Los hoteles españoles viven un agosto de precios récord: cuánto cuesta ya una habitación

Los hoteles facturaron una media de 156,92 euros por habitación ocupada en julio, un 6,8% más que hace un año, mientras los precios hoteleros aumentaron un 5,9% y la ocupación superó el 71%

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Hotel Tivoli President Milán de Minor Hotels MINOR HOTELS

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Dormir en un hotel en España es cada vez más caro. Los establecimientos hoteleros facturaron en julio una media de 156,92 euros diarios por cada habitación ocupada, un 6,79% más que en el mismo mes de 2025.

Los últimos datos publicados este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE) muestran que el sector llega al tramo central del verano con los precios creciendo con fuerza, una ocupación superior al 71% de las plazas y cerca de 45 millones de pernoctaciones.

Una habitación ocupada factura ya casi 157 euros diarios

La tarifa media diaria de los hoteles españoles, conocida como ADR, alcanzó los 156,92 euros en julio de 2026. El incremento respecto al mismo mes del año anterior fue del 6,79%, por encima incluso del crecimiento registrado por el Índice de Precios Hoteleros.

La cifra permite hacerse una idea del encarecimiento del alojamiento en plena temporada alta, aunque conviene precisar qué mide exactamente. Los 156,92 euros no representan necesariamente el precio que encontrará cualquier viajero al buscar una habitación, sino la facturación media diaria obtenida por los hoteles por cada habitación que efectivamente estuvo ocupada.

El INE utiliza el ADR como uno de sus principales indicadores de rentabilidad del sector. De esta forma, incorpora las diferentes tarifas aplicadas por los establecimientos a sus clientes y permite comparar cómo evoluciona la cantidad facturada por habitación ocupada.

Los precios de los hoteles suben un 5,9% en un año

El encarecimiento no se limita al ADR. El Índice de Precios Hoteleros aumentó un 5,91% interanual en julio, según los datos provisionales publicados este 21 de agosto. El índice se situó en 180,35 puntos.

Este indicador tampoco debe confundirse con la tarifa media diaria. El Índice de Precios Hoteleros mide la evolución del conjunto de precios que los empresarios hoteleros aplican a sus distintos clientes y lo hace desde la perspectiva de la oferta.

Por tanto, los dos datos cuentan partes diferentes de la misma realidad. Los precios aplicados por los hoteles crecieron un 5,9%, mientras la facturación media por habitación ocupada avanzó todavía más, un 6,8%, hasta aproximarse a los 157 euros diarios.

Los hoteles superan el 71% de ocupación en julio

El aumento de los precios llega acompañado de una elevada utilización de la capacidad hotelera. El grado de ocupación por plazas alcanzó el 71,09% en julio, lo que supone un aumento interanual del 0,88%.

La ocupación permite completar la fotografía que ofrecen las tarifas. No solo los hoteles están facturando más por las habitaciones que venden, sino que más de siete de cada diez plazas ofertadas estuvieron ocupadas de media durante julio.

La combinación de precios más elevados y una ocupación que continúa creciendo ayuda a explicar la fortaleza del negocio hotelero durante la temporada alta. Para medir correctamente esa rentabilidad, el INE utiliza conjuntamente indicadores como el ADR, el ingreso por habitación disponible o RevPAR y la ocupación por habitaciones.

Principales datos de los hoteles españoles en julio de 2026

Indicador Julio de 2026 Variación interanual
Tarifa media por habitación ocupada (ADR) 156,92 € +6,79%
Grado de ocupación por plazas 71,09% +0,88%
Pernoctaciones 44.846.714 +0,33%
Índice de Precios Hoteleros 180,35 puntos +5,91%
Estancia media 3,40 días -0,97%

Casi 45 millones de noches de hotel en un solo mes

Los establecimientos hoteleros españoles contabilizaron exactamente 44.846.714 pernoctaciones durante julio, un 0,33% más que en el mismo mes de 2025. El crecimiento es moderado, especialmente si se compara con la evolución de las tarifas, pero mantiene la demanda por encima de la registrada un año antes.

El comportamiento de las pernoctaciones resulta especialmente significativo al compararlo con los precios. Mientras las noches contratadas aumentaron apenas un 0,3%, el ADR creció un 6,8% y los precios hoteleros un 5,9%. La mejora de la facturación media por habitación no responde, por tanto, únicamente a un fuerte incremento del volumen de estancias.

La estancia media, de hecho, retrocedió. Los viajeros permanecieron una media de 3,40 días, un 0,97% menos que en julio del año anterior. Los hoteles consiguen así elevar sus tarifas y mantener una elevada ocupación pese a que la duración media de las estancias se reduce ligeramente.

Qué significan ADR y RevPAR y por qué no son lo mismo

La estadística hotelera utiliza varios indicadores que pueden parecer similares, pero miden aspectos diferentes. El ADR (Average Daily Rate) representa la tarifa o facturación media diaria por habitación ocupada. En julio se situó en esos 156,92 euros.

El RevPAR (Revenue per Available Room) mide, en cambio, los ingresos por cada habitación disponible, independientemente de que haya sido ocupada o no. Por eso incorpora indirectamente el efecto de la ocupación: un hotel puede cobrar tarifas elevadas por sus habitaciones vendidas y, sin embargo, obtener un RevPAR más reducido si muchas permanecen vacías.

El Índice de Precios Hoteleros responde a una tercera pregunta. No mide directamente cuánto factura una habitación, sino cómo evolucionan los precios aplicados por el conjunto del sector hotelero. Separar los tres conceptos evita interpretar como equivalentes cifras que describen dimensiones distintas del negocio.

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¿Qué trámites o procesos utiliza el Instituto Nacional de Estadística (INE) para recopilar y validar los datos hoteleros en España?

El Instituto Nacional de Estadística (INE) recopila y valida los datos hoteleros en España, básicamente, a través de la Encuesta de Ocupación Hotelera (EOH), integrada en la operación mensual de Coyuntura Turística Hotelera (EOH/IPH/IRSH). La propia nota metodológica incluida en las últimas notas de prensa, como la de junio de 2026 (Coyuntura Turística Hotelera, junio 2026), permite reconstruir los principales trámites y procesos.

1. Marco de la operación estadística

Según la nota metodológica de junio de 2026, la EOH es una operación continua de periodicidad mensual cuyo objetivo es “conocer una serie de variables que permitan describir las características fundamentales del sector hotelero, tanto desde el punto de vista de la oferta como de la demanda”. En la misma operación se calculan:

  • EOH: pernoctaciones, viajeros, plazas, grados de ocupación, etc.
  • IPH (Índice de Precios Hoteleros): evolución mensual de los precios aplicados por los establecimientos.
  • IRSH (Indicadores de Rentabilidad del Sector Hotelero): ADR y RevPAR, para facilitar la toma de decisiones del sector.

El ámbito geográfico es todo el territorio nacional y el ámbito poblacional abarca “todos los establecimientos hoteleros”. Los resultados se publican mensualmente en notas de prensa y en INEbase, donde se ofrece la explotación detallada por comunidades autónomas, provincias, zonas y puntos turísticos.

2. Diseño muestral y selección de establecimientos

El INE explica que utiliza un muestreo estratificado, con estratos definidos por:

  • Provincia (o isla en las provincias insulares).
  • Categoría del establecimiento (estrellas de oro o de plata).
  • Tamaño del establecimiento (número de plazas).

Dentro de ese diseño, se indica que la categoría de 5 estrellas de oro se investiga de forma exhaustiva, es decir, no mediante muestra, sino cubriendo todos los hoteles de esa categoría. El tamaño muestral es de alrededor de 8.000 establecimientos en invierno y 10.000 en verano, lo que permite estimaciones representativas y desagregadas.

3. Recogida de la información

La nota metodológica de junio de 2026 precisa varios elementos clave del proceso de recogida:

  • Periodo de referencia de los resultados: el mes completo (por ejemplo, junio de 2026).
  • Periodo de referencia de la información: “siete días seguidos de cada mes, elegidos aleatoriamente de tal manera que entre todos los establecimientos cubran el mes completo”. Es decir, a cada hotel se le asigna un bloque de 7 días, pero en conjunto la muestra cubre todos los días del mes.
  • Método de recogida: “cuestionario cumplimentado directamente por el establecimiento hotelero”. El establecimiento aporta sus propios datos de ocupación, plazas ofertadas, pernoctaciones de residentes y no residentes, etc.

El cuestionario y las instrucciones forman parte de la metodología oficial de la operación, accesible desde las referencias a “metodologías” e “informes metodológicos estandarizados” que se citan en la nota de junio de 2026.

4. Depuración, validación y revisiones

Aunque las notas de Coyuntura Turística Hotelera no detallan paso a paso todos los controles internos, sí dan varias pistas sobre los procedimientos de validación:

  • En varias notas, incluida la de junio de 2026, se indica que el INE “actualiza los datos” de meses anteriores (por ejemplo, los datos de junio de 2025) cuando dispone de nueva información o tras procesos de revisión. Esto evidencia un ciclo de revisión y depuración posterior a la primera publicación.
  • Se remite expresamente a la metodología y al informe metodológico estandarizado, donde se describen los controles de coherencia, comparaciones intermensuales y análisis de outliers, aunque esos detalles no aparecen literalizados en la nota de prensa.
  • Se subraya que las estadísticas del INE se elaboran “de acuerdo con el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas”, lo que exige procedimientos documentados de control de calidad, validación y revisión de la información.

En la práctica, los datos hoteleros pasan por una secuencia: recogida mediante cuestionario, controles de consistencia y coherencia interna, revisión frente a series históricas y, si procede, actualización de las cifras ya difundidas.

5. Garantías de calidad y transparencia

Todas las notas recientes (2024–2026) insisten en que la EOH, el IPH y los IRSH se ajustan al citado Código de Buenas Prácticas europeo, y facilitan enlaces a:

  • Las metodologías de EOH, IPH e IRSH, donde se describen en detalle los procesos de campo y de oficina.
  • Los informes metodológicos estandarizados, que explican el diseño muestral, los errores de muestreo y la gestión de revisiones.
  • La sección de Calidad en el INE, donde se recogen los principios generales aplicados a todas las operaciones estadísticas.

En conjunto, estos documentos muestran que la producción de datos hoteleros del INE se apoya en un diseño muestral robusto, una recogida directa por los establecimientos y un ciclo sistemático de validación y revisión, con criterios armonizados a nivel europeo.

¿Cuáles son las principales competencias del INE y qué otros indicadores económicos relevantes publica regularmente?

El Instituto Nacional de Estadística (INE) es el organismo público responsable de la producción y coordinación de la estadística oficial de ámbito estatal en España. Sus competencias se centran en recopilar, elaborar y difundir estadísticas fiables, homogéneas y comparables que sirvan de base para la toma de decisiones públicas, la investigación y la actividad económica.

Principales competencias del INE

  • Elaboración de estadísticas oficiales básicas: el INE diseña y ejecuta las principales operaciones estadísticas de ámbito estatal (encuestas, censos, explotaciones de registros administrativos) en materias demográficas, económicas, sociales y territoriales. Entre ellas destacan los censos de población y vivienda, las encuestas de hogares y las encuestas empresariales.
  • Coordinación del Sistema Estadístico Nacional: actúa como órgano de referencia para coordinar las estadísticas oficiales producidas por ministerios y otros organismos de la Administración General del Estado, así como su articulación con la estadística de las comunidades autónomas, garantizando coherencia metodológica y evitar duplicidades.
  • Representación internacional: representa a España ante organismos estadísticos internacionales y europeos (especialmente Eurostat), participa en la elaboración de normas comunes y asegura que las estadísticas españolas sean comparables con las de otros países de la UE.
  • Garantía de calidad y confidencialidad: el INE fija y aplica estándares de calidad estadística (fiabilidad, puntualidad, coherencia y transparencia) y garantiza el secreto estadístico, de modo que los datos individuales recogidos en encuestas y censos no puedan identificarse ni usarse con fines ajenos a la estadística.
  • Planificación estadística: colabora en la elaboración del Plan Estadístico Nacional y de sus programas anuales, donde se recogen todas las operaciones estadísticas oficiales, sus responsables, periodicidad, metodología básica y objetivos.
  • Difusión y acceso a la información: se encarga de poner los resultados a disposición del público, administraciones, empresas y comunidad académica mediante su sede electrónica, bases de datos, publicaciones, notas de prensa y microdatos anonimizados para investigación.

Indicadores económicos relevantes que publica el INE

El INE produce una gran cantidad de indicadores económicos que se publican con una periodicidad regular (mensual, trimestral o anual). Algunos de los más utilizados son:

  • Producto Interior Bruto (PIB): cuentas trimestrales y anuales de la economía española, con desglose por componentes de demanda (consumo, inversión, exportaciones, etc.) y por ramas de actividad. Es el indicador fundamental para medir el crecimiento económico.
  • Índice de Precios de Consumo (IPC): mide la evolución de los precios de una cesta representativa de bienes y servicios de consumo, a nivel nacional y por comunidades autónomas. Es la referencia clave para analizar la inflación y actualizar salarios, pensiones o contratos.
  • Índice de Precios Industriales (IPRI) y otros índices de precios: recogen la variación de precios a salida de fábrica en la industria, así como precios en el sector servicios o en la vivienda, proporcionando información temprana sobre tensiones inflacionistas en etapas previas al consumo.
  • Encuesta de Población Activa (EPA): ofrece trimestralmente datos de empleo, paro, tasas de actividad y ocupación, con múltiples desgloses (sexo, edad, sector, tipo de jornada, comunidad autónoma). Es la principal referencia del mercado laboral.
  • Índices de cifra de negocios y producción: incluyen, entre otros, el Índice de Producción Industrial (IPI) y los índices de cifra de negocios del sector servicios y del comercio, que permiten seguir la evolución coyuntural de la actividad empresarial.
  • Estadísticas de empresas y estructura productiva: como el Directorio Central de Empresas (DIRCE), las encuestas estructurales a empresas y las cuentas de empresas, que informan sobre número de empresas, tamaño, sectores, facturación y márgenes.
  • Indicadores del sector turístico: ocupación hotelera, apartamentos, campings, casas rurales, encuestas de gasto turístico, movimientos turísticos de los residentes y de los no residentes, esenciales para un sector clave de la economía española.
  • Estadísticas de construcción y vivienda: precios de vivienda, transacciones, visados de obra nueva (a través de explotaciones conjuntas con otros organismos), que ayudan a seguir el ciclo inmobiliario y su impacto económico.
  • Cuentas nacionales no financieras y financieras por sectores institucionales: muestran la posición financiera y de ahorro de hogares, empresas, administraciones públicas y resto del mundo, y permiten analizar endeudamiento y capacidad/necesidad de financiación.

En conjunto, estas competencias e indicadores convierten al INE en un actor central para comprender la situación y evolución de la economía española, proporcionando datos homogéneos y metodológicamente sólidos que sirven de referencia para gobiernos, bancos centrales, empresas e investigadores.

¿Qué normativa regula la elaboración y publicación de estadísticas oficiales sobre el sector turístico en España?

En España, la elaboración y publicación de estadísticas oficiales sobre el sector turístico se apoya en un doble andamiaje normativo: por un lado, la normativa general de función estadística pública y del Sistema Estadístico Nacional; por otro, las reglas europeas específicas sobre estadísticas de turismo que obligan a producir operaciones como FRONTUR, la Encuesta de Turismo de Residentes (ETR) y la Cuenta Satélite de Turismo de España (CSTE).

1. Marco general de la función estadística pública en España

El punto de partida es la competencia exclusiva del Estado sobre «las estadísticas para fines estatales» reconocida en el artículo 149.1.31 de la Constitución. A partir de ahí, la pieza básica es la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP):

  • Define qué son las estadísticas para fines estatales y fija los principios de confidencialidad, secreto estadístico, calidad y proporcionalidad.
  • Atribuye al Instituto Nacional de Estadística (INE) la elaboración de las operaciones estadísticas estatales que le encomiende el Plan Estadístico Nacional y la coordinación del conjunto del sistema, como se recuerda en numerosos convenios publicados en el BOE, por ejemplo el convenio INE–Hacienda Foral de Gipuzkoa–Eustat:
    Resolución de 15 de julio de 2025 (convenio INE–Gipuzkoa–Eustat).
  • Establece el Plan Estadístico Nacional (PEN) y sus programas anuales como instrumento ordenador de la actividad estadística de la Administración General del Estado. En el PEN se incluyen todas las operaciones obligatorias por normativa europea y se describe, para cada una, su organismo responsable, periodicidad, ámbito y difusión.

Los planes más recientes, como el Plan Estadístico Nacional 2025‑2028, se aprueban por real decreto (en los documentos consultados se cita expresamente el «Real Decreto 1225/2024, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Estadístico Nacional 2025‑2028») y en ellos se incorporan las operaciones turísticas: FRONTUR, ETR y las estadísticas y cuentas satélite asociadas al turismo, entre otras. Convenios recientes con operadores de telefonía indican que ambas operaciones están «incluidas en el Plan Estadístico Nacional 2025‑2028»; v. gr.:

2. Normativa europea general de estadística

La producción de estadísticas turísticas se inserta en el Sistema Estadístico Europeo, regido por el Reglamento (CE) n.º 223/2009, relativo a la estadística europea, que:

  • Define el marco jurídico común para la producción de estadísticas europeas comparables.
  • Reconoce el papel de los institutos nacionales de estadística (en España, el INE) y de Eurostat, y habilita el acceso a registros administrativos y fuentes privadas para fines estadísticos (artículos 17 bis y 17 ter, citados en varios convenios del INE).

Ese reglamento ha sido recientemente modificado por el Reglamento (UE) 2024/3018, de 27 de noviembre de 2024, que refuerza el acceso de los servicios estadísticos a datos administrativos y privados y prevé, en determinados casos, compensaciones a los titulares de datos privados por tratamientos específicos. La reforma se menciona, por ejemplo, en:

Además, las notas metodológicas del INE señalan que sus operaciones se elaboran conforme al Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas, que completa este marco jurídico con estándares de independencia, calidad y transparencia.

3. Normativa específica de estadísticas de turismo

Dentro de ese marco general, las estadísticas oficiales sobre turismo están especialmente condicionadas por la normativa europea sectorial, en particular:

  • El Reglamento (UE) n.º 692/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2011, relativo a las estadísticas europeas sobre el turismo, que fija las variables, definiciones, periodicidad, muestras y requisitos de transmisión de la información sobre:
    • turismo receptor (visitantes no residentes),
    • turismo emisor y turismo de residentes,
    • capacidad y ocupación de los alojamientos turísticos.
    Convenios del INE con operadores (Orange, Telefónica) citan expresamente que la ETR y FRONTUR se realizan «para dar cumplimiento al Reglamento (UE) n.º 692/2011».

En España, esa obligación se materializa a través de:

  • Operaciones de demanda:
    • Estadística de Movimientos Turísticos en Fronteras (FRONTUR) – mide mensualmente la afluencia de turistas internacionales, encuadrada en el PEN 2025‑2028 y apoyada en fuentes tradicionales de encuesta y, progresivamente, en datos de posicionamiento móvil (convenios con Orange y Telefónica).
    • Encuesta de Turismo de Residentes (ETR) – recoge los viajes de la población residente y también se adapta a 692/2011, incorporando datos móviles como fuente complementaria, según los mismos convenios.
  • Operaciones de síntesis:
    • Cuenta Satélite de Turismo de España (CSTE), que integra información procedente de múltiples operaciones (FRONTUR, ETR, encuestas de ocupación, contabilidad nacional) para medir el peso del turismo en el PIB y el empleo. Su metodología y resultados se difunden por el INE, conforme a los principios de la contabilidad nacional y a las normas europeas de estadísticas macroeconómicas, como muestra la nota de prensa específica:
      Cuenta Satélite de Turismo de España 2021‑2023.

La regulación concreta de cada operación (descripción, variables, periodicidad, obligaciones de respuesta, etc.) se plasma en las fichas del Plan Estadístico Nacional y en sus programas anuales, que se aprueban por real decreto. Sobre esa base, el INE suscribe convenios de acceso a datos administrativos y privados —como los citados con operadores de telecomunicaciones— al amparo de la LFEP, del Reglamento 223/2009 y de su reforma de 2024.

4. Síntesis

En resumen, la normativa que regula la elaboración y publicación de estadísticas oficiales de turismo en España se articula así:

  • A nivel estatal: Constitución (art. 149.1.31 CE), Ley 12/1989, de la Función Estadística Pública, y los reales decretos que aprueban el Plan Estadístico Nacional y sus programas anuales (en los que se integran FRONTUR, ETR, encuestas de ocupación y la CSTE).
  • A nivel europeo general: Reglamento (CE) n.º 223/2009 sobre la estadística europea y su modificación por el Reglamento (UE) 2024/3018, junto con el Código de Buenas Prácticas.
  • A nivel europeo sectorial: Reglamento (UE) n.º 692/2011 sobre estadísticas europeas de turismo, que determina el contenido técnico mínimo que deben cumplir operaciones como FRONTUR, ETR y las estadísticas asociadas empleadas en la CSTE.

La combinación de estos instrumentos asegura que las estadísticas turísticas españolas sean oficiales, comparables en la UE y elaboradas bajo estrictas garantías de secreto estadístico y calidad metodológica.

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¿En cuánto se situó la tarifa media diaria (ADR) por habitación ocupada en los hoteles españoles en julio de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Qué porcentaje de incremento interanual registró el Índice de Precios Hoteleros en julio de 2026?

Pregunta 2 de 3

¿Cuál fue el grado de ocupación por plazas en los hoteles españoles en julio de 2026?

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