Si el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, decide convocar elecciones generales el próximo 29 de noviembre, el calendario apenas deja margen. La disolución de las Cortes tendría que activarse este lunes 5 de octubre para que el decreto de convocatoria pudiera publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el martes 6, exactamente 54 días antes de la fecha que el equipo del presidente contempla entre los posibles escenarios.
La posibilidad de acudir a las urnas el 29 de noviembre ha entrado en el debate político después de que el Congreso haya rechazado este viernes los dos decretos de vivienda del Gobierno. El equipo de Sánchez trabaja con el escenario de un adelanto electoral, aunque la decisión no está tomada. Fuentes de Moncloa consultadas por DEMÓCRATA insisten en que corresponde exclusivamente al presidente y aseguran que "toca pensar y reflexionar".
El calendario añade además una circunstancia institucional. El rey Felipe VI y la reina Letizia comienzan precisamente el lunes 5 un viaje de Estado a Finlandia que se prolongará hasta el miércoles 7 de octubre, con agenda en Helsinki y Rovaniemi. La Constitución atribuye al Rey la formalización de la disolución de las Cortes, a propuesta del presidente del Gobierno.
La fecha clave es el martes 6 de octubre
El cálculo para llegar al 29 de noviembre está fijado por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y deja poco espacio para modificar el calendario.
Su artículo 42 establece que, cuando el presidente utiliza su facultad de disolución anticipada, el decreto de convocatoria se publica en el BOE al día siguiente de su expedición y entra en vigor ese mismo día. Las elecciones deben celebrarse el día quincuagésimo cuarto posterior a la convocatoria.
La cuenta conduce directamente al martes 6 de octubre. Si el decreto se publica ese día, el día 54 posterior será el domingo 29 de noviembre.
Eso implica que el paso previo tendría que producirse el lunes 5. Sánchez debería tomar la decisión y someterla previamente a deliberación del Consejo de Ministros, requisito establecido por la Constitución antes de proponer la disolución de las Cortes.
El calendario quedaría así: lunes 5, deliberación del Consejo de Ministros y expedición del decreto; martes 6, publicación en el BOE y entrada en vigor de la convocatoria; domingo 29 de noviembre, elecciones generales.
Sánchez propone, el Rey decreta
La convocatoria no depende únicamente de un anuncio político del presidente. El procedimiento está regulado por el artículo 115 de la Constitución, que establece que el presidente del Gobierno, "previa deliberación del Consejo de Ministros y bajo su exclusiva responsabilidad", puede proponer la disolución del Congreso, del Senado o de ambas Cámaras.
La disolución es decretada por el Rey y el propio decreto debe fijar la fecha de las elecciones. La Constitución atribuye además expresamente al jefe del Estado la función de "convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones".
En este supuesto, la decisión política corresponde a Sánchez. Felipe VI formaliza constitucionalmente la disolución, mientras que los actos del Rey están sometidos al correspondiente refrendo, del que responde quien lo presta.
El Rey sale hacia Finlandia el mismo lunes
El encaje temporal resulta especialmente ajustado porque Felipe VI comienza el lunes su primer viaje de Estado a Finlandia como Rey. Casa Real tiene programada la visita entre el 5 y el 7 de octubre, acompañado por la reina Letizia y el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares.
La agenda incluye Helsinki y Rovaniemi y está centrada, entre otros asuntos, en la cooperación bilateral, la seguridad y defensa europea y la situación en el Ártico y el Báltico.
La coincidencia no impide constitucionalmente que pueda tramitarse el decreto, pero introduce un elemento adicional en un calendario que ya está condicionado por la fecha electoral.
Si Sánchez quiere mantener abierta la posibilidad del 29 de noviembre, el procedimiento tendría que quedar preparado para que la convocatoria aparezca en el BOE el martes 6. Un retraso en la publicación desplazaría también la fecha electoral, porque la LOREG fija los comicios exactamente 54 días después de la convocatoria.
Un Consejo de Ministros antes de la convocatoria
La Constitución no permite que Sánchez comunique simplemente la disolución de las Cortes por decisión propia. Antes tiene que producirse la deliberación del Consejo de Ministros, aunque la responsabilidad de proponer la disolución corresponde exclusivamente al presidente.
Por tanto, si la decisión se toma durante este fin de semana, el Gobierno tendría que articular ese trámite para el lunes.
Después llegaría la formalización por Felipe VI y la publicación en el BOE. Es esta última fecha, el 6 de octubre, la que resulta determinante para poder celebrar las elecciones el 29 de noviembre.
Qué pasa si Sánchez espera
El calendario cambia automáticamente si el presidente decide prolongar su reflexión. Cada día que se retrase la publicación de la convocatoria desplaza también la fecha de las elecciones, puesto que los 54 días establecidos por la LOREG son los que determinan cuándo deben abrirse las urnas.
Por eso, el 29 de noviembre constituye una ventana especialmente estrecha. Sánchez dispone del fin de semana para decidir y el lunes se convierte en el día decisivo para poner en marcha el procedimiento si quiere conservar esa fecha.
Moncloa, por ahora, evita confirmar que vaya a hacerlo. "En Moncloa estamos tranquilos, toca pensar y reflexionar. La decisión solo la conoce una persona, y es el propio Sánchez. No descartamos nada, pero él decide y toca reflexionar", señalan fuentes gubernamentales a DEMÓCRATA.