente que la concesión del tercer grado al exdirigente de la banda terrorista vulnera “al espíritu y finalidad” de la Ley Orgánica 7/2003, cuyo propósito era “garantizar el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas en los supuestos de crímenes especialmente graves” y fijar “requisitos cualificados para que los condenados por terrorismo pudieran acceder al régimen abierto”.

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