La carrera de Yolanda Díaz por dirigir la OIT: mapa de los apoyos que necesita la vicepresidenta

Decidida a abandonar la política española, la vicepresidenta segunda se juega el próximo noviembre su futuro político, cuando el Consejo de Administración de la OIT decida si es su próxima directora general

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El actual director de la OIT, Gilbert F. Houngbo, junto a Yolanda Díaz, en una imagen de archivo | EuropaPress

El actual director de la OIT, Gilbert F. Houngbo, junto a Yolanda Díaz, en una imagen de archivo | EuropaPress

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El adiós de la actual vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, de la política española, tiene ahora mismo un destino fijo: aspira a convertirse en la primera mujer en la historia en dirigir la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el organismo de Naciones Unidas encargado de la supervisión de las relaciones laborales.

Este organismo elegirá a su máximo responsable el próximo 16 de noviembre, si bien el inicio del mandato no comenzaría hasta casi un año después, en octubre de 2027.

Es decir, que si Díaz se hace con la dirección de este organismo no tendría que abandonar inmediatamente el Gobierno, pudiendo continuar al frente del Ministerio de Trabajo y Economía Social hasta el final de la legislatura.

¿Cómo elige la OIT a su máximo responsable?

La elección no corresponde a los 187 miembros de la OIT, sino que se decide en su Consejo de Administración, un órgano ejecutivo tripartito en el que están representados gobiernos nacionales, organizaciones empresariales y sindicatos. En total, hay 56 votos:

  • 28 votos gubernamentales
  • 14 votos de las organizaciones patronales
  • 14 votos de los sindicatos

La votación se realiza mediante voto secreto, en una sesión a puerta cerrada. La elección exige mayoría absoluta de los votos emitidos (29 votos si asisten todos los miembros).

Si se presentaran más de dos candidatos y ninguno lograra alcanzar la mayoría absoluta en la primera votación, el candidato con menos apoyos quedaría eliminado, realizándose las votaciones que fueran necesarias hasta alcanzar la mayoría exigida.

¿Quiénes son los candidatos?

Además de Díaz, cuya candidatura ya ha sido anunciada por el Gobierno, ha confirmado su intención de ser elegido el actual director general, Gilbert F. Houngbo, de 65 años, que dirige este organismo desde 2022.

Huongbo, que fue primer ministro de Togo entre 2008 y 2012, llegó a la presidencia de la OIT tras ser presidente del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, dentro de una larga trayectoria en instituciones internacionales.

Aún pueden unirse más candidatos, ya que el plazo de candidaturas está abierto hasta el próximo 31 de agosto.

La presentación de las candidaturas tendrá lugar el próximo 23 de septiembre y, una semana antes de la elección de los candidatos, se celebrarán audiencias privadas ante el Consejo de Administración el 9 de noviembre.

¿Quiénes son los actuales representantes del Consejo?

Preside el Consejo Matthew Wilson, embajador representante permanente de Barbados ante Naciones Unidas.

Grupo Gubernamental (28 votos/países titulares). Está compuesto por diez naciones con asiento permanente por su “mayor importancia industrial” y otros 18 países elegidos por la Conferencia Internacional del Trabajo.

Miembros permanentes (10): Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Federación de Rusia, Francia, India, Italia, Japón y el Reino Unido

Miembros electos para el periodo 2024-2027 (18): Bangladesh, Barbados, Brunei, Canadá, España, Gabón, Libia, Lituania, Malawi, Níger, Omán, Perú, Polonia, Corea del Sur, República Dominicana, Senegal, Sudán y Uruguay.

Grupo de los Trabajadores (14 votos/sindicatos). Son elegidos de forma directa por el Colegio Electoral de los Trabajadores de la OIT y proceden directamente de centrales sindicatos nacionales

  • Hedia Arfaoui (UGTT - Túnez)
  • Amanda Brown (TUC - Reino Unido)
  • Wei Dichun (ACFTU - China)
  • Akiko Gono (UA Zensen - Japón)
  • Béatrice Lestic (CFDT - Francia)
  • Magnus Norddahl (ASÍ - Islandia)
  • Catelene Passchier (FNV - Países Bajos)
  • Francis Atwoli (Kenia-COTU-K)
  • Lily Chang (CLC - Canadá)
  • Satyajeet Reddy Gongalla (INTUC - India)
  • Mody Guiro (CNTS - Senegal)
  • Gerardo Martínez (CGT - Argentina)
  • Michele O’Neil (ACTU - Australia)
  • Jeffrey Vogt (AFL-CIO - Estados Unidos)

Grupo de los empleadores (14 votos/patronales). Están coordinados a nivel global por la Organización Internacional de Empleadores (OIE), representando los intereses de las empresas a nivel global.

  • Niklas Beckman (Svenskt Näringsliv – Suecia)
  • Hamidou Diop (CNP – Senegal)
  • Alexandre Furlan (CNI – Brasil)
  • Renate Hornung-Draus (BDA – Alemania)
  • Sonya Janahi (BCCI – Baréin)
  • Thomas Mackall (USCIB – Estados Unidos)
  • Blaise Matthey (FER – Suiza)
  • Jacqueline Mugo (FKE – Kenia)
  • Emiko Nagasawa (Keidanren – Japón)
  • Atul Sobti (SCOPE – India)
  • Jessica Tinsley (ACCI - Australia)
  • Anne Vauchez (MEDEF – Francia)
  • Fernando Yllanes (Concamin – México)
  • Hicham Zouanat (CGEM – Marruecos)

Las opciones de Díaz

La candidatura española está avalada por la trayectoria de la vicepresidenta como ministra de Trabajo en los seis años y medios. Díaz puede presumir de una evolución más que positiva de la temporalidad, uno de los grandes males del mercado laboral cuando llegó al Gobierno, y que ha caído en diez puntos –del 25% al 15%-- desde la entrada en vigor de su reforma laboral en 2021.

Otro de los grandes logros atribuibles es todo el esquema de protección al empleo de los ERTE durante la pandemia o la pionera Ley Rider, que ha inspirado los debates que se han desarrollado posteriormente a nivel internacional para regular el trabajo asociado a las plataformas.

Todas estas leyes llegaron con acuerdo tripartito, con sindicatos y patronales. Sin embargo, este bagaje conciliador y de consenso que logró aunar durante sus primeros años dejó de acompañarle a finales de la primera legislatura, cuando la patronal empezó a desmarcarse de prácticamente cualquier acuerdo.

Es, precisamente, este enfrentamiento cada vez más encendido con la CEOE y su presidente, Antonio Garamendi, lo que puede complicar las opciones de Díaz para rascar votos en el lado patronal.

Es entre los representantes sindicales donde Díez, en principio, contará con más apoyos, dado su pasado sindical y su buena relación con las centrales españolas. El voto, en todo caso, es secreto y los representantes votan a título estrictamente individual y personal, no en nombre de sus naciones de origen.

La batalla diplomática

La principal batalla se jugará, por tanto, en el campo de la diplomacia y el voto de los 28 gobiernos con derecho a voto. España, precisamente, es uno de ellos durante este período.

En los últimos años, el Gobierno se ha cuidado de jugar un rol muy activo en los debates internacionales y ha peleado por ganar peso con puestos relevantes en las instituciones.

La candidatura de Díaz tiene, probablemente, más posibilidades entre los países latinoamericanos representados, al menos con Brasil y Uruguay –está por ver si Perú, con un gobierno no precisamente afín al Ejecutivo español, no buscaría torpedear las opciones de la vicepresidenta--.

Tampoco es posible asegurar el voto de Francia y Alemania, países con los que Togo mantiene estrechas relaciones de carácter comercial y también históricas, derivadas de su pasado colonial. Otros destacados países con los que Togo mantiene una estrecha relación son India y, especialmente, China, que es uno de los principales proveedores del país.

Finalmente, está por ver qué papel juega Estados Unidos en esta carrera y en qué medida maniobra para frenar las opciones españolas y frustrar a un miembro de ese Gobierno al que tan poco aprecio guarda por sus desencuentros en torno al gasto militar o la guerra en Irán.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Qué requisitos establece el reglamento de la OIT para que un candidato pueda presentarse a la dirección general?

No dispongo de información normativa específica sobre el reglamento interno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ni sobre los requisitos concretos que ese reglamento establece para que un candidato pueda presentarse a la dirección general. Estoy diseñado y optimizado para trabajar con datos relativos al sistema político e institucional español (Cortes Generales, gobiernos central y autonómicos, normativa española, partidos y actores políticos en España, etc.), y no para hacer investigación especializada sobre la gobernanza interna de organismos internacionales como la OIT.

Esto quiere decir que no puedo darte, con la fiabilidad necesaria, una lista detallada de condiciones formales (por ejemplo, quién puede proponer candidaturas, qué mayorías son necesarias, qué plazos rigen la presentación, qué limitaciones se aplican a la nacionalidad o al estatuto del candidato, o cómo se articula el papel del Consejo de Administración de la OIT) basándome en su reglamento actual. Facilitar ese tipo de información sin apoyarme en las fuentes para las que estoy específicamente configurado podría llevar a imprecisiones o referencias desactualizadas, y mi diseño prioriza evitar ese tipo de errores en materias que quedan fuera de mi ámbito natural de especialización.

Sí puedo, sin embargo, orientarte sobre cómo encontrar por ti mismo esa información con garantías. En el caso de la OIT, los requisitos para la elección de su Director General suelen estar recogidos en:

  • La Constitución y los reglamentos de la OIT, especialmente el reglamento del Consejo de Administración y del propio organismo en lo relativo a nombramientos de altos cargos.
  • Las decisiones y prácticas del Consejo de Administración, que es el órgano que normalmente organiza y gestiona el proceso de elección del Director General.
  • Notas explicativas o guías institucionales que la OIT suele publicar antes de los procesos de elección, donde se detallan calendario, criterios formales y procedimiento.

Para localizar la información precisa, te recomiendo:

  • Acceder a la página institucional de la OIT y buscar en los apartados de “Gobierno”, “Constitution & rules”, o equivalentes (normalmente en inglés y francés), donde suelen estar disponibles los textos consolidados de sus normas internas.
  • Revisar los documentos específicos del Consejo de Administración relativos a la última elección de Director General; ahí se suelen describir al detalle los requisitos, la forma de presentación de candidaturas y cualquier actualización interpretativa del reglamento.
  • Consultar bases de datos jurídicas especializadas en organizaciones internacionales o artículos doctrinales sobre la gobernanza de la OIT, que a menudo sintetizan y comentan estos requisitos con lenguaje más accesible.

En cuanto a lo que sí puedo hacer por ti, mi campo de trabajo se centra en:

  • Explicar el funcionamiento de las instituciones españolas (Congreso, Senado, gobiernos autonómicos, órganos consultivos, etc.) y sus procedimientos: cómo se eligen cargos, cómo se tramitan leyes, cómo se configuran los órganos de gobierno.
  • Analizar y resumir normativa española (leyes, reales decretos-ley, reglamentos, etc.), así como su tramitación parlamentaria y su contexto político.
  • Ofrecer contexto sobre partidos, actores y dinámicas políticas en España, así como sobre su actividad normativa, parlamentaria y pública.

Si te interesa hacer un paralelismo entre el proceso de elección de la dirección de la OIT y procedimientos similares en el sistema español (por ejemplo, cómo se elige al Defensor del Pueblo, al Fiscal General del Estado o a otros altos cargos), puedo ayudarte a entender en detalle esos procedimientos nacionales y a compararlos conceptualmente con lo que tú encuentres en las normas de la OIT.

En resumen, la cuestión que planteas es específica del derecho y la práctica interna de una organización internacional y queda fuera de mi ámbito de especialización, por lo que no puedo darte una enumeración precisa de requisitos. Pero sí puedo ayudarte a trabajar, interpretar o comparar normas y procesos dentro del sistema político e institucional español si reformulas tu pregunta en esa dirección.

¿Cuáles son las competencias específicas de la vicepresidencia segunda del Gobierno de España según la normativa vigente?

Según la normativa vigente, la Vicepresidencia Segunda del Gobierno de España no tiene un catálogo propio de competencias materiales “de sector” distinto del que corresponda al ministerio que, en cada momento, lleve asociado el cargo. Como Vicepresidencia, sus funciones específicas vienen definidas fundamentalmente por el Real Decreto 830/2023, de 20 de noviembre, sobre las Vicepresidencias del Gobierno, en la redacción modificada por el Real Decreto 1231/2023, de 29 de diciembre.

Marco normativo principal

  • Real Decreto 830/2023, sobre las Vicepresidencias del Gobierno (última actualización: Real Decreto 1231/2023): texto en el BOE.
  • Real Decreto 1231/2023, de modificación del Real Decreto 830/2023: texto en el BOE.
  • Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales: texto en el BOE.
  • Real Decreto 1/2024, de 9 de enero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno: texto en el BOE.

El núcleo de las competencias propias de la Vicepresidencia Segunda se contiene en el pasaje del Real Decreto 830/2023 que, tras la modificación de 2023, establece:

«Corresponde a la Vicepresidencia Segunda del Gobierno el ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, así como la presidencia de la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto.»

Competencias específicas de la Vicepresidencia Segunda

1. Funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno

La primera y más relevante competencia es de carácter abierto y dependiente de la decisión del Presidente:

  • La Vicepresidencia Segunda ejerce todas aquellas funciones que el Presidente del Gobierno le encomiende expresamente.
  • Esta técnica normativa significa que la ley no enumera un listado cerrado de materias, sino que habilita al Presidente para asignar a la Vicepresidencia Segunda:
    • Coordinación de determinadas políticas públicas.
    • Seguimiento de reformas estratégicas.
    • Relaciones específicas con otros miembros del Gobierno o con otros niveles territoriales.
  • Estas encomiendas se concretan normalmente mediante acuerdos, disposiciones internas u otros instrumentos políticos y organizativos, pero su base jurídica general es la cláusula habilitante del Real Decreto 830/2023, en la redacción dada por el Real Decreto 1231/2023.
2. Presidencia de una Comisión Delegada del Gobierno

La segunda competencia específica es la presidencia de una Comisión Delegada del Gobierno:

  • El Real Decreto 830/2023 dispone que la Vicepresidencia Segunda preside la Comisión Delegada del Gobierno que se determine en el correspondiente real decreto, es decir, en el real decreto que regula las Comisiones Delegadas.
  • Ese marco se concreta hoy en el Real Decreto 1/2024, de 9 de enero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno (ver BOE), que distribuye qué órgano del Gobierno preside cada comisión.
  • La presidencia de una Comisión Delegada implica, entre otras funciones típicas:
    • Convocar y fijar el orden del día de la Comisión.
    • Dirigir las reuniones y moderar los debates.
    • Impulsar la coordinación interministerial en las materias atribuidas a esa comisión.
    • Elevar propuestas y acuerdos de la Comisión al Consejo de Ministros, cuando proceda.
  • De nuevo, la materia concreta que trata la Comisión (economía, asuntos sociales, digitalización, etc.) viene determinada por el propio real decreto sobre Comisiones Delegadas, no por el real decreto de vicepresidencias.

Relación con el ministerio asociado

Otra cuestión distinta es la de las competencias ministeriales que ejerce la persona titular de la Vicepresidencia Segunda cuando, además, ostenta una cartera ministerial. Esas funciones:

  • No derivan de ser Vicepresidencia Segunda, sino de ser titular del ministerio correspondiente.
  • Están reguladas en el real decreto de reestructuración de departamentos (actualmente el Real Decreto 829/2023) y en los reales decretos de estructura orgánica básica de los departamentos (Real Decreto 139/2020 y sus modificaciones, y los reales decretos específicos de cada ministerio).
  • Por tanto, las competencias “sustantivas” —laborales, económicas, sociales, etc.— se anclan en el ministerio, no en la Vicepresidencia como tal.

Síntesis

En conclusión, conforme al Real Decreto 830/2023 en su redacción vigente, la Vicepresidencia Segunda del Gobierno tiene, como competencias específicas propias:

  • El ejercicio de las funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, cláusula que permite asignar tareas de coordinación política y de impulso de prioridades estratégicas sin un listado cerrado en la norma.
  • La presidencia de una o varias Comisiones Delegadas del Gobierno determinadas en el real decreto regulador de dichas comisiones, con las funciones típicas de impulso, coordinación y elevación de propuestas en el ámbito de esa comisión.

Más allá de estas dos previsiones, la normativa vigente no atribuye a la Vicepresidencia Segunda un bloque adicional de competencias materiales autónomas: la esfera material de actuación deriva, en la práctica, del ministerio del que la persona que ostenta la Vicepresidencia es también titular.

¿Qué resultados obtuvo el partido de Yolanda Díaz en las últimas elecciones generales en España?

En las últimas elecciones generales celebradas en España, el 23 de julio de 2023, el partido de Yolanda Díaz —la coalición Sumar— obtuvo aproximadamente el 12,3 % de los votos válidos a nivel estatal, lo que se tradujo en 31 escaños en el Congreso de los Diputados y en algo más de tres millones de sufragios. Ese resultado convirtió a Sumar en la cuarta fuerza de la Cámara y en el socio minoritario del actual Gobierno de coalición con el PSOE.

Resultados básicos de Sumar el 23J de 2023

A partir de los datos recogidos y citados en diversos análisis y encuestas posteriores publicados por el periódico Demócrata, se consolida una cifra de referencia clara para la candidatura encabezada por Yolanda Díaz:

  • Voto en porcentaje: en torno al 12,3 % del voto a nivel nacional.
  • Escaños en el Congreso: 31 diputados y diputadas.
  • Número de votos: algo más de tres millones de papeletas a favor de la lista de Sumar.

Distintos artículos de análisis electoral y de encuestas posteriores toman estas magnitudes como el “punto de partida” para evaluar el comportamiento de Sumar en sondeos de 2024, 2025 y 2026, lo que refuerza que se trata del dato consolidado del 23J. Por ejemplo, un promedio de encuestas citado por Demócrata recuerda que Sumar “había logrado un 12,3 % y 31 representantes” en esas generales, y otras piezas demoscópicas comparan la intención de voto actual con ese 12,3 % inicial.

Significado político del resultado

Aunque tu pregunta se centra en las cifras, el desempeño de Sumar en 2023 tuvo implicaciones políticas relevantes:

  • Consolidación del espacio a la izquierda del PSOE: las generales de 2023 fueron la primera cita estatal en la que el nuevo proyecto de Yolanda Díaz concurría bajo la marca Sumar, integrando a una quincena de partidos (entre ellos IU, los Comuns, Más Madrid, Compromís, Verdes Equo y otros). Esa lista conjunta fue capaz de reunir alrededor de tres millones de votos y 31 escaños, quedándose muy cerca de Vox en número de sufragios.
  • Papel en la investidura y en el Gobierno: esos 31 escaños resultaron decisivos para que Pedro Sánchez pudiera articular una nueva mayoría de investidura. La coalición PSOE–Sumar se convirtió en el nuevo Gobierno, y los resultados del 23J son el fundamento numérico de la presencia de Sumar en el Consejo de Ministros.
  • Comparación con la evolución posterior: buena parte de las encuestas publicadas en 2025 y 2026 subrayan que, desde ese 12,3 % y 31 escaños, Sumar ha sufrido un retroceso en estimación de voto. Varias casas demoscópicas sitúan hoy a la coalición en horquillas de entre el 4 % y el 8 % del voto, con proyecciones mucho menores de escaños, y remarcan que “no logra recuperar” el nivel del 23J. Eso refuerza la idea de que el resultado de 2023 fue el techo inicial del proyecto.

Contexto dentro del bloque progresista

En el reparto de fuerzas que salió de las elecciones generales de julio de 2023, el bloque progresista estatal se compuso, fundamentalmente, del PSOE y de la candidatura de Sumar. Los artículos consultados señalan que:

  • PSOE y Sumar sumaron conjuntamente en torno al 44 % del voto y 152 diputados (121 socialistas y 31 de Sumar).
  • Ese equilibrio interno permitió reeditar un Gobierno de coalición, aunque con una aritmética parlamentaria más complicada que en la legislatura anterior.
  • La salida posterior de los diputados de Podemos del grupo de Sumar en el Congreso no altera el dato de partida: en las urnas, la candidatura unitaria encabezada por Yolanda Díaz tuvo esos 31 escaños y el 12,3 %.

En resumen, si lo que quieres es la foto numérica del partido de Yolanda Díaz en las últimas generales, las cifras clave son éstas: alrededor de tres millones de votos, el 12,3 % del total, y 31 diputados en el Congreso. A partir de esos resultados se ha construido tanto la presencia de Sumar en el Ejecutivo como buena parte del debate posterior sobre la recomposición del espacio a la izquierda del PSOE.

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¿Cuántos votos conforman el Consejo de Administración de la OIT que elige a su director general?

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¿Qué porcentaje de temporalidad laboral ha descendido en España desde la reforma impulsada por Yolanda Díaz?

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