Cupón Diario ONCE hoy: resultado del miércoles 2 de septiembre y número premiado

El número 56878, serie 017, ha sido el premiado en el sorteo del Cupón Diario de la ONCE de este miércoles 2 de septiembre de 2026

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Imagen de archivo de Cupón Once. | EuropaPress

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El Cupón Diario de la ONCE de hoy, miércoles 2 de septiembre de 2026, ya tiene resultado. El número premiado en el sorteo de este miércoles es el 56878, mientras que la serie ganadora es la 017.

Número premiado: 56878

Serie: 017

Resultado del Cupón Diario ONCE del miércoles 2 de septiembre

El resultado del sorteo del Cupón Diario de este miércoles es:

Número: 56878

Serie: 017

Para conseguir el premio principal es necesario que las cinco cifras y la serie del cupón coincidan con las ganadoras.

Qué premio reparte el Cupón Diario

El Cupón Diario de la ONCE ofrece un premio principal de 500.000 euros para quienes acierten las cinco cifras y la serie.

Los cupones que coincidan con las cinco cifras del número ganador pero no con la serie reciben 35.000 euros. El sorteo cuenta además con otras categorías en función de las coincidencias con el número premiado.

Cómo comprobar el Cupón Diario de hoy

Los jugadores deben comprobar primero las cinco cifras de su cupón. El número ganador de este miércoles es:

56878

Quienes tengan las cinco cifras deberán revisar también la serie 017 para comprobar si han conseguido el premio principal.

La comprobación definitiva del cupón debe realizarse siempre a través de los canales oficiales de JuegosONCE.

Cuándo es el próximo Cupón Diario

El Cupón Diario vuelve este jueves 3 de septiembre, ya que este juego de la ONCE se celebra de lunes a jueves. El viernes será el turno del Cuponazo.

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¿Qué proceso sigue la ONCE para validar y pagar los premios del Cupón Diario?

El proceso de la ONCE para validar y pagar los premios del Cupón Diario combina tres elementos básicos: comprobación del resultado, verificación del cupón y cobro dentro de un plazo determinado por canales oficiales. La información disponible en el periódico Demócrata y en medios generalistas como ABC describe unos pasos bastante homogéneos para todos los sorteos de cupón de la ONCE.

1. Comprobación del resultado del sorteo

El primer paso siempre es verificar si el cupón ha resultado premiado. Para el Cupón Diario hay que revisar:

  • El número de cinco cifras del cupón.
  • Y, para el premio principal, también la serie indicada en el boleto.

Según explica Demócrata en sus crónicas diarias del sorteo del Cupón Diario, el resultado puede consultarse a través de varios canales oficiales:

  • La web y el histórico oficial de resultados de JuegosONCE.
  • Los puntos de venta autorizados y vendedores de la ONCE.
  • Las informaciones publicadas en medios, que remiten a las listas oficiales.

Es importante comprobar no solo si coinciden las cinco cifras y la serie (premio principal), sino también las coincidencias con cuatro, tres, dos o una cifra, ya que existen numerosos premios secundarios, tal como recuerdan repetidamente las noticias de sorteos de Cupón Diario en Demócrata.

2. Conservación y verificación del cupón

Una vez que el jugador cree que su cupón está premiado, el siguiente paso es la verificación material del boleto. Tanto Demócrata como ABC subrayan que conviene conservar siempre el cupón original en buen estado, porque es el soporte que se utiliza para el pago cuando la compra se ha hecho físicamente. Si el cupón está roto, deteriorado o se ha perdido, y fue adquirido en un punto de venta físico, normalmente no será válido para el cobro según la normativa de juego que citan estos medios.

En los puntos de venta autorizados, los terminales de la ONCE permiten comprobar electrónicamente si un cupón concreto está o no premiado, a partir del código de barras y de los datos del boleto. Esa comprobación sirve para confirmar la validez antes de iniciar el pago.

3. Diferencia clave: compra presencial o por internet

El procedimiento de cobro varía en función de dónde se compró el cupón:

  • Cupones comprados por internet (JuegosONCE): el artículo de ABC sobre el sorteo Extra del Día del Padre recoge que, si el cupón se adquiere en la web de JuegosONCE y resulta premiado, el importe se abona automáticamente en la cuenta virtual del usuario. Desde esa cuenta el ganador puede:
    • Seguir jugando con ese saldo, o
    • Transferirlo de forma gratuita a su cuenta bancaria.
  • Cupones comprados a un vendedor o punto de venta autorizado: en este caso, el ganador debe presentar el cupón físico en buen estado. Según ABC y Demócrata:
    • Los premios de menor importe pueden cobrarse directamente en el propio vendedor o punto de venta, siempre que haya disponibilidad de efectivo.
    • Para premios de mayor cuantía, el pago se canaliza a través de Centros ONCE y entidades bancarias autorizadas, que realizan la identificación del ganador y el abono en cuenta.
4. Plazos de cobro y caducidad

Demócrata detalla de forma reiterada que los cupones de la ONCE, incluido el Cupón Diario, tienen un plazo de caducidad de 30 días naturales contados desde el día siguiente al sorteo. Transcurrido ese periodo, el premio ya no puede cobrarse.

Por ello se insiste en dos recomendaciones prácticas:

  • Comprobar los cupones lo antes posible tras el sorteo, especialmente si se juegan números con frecuencia.
  • No dejar pasar el plazo de reclamación, ya que la caducidad es automática una vez superado el límite.

En otros productos de la ONCE (especialmente lotería instantánea), este tipo de plazos de abono y fecha límite se fijan formalmente en resoluciones publicadas en el BOE, como se ve en textos oficiales accesibles en boe.es, lo que refuerza que la referencia al límite temporal es un elemento regulado, no solo comercial.

5. Comprobaciones de autenticidad y pago final

Antes de abonar un premio relevante, las entidades colaboradoras y la ONCE realizan comprobaciones básicas:

  • Verificar que el boleto es auténtico y corresponde a la emisión y sorteo correctos.
  • Comprobar que no ha caducado el plazo de cobro.
  • Identificar al ganador cuando el importe supera determinados umbrales, para poder efectuar el pago en cuenta bancaria y cumplir las obligaciones fiscales.

Superados estos pasos, el premio se paga bien en efectivo (para importes reducidos en puntos de venta), bien mediante abono en cuenta bancaria o ingreso en la cuenta virtual de JuegosONCE. En conjunto, el proceso combina verificación técnica del cupón, control de plazos y canales de cobro diferenciados según el lugar de compra.

¿Cuáles son las competencias y funciones de la ONCE en la organización de sorteos de lotería?

La ONCE tiene un papel muy específico en el mercado de loterías en España: es uno de los dos operadores a los que la Ley 13/2011 reserva en exclusiva las loterías de ámbito estatal, pero solo en determinadas modalidades y siempre bajo un régimen de autorización y control muy estrecho por parte del Estado. Sus competencias se orientan a explotar loterías “sociales” para financiar sus fines sociales, y se diferencian claramente tanto de SELAE como de los operadores privados de juego.

Marco jurídico básico

A partir de las resoluciones recientes de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales publicadas en el BOE, el marco de referencia es el siguiente:

  • La disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de Economía Social, declara a la ONCE «organización singular de economía social» y la define como Corporación de Derecho Público de carácter social, que se rige por normativa propia y goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego para financiar sus fines sociales.
  • El artículo 4 y la disposición adicional primera de la Ley 13/2011, de regulación del juego, reservan las loterías de ámbito estatal a los operadores designados por la propia ley y designan expresamente a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar estos productos, junto con Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).
  • La disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, y el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, que reordena la ONCE, fijan la base histórica de la concesión estatal de juego a favor de la organización.
  • El Real Decreto 1336/2005 autoriza específicamente a la ONCE la explotación de la lotería instantánea o presorteada.
  • El Acuerdo General Gobierno–ONCE 2022‑2031 en materia de cooperación, solidaridad y competitividad y los Estatutos de la ONCE (Orden SCB/1240/2019) completan este marco.

Competencias y funciones en la organización de los sorteos

Sobre esta base, las resoluciones de 2024 y 2025 sobre la “Lotería Instantánea de boletos de la ONCE” y sobre el calendario de sus productos detallan qué hace materialmente la ONCE:

  • Diseñar y regular sus productos de lotería en tres grandes modalidades:
    • El Cupón de la ONCE (cupón diario, Cuponazo, Sueldazo, sorteos extraordinarios como el “11/11” o el “Extra de Navidad”).
    • La Lotería instantánea de boletos (rascas), cuyo reglamento se modifica periódicamente mediante resoluciones como la de 17 de junio de 2025 (BOE‑A‑2025‑13637).
    • El denominado “Juego activo de la ONCE”, que incluye productos como Eurojackpot, regulados por un reglamento específico y calendarios trimestrales (por ejemplo, la resolución de 4 de noviembre de 2025, BOE‑A‑2025‑23203).
  • Definir mecánicas de juego, precios y estructura de premios de cada sorteo (por ejemplo, porcentaje de la recaudación destinado a premios, categorías y cuantías fijas o variables).
  • Implantar, lanzar, modificar y suprimir productos dentro de esas modalidades, a través de acuerdos de su Consejo General que luego se verifican y publican por el Estado.
  • Organizar materialmente los sorteos (incluido el calendario de celebraciones, fijado trimestre a trimestre) y gestionar la red de venta, basada de forma principal en sus más de 21.000 vendedores, según datos del Grupo Social ONCE citados por el periódico Demócrata.
  • Garantizar un modelo de “lotería social, segura y responsable”, con controles para evitar consumos descontrolados, prohibición de venta a menores y otras medidas de juego responsable reconocidas por asociaciones internacionales de loterías.

Todo ello se somete al protectorado estatal: la ONCE debe comunicar previamente al Consejo de Protectorado las condiciones de todas sus modalidades, las modificaciones reglamentarias y el lanzamiento o finalización de productos; la Secretaría de Estado de Derechos Sociales verifica su conformidad con la concesión y ordena su publicación en el BOE, como garantía para los consumidores.

Límites frente a SELAE y operadores privados

La propia Ley 13/2011 delimita el espacio de la ONCE frente a otros actores:

  • Las loterías de ámbito estatal están reservadas en exclusiva a SELAE y a la ONCE. Ningún otro operador privado puede organizar o vender estas loterías por su cuenta.
  • SELAE es el operador público responsable de la Lotería Nacional, Lotería de Navidad, El Niño, La Primitiva, Bonoloto, Euromillones, El Gordo de la Primitiva, etc.; la ONCE, por su parte, se limita a sus tres modalidades propias (cupón, lotería instantánea y juego activo), que no pueden invadir el ámbito de los productos exclusivos de SELAE.
  • Los operadores privados solo pueden ofrecer juegos en los segmentos abiertos a la competencia (apuestas, casino, póquer, bingo, etc.) y no pueden explotar loterías de ámbito estatal, que siguen siendo un sector reservado.

En resumen, la ONCE es un operador público‑social habilitado para diseñar, explotar y comercializar determinadas loterías estatales con una fuerte finalidad social, pero siempre dentro de un marco de reserva legal, concesión estatal y control administrativo que delimita con claridad sus competencias frente a SELAE y frente al resto de operadores de juego.

¿Qué normativa regula los sorteos de loterías en España?

En España, los sorteos de loterías se regulan por un conjunto de normas estatales sobre juego y por la normativa autonómica en materia de casinos, rifas y juego presencial. A grandes rasgos, la lotería de ámbito estatal (Lotería Nacional, Primitiva, Euromillones, etc.) y el juego en línea se rigen por la normativa estatal básica, mientras que las comunidades autónomas regulan el juego presencial y buena parte de las rifas y tómbolas de ámbito local.

1. Normativa estatal general de juego

La pieza central del sistema actual es la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego (BOE-A-2011-9280). Esta ley:

  • Establece el marco regulatorio general de las actividades de juego de ámbito estatal, especialmente las realizadas por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
  • Somete el ejercicio del juego a la obtención de títulos habilitantes (licencias y autorizaciones) y crea los principales registros del sector (licencias, prohibidos de acceso al juego, personas vinculadas a operadores).
  • Configura el régimen de control, inspección, infracciones y sanciones, con especial énfasis en la protección de menores, la prevención de la ludopatía y la lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales.
  • Mantiene la reserva de la actividad de loterías de ámbito estatal a favor de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y de la ONCE.

La Ley 13/2011 se apoya, en parte, en el histórico Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, sobre los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas (BOE-A-1977-5883), que:

  • Despenalizó el juego en España y atribuyó a la Administración del Estado la regulación general de juegos de azar, rifas y apuestas.
  • Previó la posibilidad de organización directa por el Estado o a través de entidades públicas o privadas.
  • Estableció una tasa fiscal específica sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias.

Aunque este real decreto-ley ha sido parcialmente derogado y modificado, sigue siendo uno de los pilares históricos del régimen jurídico del juego, complementado por normas como el Real Decreto 444/1977, de 11 de marzo, que dicta normas complementarias de desarrollo del régimen general de juegos y apuestas (BOE-A-1977-7546).

En desarrollo directo de la Ley 13/2011, destaca el Real Decreto 1614/2011, de 14 de noviembre, sobre licencias, autorizaciones y registros del juego (BOE-A-2011-17836), que concreta:

  • El régimen de licencias generales y singulares para operadores de juego.
  • El sistema de autorizaciones para actividades específicas, incluidas las loterías sometidas a reserva.
  • La organización y funcionamiento de los registros sectoriales (licencias, prohibidos, vinculados).
  • Las garantías económicas exigidas a los operadores, la regulación de las cuentas de juego y el pago de premios.
2. Normativa específica sobre loterías estatales (SELAE y ONCE)

Junto al marco general, existen normas específicas para los juegos de titularidad estatal y, en particular, para los sorteos de lotería:

  • El Real Decreto 773/1989, de 23 de junio, por el que se regulan aspectos formales de los sorteos a celebrar por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado (BOE-A-1989-14729), que:
    • Autoriza la celebración de sorteos en el extranjero y sorteos comunes con otras loterías de Estado.
    • Fija la publicidad y control de los actos de sorteo y la composición de la mesa de control (presidente y fedatario público).
  • El Real Decreto 191/2004, de 6 de febrero, que modifica la Instrucción General de Loterías de 1956 y diversas normas sobre Lotería Primitiva y Apuestas Deportivas, reforzando la potestad de Loterías y Apuestas del Estado para:
    • Introducir nuevas modalidades de Lotería Primitiva.
    • Regular categorías de premios, precios de apuestas, días y horas de los sorteos.
  • El Real Decreto 419/1991, de 27 de marzo, sobre distribución de recaudación y premios en Apuestas Deportivas del Estado y otros juegos gestionados por Loterías y Apuestas del Estado, que fija los porcentajes mínimos de recaudación destinados a premios.
  • Diversas resoluciones de Loterías y Apuestas del Estado que aprueban normas de juegos concretos, como la de 6 de febrero de 2004 sobre los concursos de pronósticos del juego europeo “Euromillones” (BOE-A-2004-2364).
  • Para la ONCE, la Resolución de 3 de mayo de 2012, por la que se aprueba el Reglamento de la lotería instantánea de boletos de la ONCE (BOE-A-2012-7045), desarrolla las disposiciones adicionales de la Ley 13/2011 relativas a esta entidad.
3. Competencias autonómicas sobre juego presencial, rifas y tómbolas

La Constitución y los estatutos de autonomía han permitido la progresiva asunción de competencias en materia de casinos, juegos y apuestas por las comunidades autónomas. Un ejemplo es el Real Decreto 1116/1985, de 5 de junio, sobre traspaso de funciones a Canarias en casinos, juegos y apuestas (BOE-A-1985-13498), que:

  • Transfiere a la comunidad autónoma la autorización y control de casinos, salas de bingo, salones de máquinas recreativas y juego mediante boletos en su territorio.
  • Refleja el esquema general: las comunidades regulan el juego presencial (salvo las loterías y apuestas estatales y determinados juegos reservados).

Además, la jurisprudencia constitucional (por ejemplo, las sentencias 163/1994, 164/1994 o 123/2012, citadas en el BOE) ha ido delimitando el reparto competencial entre el Estado (loterías y juegos de ámbito estatal, especialmente en línea) y las comunidades autónomas (juego presencial, rifas y tómbolas de ámbito autonómico o local).

En resumen, los sorteos de lotería en España se apoyan en una triple capa normativa: la Ley 13/2011 y el viejo Real Decreto-ley 16/1977 como marco general, los reales decretos y resoluciones que estructuran y detallan la actividad de SELAE y la ONCE, y las leyes autonómicas de juego que rigen casinos, bingos, rifas y máquinas recreativas en cada territorio.

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¿Cuál fue el número premiado en el sorteo del Cupón Diario de la ONCE del miércoles 2 de septiembre de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Qué serie fue la ganadora en el sorteo del Cupón Diario de la ONCE del miércoles 2 de septiembre de 2026?

Pregunta 2 de 3

¿Qué premio obtiene quien acierta las cinco cifras y la serie en el Cupón Diario de la ONCE?

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