Turismo a dos velocidades: dónde aumentan y dónde caen las pernoctaciones en España

Los hoteles españoles registraron 44,85 millones de pernoctaciones en julio, apenas un 0,3% más que hace un año, un crecimiento que esconde importantes diferencias entre destinos y tipos de viajeros

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Fachada exterior del hotel Meliá, en la calle Princesa, a 22 de julio de 2026, en Madrid (España).   Marta Fernández - Europa Press

Fachada exterior del hotel Meliá, en la calle Princesa, a 22 de julio de 2026, en Madrid (España). Marta Fernández - Europa Press

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El turismo hotelero español continúa creciendo, pero cada vez resulta más difícil hablar de un único comportamiento para todo el país. Los hoteles contabilizaron 44,85 millones de pernoctaciones en julio de 2026, un 0,33% más que un año antes, mientras la estancia media descendió cerca de un 1%.

Detrás del avance nacional conviven destinos que mantienen una elevada demanda con otros donde las noches de hotel pierden fuerza en plena temporada alta.

Casi 45 millones de pernoctaciones, pero el crecimiento se frena

Las pernoctaciones en establecimientos hoteleros alcanzaron exactamente 44.846.714 en julio, según los datos provisionales publicados este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE). La cifra supone un incremento interanual del 0,33%, por lo que España supera ligeramente el nivel registrado en julio de 2025.

El dato positivo, sin embargo, esconde una clara desaceleración. En julio de 2025 las noches de hotel habían aumentado un 1,8% respecto al mismo mes de 2024, mientras que un año después el avance se limita a tres décimas. El volumen continúa creciendo, pero lo hace a un ritmo considerablemente menor.

La evolución contrasta además con la de los precios. Mientras las pernoctaciones apenas avanzan un 0,3%, el Índice de Precios Hoteleros sube un 5,9% y la facturación media por habitación ocupada aumenta un 6,8%, hasta los 156,92 euros. Los hoteles están ingresando bastante más por habitación aunque el número de noches contratadas prácticamente se estanque.

El mapa turístico español no avanza a la misma velocidad

El resultado nacional no debe trasladarse automáticamente a cada territorio. La Encuesta de Ocupación Hotelera ofrece información desagregada por comunidades autónomas, provincias, zonas y puntos turísticos, y muestra que la demanda hotelera se distribuye de manera muy desigual.

Además, el peso de cada territorio depende en gran medida del origen del viajero. Andalucía, Cataluña y Comunitat Valenciana se encuentran habitualmente entre los grandes destinos de los residentes en España, mientras que las islas y Cataluña concentran una parte muy importante de las noches realizadas por viajeros procedentes del extranjero.

Esto significa que dos destinos pueden presentar evoluciones muy diferentes aun formando parte de un mercado nacional prácticamente estable. Una caída del turismo nacional puede afectar especialmente a determinados territorios mientras otros compensan gracias a la demanda internacional, y viceversa.

Baleares mantiene una enorme presión turística en temporada alta

Baleares continúa siendo uno de los territorios donde la intensidad turística resulta más evidente durante los meses centrales del verano. La comunidad llega a julio después de registrar en junio una ocupación hotelera por plazas del 82,5%, la más elevada de España en aquel mes.

La presión era todavía mayor en determinados puntos turísticos. Alcúdia alcanzó en junio una ocupación del 89,6%, mientras que Llucmajor llegó al 92,1% durante los fines de semana. La zona Palma-Calvià se situó en el 84,8% de ocupación por plazas. Estos datos permiten dimensionar la intensidad de la demanda con la que el archipiélago entró en julio.

Baleares presenta además una fuerte dependencia de los visitantes extranjeros. Esa composición de la demanda hace que su comportamiento pueda diferir sustancialmente del de comunidades donde tienen mucho más peso los viajeros residentes en España.

Andalucía, Cataluña y Comunitat Valenciana dependen más del turista nacional

El turismo de residentes dibuja un mapa diferente. En junio, justo antes del periodo analizado ahora, Andalucía concentró el 22,4% de las pernoctaciones hoteleras realizadas por viajeros residentes en España, seguida de Cataluña, con el 15,4%, y Comunitat Valenciana, con el 13%.

Entre las tres comunidades sumaban más de la mitad de las noches de hotel realizadas por residentes. Por ello, cualquier cambio en el comportamiento vacacional de los españoles tiene una incidencia especialmente importante en estos destinos.

El contraste con Baleares o Canarias resulta relevante. En los archipiélagos, el mercado internacional tiene un peso mucho mayor, mientras buena parte del turismo peninsular depende en mayor medida de la demanda interna. El dato nacional de pernoctaciones termina siendo el resultado de comportamientos turísticos muy diferentes.

La estancia media cae pese al aumento de las noches de hotel

Otro indicador muestra que el crecimiento del turismo hotelero no es uniforme. La estancia media bajó un 0,97% interanual en julio y se situó en 3,40 días por viajero, pese al ligero aumento del número total de pernoctaciones.

Esto significa que el aumento de las noches contratadas no está acompañado de una prolongación de las vacaciones hoteleras. Los establecimientos reciben suficiente demanda para mantener las pernoctaciones ligeramente por encima de las del año pasado, pero cada viajero permanece, de media, algo menos de tiempo.

La evolución resulta especialmente relevante en plena temporada alta. Un destino puede mantener o incluso incrementar el número de visitantes y, al mismo tiempo, registrar un comportamiento menos favorable en las pernoctaciones si los turistas reducen la duración de sus estancias.

Los hoteles ganan más aunque las pernoctaciones apenas crezcan

La diferencia más pronunciada aparece al enfrentar demanda y rentabilidad. Las pernoctaciones aumentan un 0,33%, pero el ADR, que mide la facturación media diaria por habitación ocupada, crece un 6,79% y alcanza los 156,92 euros.

El Índice de Precios Hoteleros ofrece una señal similar: los precios suben un 5,91% respecto a julio de 2025. Por tanto, el crecimiento económico del negocio hotelero durante este verano no puede explicarse únicamente por un aumento del número de noches vendidas.

La fotografía es la de un mercado donde el volumen se encuentra prácticamente estabilizado, pero los ingresos unitarios siguen aumentando con fuerza. Para los establecimientos, esto permite elevar la facturación sin necesitar incrementos equivalentes de las pernoctaciones; para el viajero, supone afrontar precios más altos.

Julio confirma un turismo a dos velocidades

El resultado de julio obliga así a matizar la idea de un verano turístico uniformemente expansivo. España continúa moviéndose en volúmenes extraordinariamente elevados, con casi 45 millones de noches de hotel en un solo mes, pero el crecimiento respecto al año anterior es de apenas tres décimas.

También cambia la fotografía respecto a junio. Entonces las pernoctaciones habían descendido un 0,9% interanual, hasta superar los 38,6 millones. Las realizadas por residentes crecieron un 1,5%, pero las de los viajeros extranjeros retrocedieron un 2%. Julio devuelve el indicador general a terreno positivo, aunque con un avance muy limitado.

Por eso, el dato nacional cuenta solo una parte de la historia. El turismo hotelero español no se mueve como un único mercado: el peso del visitante extranjero, la dependencia del turista nacional, la duración de las estancias y la intensidad de la temporada alta determinan resultados diferentes según el territorio. La cifra de julio confirma que España mantiene un enorme volumen turístico, pero también que ese crecimiento se reparte de manera desigual.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuáles son los próximos pasos para la elaboración y publicación de estadísticas turísticas oficiales en España?

En España, la elaboración y publicación de estadísticas turísticas oficiales (como FRONTUR, EGATUR o las encuestas de ocupación en alojamientos) sigue, con matices técnicos propios de cada operación, una secuencia bastante estandarizada dentro del sistema estadístico oficial. A continuación se describen los pasos habituales y el papel de los principales actores.

1. Programación y mandato estadístico
  • Identificación de la necesidad: la Administración detecta qué información turística es necesaria para la planificación de políticas públicas, el seguimiento de la economía y el cumplimiento de compromisos internacionales (Eurostat, ONU Turismo, OCDE, etc.).
  • Inclusión en la planificación estadística: las operaciones (FRONTUR, EGATUR, alojamientos) se integran en los instrumentos de planificación estadística, que fijan objetivos, responsables, frecuencia y recursos.
  • Reparto de responsabilidades: el INE suele asumir la dirección metodológica y la producción principal, mientras que la Secretaría de Estado de Turismo y otros órganos de la Administración General del Estado (AGE) actúan como organismos colaboradores y usuarios estratégicos de los resultados.
2. Diseño técnico de la operación
  • Definición conceptual: se concretan las variables (viajes, pernoctaciones, gasto, motivo del viaje, tipo de alojamiento, país de residencia, etc.) y los universos de estudio (turismo receptor, emisor, interno).
  • Diseño muestral: se establece el marco de referencia (p. ej., establecimientos de alojamiento o puntos de entrada fronterizos), el tamaño muestral, la estratificación (por territorio, tipo de alojamiento, época del año) y el esquema de rotación de la muestra.
  • Cuestionarios y manuales: se elaboran los cuestionarios y se redactan los manuales de entrevista, codificación y tratamiento de datos, incorporando recomendaciones internacionales para asegurar la comparabilidad.
  • Pruebas piloto: en muchos casos se realizan ensayos previos o fases de arranque controlado para verificar tiempos, tasas de respuesta y coherencia de la información.
3. Recogida de la información
  • Trabajo de campo: la recogida se realiza mediante encuestas a viajeros (en fronteras, aeropuertos, estaciones) y/o a establecimientos turísticos (hoteles, apartamentos, campings, viviendas de uso turístico, etc.). Puede hacerse de forma presencial, telefónica o telemática.
  • Coordinación institucional: el INE coordina el trabajo de campo, propio o subcontratado, mientras que la Secretaría de Estado de Turismo y otros organismos colaboran con la difusión, la sensibilización del sector y, en ocasiones, en el acceso a marcos administrativos.
  • Control de calidad en origen: ya en la fase de recogida se aplican reglas de validación básica (rangos, filtros, coherencias internas) para reducir errores antes de la depuración centralizada.
4. Depuración, estimación y análisis
  • Depuración y edición: se corrigen inconsistencias, se tratan valores atípicos, se imputan datos faltantes y se armonizan clasificaciones (países, actividades, tipos de alojamiento, motivos del viaje).
  • Estimación y elevación: se aplican factores de expansión y técnicas de estimación (a menudo estratificadas) para pasar de los datos muestrales a estimaciones poblacionales (número total de turistas, gasto total, pernoctaciones, etc.).
  • Análisis de coherencia: se comparan los resultados con otras fuentes (contabilidad nacional, balanza de pagos, otras operaciones turísticas o de transporte) y con series históricas para detectar rupturas o anomalías.
  • Documentación interna: se elaboran informes metodológicos y de control de calidad que sirven de base para la validación institucional.
5. Validación y aprobación institucional
  • Validación técnica en el INE: los equipos responsables realizan la validación final de las estimaciones, revisando consistencias, errores de muestreo y posibles revisiones respecto a meses o años anteriores.
  • Coordinación con Turismo: la Secretaría de Estado de Turismo suele participar en la revisión de resultados clave y en la definición de los mensajes que acompañarán a las notas de prensa.
  • Aprobación para difusión: la alta dirección del INE valida la publicación, asegurando el cumplimiento de los principios de independencia profesional, confidencialidad y calidad estadística.
6. Difusión y revisión posterior
  • Publicación en el calendario previsto: las estadísticas turísticas se difunden en las fechas anunciadas en el calendario oficial, normalmente mediante notas de prensa, tablas detalladas y ficheros descargables.
  • Metadatos y metodología: junto con los resultados se publica información metodológica (definiciones, alcance, márgenes de error, cambios de base o de cuestionario) para que los usuarios interpreten adecuadamente las series.
  • Revisiones: pueden producirse revisiones rutinarias (por incorporación de información tardía) o estructurales (cambios de metodología o de base), que se comunican de forma transparente, manteniendo series enlazadas cuando es posible.
  • Interacción con los usuarios: Turismo, otros ministerios, comunidades autónomas, empresas y analistas utilizan los datos para diseñar políticas, evaluar medidas y elaborar estudios, retroalimentando al sistema estadístico con nuevas necesidades de información.

En conjunto, los próximos pasos para cualquier operación turística concreta siempre se inscriben en este ciclo: actualización de diseño si procede, realización del trabajo de campo del siguiente periodo, tratamiento y validación de los datos, y su difusión conforme al calendario oficial, en estrecha coordinación entre el INE y la Administración turística estatal.

¿Podrías detallar qué papel concreto juega la Secretaría de Estado de Turismo en la definición de las encuestas FRONTUR y EGATUR? ¿Cómo se coordinan las estadísticas turísticas del INE con las que elaboran las comunidades autónomas y los destinos turísticos? ¿Qué implicaciones tienen para las series estadísticas los cambios metodológicos en las encuestas de alojamiento turístico?

¿Qué competencias tienen las comunidades autónomas en materia de promoción y regulación turística?

Las comunidades autónomas españolas tienen un protagonismo muy acusado en materia de turismo. De hecho, la “promoción y ordenación del turismo” es uno de los ámbitos que la Constitución permitió asumir a las comunidades desde el inicio, y hoy prácticamente todas han desarrollado un denso entramado normativo y organizativo propio.

1. Título competencial constitucional y estatutario

La Constitución, en su listado de materias asumibles por las comunidades, incluye expresamente el turismo. A partir de esa habilitación general, los Estatutos de Autonomía han ido incorporando preceptos que suelen calificar el turismo como:

  • Competencia exclusiva de la comunidad autónoma en “ordenación y promoción del turismo” en su ámbito territorial.
  • En algunos casos, con matices: se subraya el carácter exclusivo “sin perjuicio” de las competencias estatales sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, unidad de mercado, defensa de la competencia, seguridad, etc.

En la práctica, el turismo se concibe como una política pública eminentemente autonómica, en la que el Estado conserva solo un conjunto de títulos horizontales (bases económicas, consumidores, seguridad, transporte, etc.) y ciertas funciones de coordinación general y proyección exterior.

2. Tipología de competencias autonómicas

Aunque formalmente se hable de competencia “exclusiva”, en la realidad operan distintos niveles:

  • Competencias normativas exclusivas: las comunidades dictan su propia legislación turística (leyes de turismo, de ordenación turística, de calidad, etc.), regulando con detalle la actividad y los establecimientos en su territorio.
  • Competencias compartidas: en aspectos donde el Estado fija “bases” (por ejemplo, normas de consumidores, laboral, accesibilidad o seguridad), la comunidad desarrolla y complementa esas bases, respetando el marco estatal.
  • Competencias ejecutivas: inspección, sanción, gestión de registros, concesión de autorizaciones, certificaciones, distintivos de calidad, y la propia promoción turística se ejercen directamente por las administraciones autonómicas.

Esa combinación hace que las comunidades no solo apliquen normas, sino que también diseñen su propio modelo turístico mediante leyes, planes y políticas públicas.

3. Ámbitos materiales de actuación autonómica

En términos materiales, las comunidades suelen intervenir, como mínimo, en los siguientes bloques:

  • Ordenación de la oferta turística: definición de las actividades turísticas, requisitos de ejercicio, obligaciones de empresas y profesionales, derechos de las personas usuarias, creación de registros de empresas y guías, etc.
  • Clasificación y regulación de establecimientos: categorías de hoteles, apartamentos, campings, alojamientos rurales, viviendas de uso turístico u otros formatos; estándares mínimos de calidad, accesibilidad o servicios.
  • Planificación territorial turística: integración del turismo en la ordenación del territorio, límites de capacidad de carga en zonas saturadas, zonificación, condicionantes urbanísticos asociados al uso turístico de inmuebles.
  • Inspección y régimen sancionador: cuerpos de inspección turística, tipificación de infracciones (publicidad engañosa, falta de registro, sobreocupación, incumplimiento de estándares, oferta clandestina, etc.) y sanciones económicas o de cierre.
  • Promoción turística interior y exterior: diseño de la marca turística autonómica, campañas de marketing, participación en ferias, creación de productos turísticos temáticos, acuerdos con operadores y plataformas, y en muchos casos, oficinas de turismo propias en el exterior.
  • Calidad, sostenibilidad e innovación: sistemas de certificación de calidad, estrategias de turismo sostenible, regulación de indicadores de impacto, fomento de la digitalización del sector, observatorios turísticos, etc.

4. Límites y competencias estatales que condicionan la acción autonómica

Pese al amplio margen autonómico, la acción en turismo debe respetar un conjunto de límites básicos estatales:

  • Bases de la ordenación económica general y unidad de mercado: el Estado puede establecer reglas para garantizar la libre circulación de bienes y servicios, evitar obstáculos injustificados al acceso a la actividad y preservar la competencia efectiva.
  • Libertad de empresa y normativa básica de consumidores: las comunidades regulan la actividad turística, pero sin vaciar de contenido la libertad de empresa ni vulnerar la protección mínima de las personas consumidoras fijada por el Estado.
  • Normativa laboral y de Seguridad Social: las condiciones laborales en el sector turístico (contratación, jornada, prevención de riesgos, etc.) se rigen por la legislación estatal, que las comunidades no pueden alterar.
  • Seguridad, sanidad, transporte y medio ambiente: la regulación básica de seguridad ciudadana, sanidad, transporte interterritorial y protección ambiental condiciona la ordenación autonómica de determinadas actividades (cruceros, transporte de viajeros, turismo de naturaleza, etc.).
  • Proyección exterior del Estado: aunque las comunidades hagan promoción internacional, la representación internacional y la política exterior en sentido estricto corresponden al Estado, que puede fijar marcos de coordinación.

En síntesis, las comunidades autónomas disponen de una competencia muy amplia y estructurante sobre el turismo, tanto normativa como ejecutiva y promocional, pero siempre integrada en un sistema en el que el Estado fija ciertos mínimos y salvaguardas generales de orden económico, social y territorial.

¿Qué requisitos deben cumplir los establecimientos hoteleros españoles para modificar sus tarifas o adaptar su oferta a la demanda internacional?

En España los establecimientos hoteleros gozan, en general, de libertad para fijar y modificar sus precios y para adaptar su oferta a distintos perfiles de demanda, incluida la internacional. Sin embargo, esa libertad está condicionada por obligaciones de transparencia, protección de las personas consumidoras y respeto a la competencia, y puede verse limitada excepcionalmente por medidas de control de precios en situaciones de emergencia.

1. Libertad de precios, con exhibición clara de tarifas

La regulación turística autonómica tiende a reconocer expresamente la libertad de precios en la actividad turística. Por ejemplo, la reforma de la Ley de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid establece que los precios “serán libremente determinados y ofertados” y que deberán estar “a disposición de los usuarios turísticos”, con la obligación de exhibirlos de forma visible tanto en el propio establecimiento como en los canales de difusión en línea.

En la práctica, eso implica que un hotel puede:

  • Ajustar sus tarifas por temporada, canal de venta o segmento de clientela (p. ej., paquetes para mercados internacionales).
  • Aplicar precios dinámicos en función de la demanda, siempre que los precios ofrecidos al cliente estén claramente indicados antes de contratar.
  • Reconfigurar su oferta (tipos de habitación, régimen alimenticio, servicios adicionales) y asociarle nuevos precios.

Pero debe hacerlo con plena visibilidad del precio final: no es admisible anunciar un importe y añadir después recargos opacos. En el ámbito de consumo se insiste en que el precio debe ser completo, con impuestos incluidos y, cuando se apliquen suplementos, claramente desglosados y comunicados antes de la reserva.

2. Obligaciones de información y respeto a lo contratado

El texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, junto con su desarrollo posterior, refuerza dos ideas clave:

  • La información precontractual obligatoria debe facilitarse gratuitamente y de forma clara antes de contratar, incluyendo el precio y las características esenciales del servicio.
  • La oferta, promoción y publicidad del hotel puede incorporarse al contrato y volverse exigible, aunque ciertos detalles no figuren de forma expresa en la confirmación de la reserva.

La prensa de consumo recuerda que, cuando el hotel cancela la reserva o la habitación “no se parece a lo anunciado”, el cliente puede exigir la prestación en las condiciones pactadas, una reducción del precio o incluso el reembolso, y que las condiciones más favorables que aparezcan en el contrato prevalecen frente a otras.

Por tanto, si el establecimiento modifica sus tarifas o rediseña su oferta para captar demanda internacional:

  • Debe actualizar la información en todos los canales (web propia, plataformas, folletos) y asegurarse de que el precio visible es el que realmente se cobra.
  • No puede alterar unilateralmente las condiciones ya contratadas de forma que perjudiquen al consumidor sin un fundamento contractual claro.
3. Relaciones con plataformas y agencias: límites a cláusulas abusivas

La fijación de precios se ve también condicionada por el marco de competencia. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado a Booking.com por imponer condiciones comerciales no equitativas a los hoteles, entre ellas cláusulas que impedían ofrecer en la web propia precios más bajos que en la plataforma y que, además, permitían a Booking rebajar unilateralmente el precio publicado por el hotel.

Esta actuación refuerza la idea de que:

  • Los hoteles pueden y deben reservarse margen para fijar sus propias tarifas y estrategias comerciales, también para mercados internacionales.
  • Son cuestionables, y pueden ser perseguidas, las cláusulas de intermediación que limiten de forma desproporcionada la capacidad del hotel para ajustar precios o canales.

Además, la normativa y la jurisprudencia sobre cláusulas abusivas en contratos con consumidores desaconsejan fórmulas que permitan subidas de precio unilaterales sin causa objetiva o sin que se haya informado claramente del mecanismo de revisión.

4. Medidas excepcionales de control de precios

Aunque la regla general es la libertad de precios, el Gobierno puede intervenir de forma excepcional. Un ejemplo reciente es el acuerdo del Consejo de Ministros que, en aplicación de un real decreto-ley de emergencia, congeló durante una semana las tarifas hoteleras en 14 municipios afectados por la borrasca “Leonardo”. En ese caso:

  • Los hoteles no podían elevar sus precios por encima de los vigentes el mes anterior al inicio de la emergencia.
  • Debían informar “de forma clara” de la existencia de la limitación y detallar las tarifas de manera transparente.
  • Se reconocía el derecho al reembolso a los consumidores en caso de incumplimiento.

Esta experiencia muestra que, en contextos de crisis (catástrofes, emergencias), las autoridades pueden imponer topes temporales a los precios hoteleros para evitar abusos, incluso cuando la demanda se dispare.

5. Adaptación a la demanda internacional: cómo hacerlo de forma segura

Sobre esta base, un hotel español que quiera adaptar sus tarifas y productos a la demanda internacional puede:

  • Segmentar precios por canales, anticipación o servicios incluidos, siempre que cada cliente conozca el precio final antes de contratar.
  • Utilizar herramientas de gestión dinámica de precios, muy habituales en el sector, respetando la transparencia y evitando “gastos de gestión” ocultos.
  • Diseñar paquetes específicos para mercados exteriores (idioma, servicios añadidos, estancias largas) sin alterar las reservas ya confirmadas ni rebajar los derechos de quienes contrataron con anterioridad.

En resumen, la clave no está tanto en si se puede subir o bajar precios —lo que, en términos generales, sí se permite— como en cómo se hace: con información veraz y completa, respeto a los contratos ya celebrados, ausencia de prácticas engañosas y observancia de las eventuales limitaciones excepcionales que puedan fijar el Estado o las comunidades autónomas.

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¿Cuál fue el número exacto de pernoctaciones hoteleras en España durante julio de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Qué comunidad autónoma registró la mayor ocupación hotelera por plazas en junio de 2026?

Pregunta 2 de 3

¿En cuánto aumentó el Índice de Precios Hoteleros en julio de 2026 respecto a julio de 2025?

Pregunta 3 de 3

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