¿Cuántos votos se mueven en Ceuta por la crisis migratoria? El PSOE se hunde 15 puntos y pierde cinco de sus seis escaños mientras Vivas lleva al PP al 50,5%

La encuesta de Sigma Dos para El Mundo mide el terremoto político provocado durante el mes más difícil de Ceuta: el PP pasa del 34,4% de 2023 al 50,5% y alcanzaría la mayoría absoluta con 13-14 escaños, mientras el PSOE cae del 21% al 5,6% y conservaría solo uno de sus seis diputados. Vox apenas capitaliza la crisis. Casi tres de cada diez antiguos votantes socialistas se pasarían al PP. El sondeo se conoce en el Día de Ceuta, cuando más de 260 municipios han convocado concentraciones de apoyo a la ciudad a las 20.00 horas

3 minutos

El presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas, antes de una reunión con la Fiscal General del Estado Marcos Moreno - Europa Press

El presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas, antes de una reunión con la Fiscal General del Estado Marcos Moreno - Europa Press

Añadir DEMÓCRATA en Google

Pregunta a FREN

Publicado

Última actualización

3 minutos

Más leídas

La crisis de Ceuta ya puede medirse también en votos. Un mes después de la entrada masiva del 30 de julio, la nueva encuesta de Sigma Dos para El Mundo dibuja una transformación extraordinaria del mapa político de la ciudad autónoma: el PP de Juan Jesús Vivas pasa de ganar las elecciones con un 34,4% en 2023 a concentrar ahora el 50,5% del voto y alcanzar la mayoría absoluta por sí solo.

En sentido contrario, el PSOE pasa del 21% al 5,6%. Pierde más de 15 puntos, cinco de los seis diputados que consiguió hace tres años y queda reducido a un único representante en una Asamblea de 25 escaños.

La encuesta fue realizada entre el 26 y el 30 de agosto, después de prácticamente un mes completo de crisis. Y se publica justo cuando Ceuta vuelve a convertirse este miércoles 2 de septiembre en el centro de la conversación nacional: más de 260 municipios han convocado concentraciones a las 20.00 horas coincidiendo con el Día de Ceuta. En Madrid, la convocatoria se traslada frente al Congreso de los Diputados. Es difícil encontrar una fotografía más clara del coste político de una crisis sobre el propio territorio donde se ha producido.

El coste electoral de Ceuta: PP +16 puntos, PSOE -15

La comparación con las elecciones autonómicas de mayo de 2023 permite medir la magnitud del movimiento.

El PP obtuvo entonces el 34,37% de los votos y nueve diputados. Sigma Dos lo coloca ahora en el 50,5%, una subida de 16,1 puntos, y entre 13 y 14 escaños.

El PSOE recorrió prácticamente la misma distancia en sentido contrario. Pasaría del 20,96% al 5,6%, una caída de 15,4 puntos, y de seis representantes a uno.

La distancia PP-PSOE era entonces de 13,4 puntos. Ahora sería de 44,9. Es decir, la brecha entre los dos partidos se habría ampliado en más de 31 puntos en tres años.

El movimiento más significativo no está únicamente en el resultado final, sino en la transferencia de voto. Según Sigma Dos, el 29,4% de quienes votaron al PSOE en las autonómicas de 2023 elegiría ahora al PP. Es un trasvase extraordinariamente alto entre dos partidos rivales.

El PSOE a punto de desparecer y Vox segunda fuerza

Hay un dato todavía más llamativo. La barrera electoral para entrar en la Asamblea de Ceuta está situada en el 5%. Sigma Dos coloca al PSOE en el 5,6%. Es decir, los socialistas quedarían a solo seis décimas del umbral que permite acceder al reparto de escaños. La estimación todavía les concede un representante, pero ilustra hasta qué punto la caída es excepcional: un partido que obtuvo seis diputados hace solo tres años entra ahora en la zona en la que su propia presencia parlamentaria comienza a estar en riesgo.

Vox se convertiría en segunda fuerza con el 21,6% de los votos. En 2023 obtuvo el 20,64%. El avance sería de aproximadamente un punto, muy lejos de los 16 puntos que gana el PP. En representación, pasaría de cinco escaños a cinco o seis.

Este resultado es especialmente interesante porque en las encuestas nacionales realizadas durante agosto Vox sí ha aparecido como uno de los beneficiarios del clima político posterior a Ceuta. En la propia serie nacional de Sigma Dos ha pasado del 17,3% de julio al 17,9% de finales de agosto y alcanza 61 diputados. 

Ceuta Ya! también crece

El PP no es el único partido que mejora. Ceuta Ya! pasa del 10,03% obtenido en las autonómicas de 2023 al 12,2%. La subida es de 2,2 puntos. Eso le permitiría pasar de dos a tres escaños y convertirse en tercera fuerza de la Asamblea, por delante de MDyC y de un PSOE reducido a un solo representante.

MDyC experimentaría el movimiento contrario. Pasa del 11,24% al 8,9% y perdería uno de sus tres diputados actuales para quedarse en dos. El futuro Parlamento que dibuja Sigma Dos quedaría, por tanto, enormemente reordenado: PP 13-14; Vox 5-6; Ceuta Ya! 3; MDyC 2; PSOE 1. 

Fuente: El Mundo/Sigma Dos, publicada el 2/09/2026

Resultado de la encuesta de Sigma Dos en Ceuta

El PP de Juan Jesús Vivas alcanzaría el 50,5% de los votos y entre 13 y 14 escaños, suficiente para lograr la mayoría absoluta en la Asamblea de Ceuta. Vox sería segunda fuerza, mientras el PSOE caería hasta el 5,6% y conservaría solo un diputado.

Partido Voto estimado Escaños Escaños 2023 Cambio
PP 50,5% 13-14 9 +4/+5
Vox 21,6% 5-6 5 0/+1
Ceuta Ya! 12,2% 3 2 +1
MDyC 8,9% 2 3 -1
PSOE 5,6% 1 6 -5

Mayoría absoluta: 13 escaños. Fuente: Sigma Dos para El Mundo. Trabajo de campo realizado entre el 26 y el 30 de agosto de 2026.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

CONTENIDO GENERADO CON IA

¿Cuál es el proceso parlamentario para constituir la Asamblea de Ceuta tras unas elecciones autonómicas?

La Asamblea de Ceuta se constituye siguiendo un esquema muy similar al de cualquier cámara autonómica española: primero se formaliza quiénes son los electos, después se celebra la sesión constitutiva en la que se elige la Mesa, se organizan los grupos políticos y, finalmente, se procede a la elección del Presidente de la Ciudad Autónoma. Los detalles concretos (plazos exactos, número de miembros de la Mesa, etc.) vienen fijados en el Estatuto de Autonomía de Ceuta y en el Reglamento de la Asamblea.

1. Desde el resultado electoral a la proclamación de electos

Tras las elecciones autonómicas:

  • La Junta Electoral competente realiza el escrutinio general y resuelve las incidencias, reclamaciones y recursos que puedan presentarse.
  • Concluido ese proceso, se procede a la proclamación oficial de los candidatos electos y a su publicación en el boletín correspondiente.
  • Desde ese momento, los proclamados pasan a tener la condición de diputados de la Asamblea, condicionada a que formalicen posteriormente su acatamiento de la Constitución y del Estatuto.

2. Convocatoria de la sesión constitutiva

Una vez proclamados los electos, corresponde a la autoridad competente (normalmente la Presidencia saliente o, en su defecto, el órgano previsto en el Estatuto) convocar la sesión constitutiva de la Asamblea dentro del plazo fijado por la normativa autonómica tras las elecciones.

La convocatoria indica:

  • La fecha y hora de la sesión.
  • El lugar de celebración.
  • El orden del día, que suele centrarse en la constitución de la Cámara y la elección de su Mesa.

3. Mesa de edad y verificación de credenciales

Al inicio de la sesión constitutiva se configura la denominada Mesa de edad, integrada habitualmente por:

  • El diputado de mayor edad que actúa como presidente provisional.
  • Los dos diputados de menor edad como secretarios provisionales (el número exacto puede variar según el Reglamento).

Esta Mesa provisional:

  • Declara formalmente abierta la sesión.
  • Comprueba el quórum de asistencia y la validez de las credenciales de los diputados.
  • Conduce el acto de juramento o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, requisito para adquirir plenamente la condición de miembro de la Asamblea.

4. Elección de la Mesa de la Asamblea

A continuación se procede a la elección de la Mesa definitiva (Presidencia, Vicepresidencias y Secretarías, en la composición que fije el Reglamento).

  • La Presidencia suele elegirse mediante votación secreta, nominativa y por papeletas.
  • En la primera votación se exige comúnmente mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea.
  • Si nadie la obtiene, se celebra una segunda votación entre los candidatos más votados, en la que suele bastar la mayoría simple (más votos a favor que en contra, sin contar abstenciones).

El mismo criterio de mayorías (primero absoluta, luego simple) suele proyectarse a la elección de las Vicepresidencias y Secretarías, aunque el detalle está en el Reglamento de la Asamblea de Ceuta.

5. Constitución de grupos parlamentarios

Una vez constituida la Cámara y elegida la Mesa, se abre un plazo para que los partidos o coaliciones que hayan obtenido representación comuniquen la constitución de grupos parlamentarios. Conforme al esquema general:

  • Debe respetarse un número mínimo de diputados por grupo, fijado en el Reglamento.
  • La Mesa de la Asamblea comprueba si se cumplen los requisitos y autoriza o deniega la constitución de los grupos.
  • Los diputados que no se integren en un grupo que cumpla los requisitos pasan a un grupo mixto.

6. Elección del Presidente de la Ciudad Autónoma

La Asamblea es también la que elige al Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en un procedimiento de investidura regulado por el Estatuto y el Reglamento:

  • Se propone uno o varios candidatos a la Presidencia, generalmente a iniciativa de los grupos o de la propia Presidencia de la Asamblea.
  • Cada candidato expone su programa y se celebra un debate de investidura.
  • En la primera votación suele exigirse mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea.
  • Si no se alcanza, se puede celebrar una o varias votaciones posteriores en las que, conforme al modelo general de las cámaras autonómicas, puede bastar la mayoría simple.

7. Falta de acuerdo y nuevas elecciones

Si transcurre un determinado plazo máximo desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato resulte elegido (el plazo concreto lo fija el Estatuto de Autonomía), se prevé la disolución automática de la Asamblea y la convocatoria de nuevas elecciones.

De este modo se garantiza que el proceso de constitución de la Asamblea de Ceuta culmine con la elección de un Presidente respaldado por alguna mayoría parlamentaria y, en último término, que el bloqueo prolongado se resuelva devolviendo la palabra a los electores.

¿Cuáles son las competencias y trayectoria política de Juan Jesús Vivas como presidente de Ceuta?

Juan Jesús Vivas Lara es el actual presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta y la principal referencia institucional del territorio. El cargo que ostenta concentra la jefatura política del ejecutivo local y un papel central en la representación de la ciudad ante el Estado y la Unión Europea, algo que se ha visto con especial claridad durante la reciente crisis migratoria en Ceuta.

Competencias del presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta

El modelo institucional de Ceuta se articula en torno a dos órganos principales: la Asamblea de Ceuta y el Consejo de Gobierno. Según recoge una nota del Senado sobre el Día de Ceuta, en la XI Legislatura ambos órganos están presididos por Juan Jesús Vivas, lo que refleja la concentración de funciones políticas en su figura (noticia del Senado).

Aunque el Estatuto de Autonomía no se cita artículo por artículo en las fuentes consultadas, sí se describen varias áreas materiales en las que la Ciudad ejerce competencias propias, que el presidente debe dirigir y coordinar a través del Gobierno ceutí:

  • Salud pública: la ministra de Sanidad Mónica García ha recordado que “las competencias en materia de salud pública en Ceuta las tiene el Gobierno de la Ciudad de Ceuta”, subrayando que ante eventuales emergencias sanitarias la primera autoridad competente es el ejecutivo que encabeza Vivas (Demócrata).
  • Servicios sociales y protección de menores: otra pieza de Demócrata explica que el Estatuto de Autonomía atribuye a Ceuta competencias en asistencia social y que su Área de Menores es la entidad pública responsable de declarar desamparos, asumir la tutela y garantizar alojamiento, alimentación, atención sanitaria y escolarización de los menores migrantes que llegan a la ciudad (análisis sobre menores).
  • Dirección política y coordinación institucional: como presidente, Vivas representa a la Ciudad Autónoma en convenios y acuerdos con el Estado. En un convenio de asistencia jurídica publicado en el BOE se le cita expresamente “actuando en nombre y representación de la Ciudad Autónoma de Ceuta” (BOE-A-2025-23246).
  • Participación en órganos de coordinación extraordinaria: durante la crisis migratoria de 2026, el Gobierno central creó un comité especializado y una “autoridad funcional” o mando único. Demócrata detalla que en ese órgano participan la ciudad autónoma “representada por su presidente, Juan Jesús Vivas”, junto a la Delegación del Gobierno, el CNI, el Departamento de Seguridad Nacional y once ministerios con competencias en la emergencia (crónica sobre el mando único).
  • Proyección exterior de la ciudad: la presidenta de la FEMP anunció que cede a Vivas su plaza en el Comité Europeo de las Regiones, precisamente para que Ceuta y Melilla tengan voz directa en la UE en el contexto de la crisis migratoria (noticia sobre el CdR).

En términos prácticos, estas competencias se traducen en que el presidente fija la dirección política del Consejo de Gobierno, coordina a las consejerías en materias clave como sanidad, servicios sociales o orden público en el ámbito local, y actúa como interlocutor principal ante el Gobierno central, las comunidades autónomas y las instituciones europeas.

Trayectoria política de Juan Jesús Vivas

Las bases de datos institucionales confirman que Juan Jesús Vivas Lara ocupa el cargo de presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta en la actualidad, al frente de la “Presidencia de la Ciudad Autónoma de Ceuta”. Demócrata y otras fuentes públicas lo identifican como dirigente del Partido Popular, que encabeza el ejecutivo ceutí en la actual legislatura.

Aunque las fuentes consultadas no ofrecen un currículo detallado con todas sus fechas de acceso a cargos, sí permiten trazar algunos rasgos de su trayectoria:

  • Es descrito de forma reiterada como presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta en notas oficiales, en la agenda de La Moncloa y en comunicados de varios ministerios y gobiernos autonómicos, lo que indica una permanencia prolongada en el cargo y una elevada centralidad institucional.
  • La secretaria general del PSOE, María Jesús Montero, al referirse a la crisis migratoria, subraya la “trayectoria” de Vivas al frente de la ciudad y destaca que “siempre ha pretendido tener a la ciudad por encima de otras cuestiones”, aludiendo a un liderazgo de largo recorrido y a un estilo de perfil propio aun en contextos de tensión con el Gobierno central (entrevista recogida por Demócrata).
  • Su papel durante la crisis migratoria de 2026 lo sitúa como interlocutor clave con el Gobierno de España, con el rey y con la UE: se reúne con Pedro Sánchez, con varios ministros sectoriales y con Felipe VI en Marivent para trasladar la situación de Ceuta y reclamar medidas, y ha encabezado manifestaciones y llamamientos públicos en defensa de la ciudad.
  • Diversas informaciones reflejan también su capacidad de influencia en foros nacionales: participa en debates organizados por entidades como Nueva Economía Fórum y mantiene una relación fluida con presidentes autonómicos y con la FEMP, hasta el punto de asumir un asiento titular en el Comité Europeo de las Regiones.

En conjunto, la trayectoria de Juan Jesús Vivas se caracteriza por un liderazgo continuado al frente de Ceuta bajo las siglas del PP, un fuerte protagonismo en la gestión de crisis —especialmente las migratorias y las relacionadas con la frontera con Marruecos— y un papel de bisagra entre la realidad local ceutí y los centros de decisión en Madrid y Bruselas.

¿Qué requisitos legales establece la legislación electoral de Ceuta para acceder al reparto de escaños en la Asamblea?

En Ceuta no existe una “ley electoral propia” separada, sino que las elecciones a la Asamblea se rigen por el Estatuto de Autonomía de Ceuta (LO 1/1995) y, en todo lo demás, por la Ley Orgánica 5/1985, de Régimen Electoral General (LOREG), en su regulación de las elecciones municipales. A partir de esa normativa se derivan los requisitos para que una candidatura pueda entrar en el reparto de escaños.

Marco normativo específico

El Estatuto de Autonomía de Ceuta establece que:

  • La Asamblea de Ceuta está integrada por 25 miembros, elegidos “por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto” en la ciudad.
  • Las elecciones “se regirán por lo establecido en la legislación estatal reguladora del régimen electoral general para la celebración de elecciones locales”, si bien en papeletas y documentación debe constar expresamente la mención «Elecciones a la Asamblea de Ceuta».
  • La circunscripción electoral es el término municipal de Ceuta (circunscripción única).

De este reenvío se deduce que los requisitos de acceso al reparto de escaños son los mismos que para las elecciones municipales reguladas en la LOREG.

Requisitos de votos para acceder al reparto de escaños

La LOREG, en su Título relativo a elecciones municipales, establece un umbral electoral mínimo para que las candidaturas entren en la distribución de concejales (en Ceuta, miembros de la Asamblea, que son a la vez concejales):

  • Solo participan en la atribución de escaños las candidaturas que obtengan, al menos, un determinado porcentaje de los votos válidos emitidos en la circunscripción.
  • Ese porcentaje se calcula sobre el total de votos válidos, incluyendo los votos en blanco y excluyendo únicamente los votos nulos.
  • El umbral es del 5 % de los votos válidos emitidos en el conjunto del municipio (en este caso, en todo el término municipal de Ceuta).

En la práctica, esto significa que:

  • Se cuentan todos los votos válidos (votos a candidaturas + votos en blanco).
  • Se calcula el 5 % de esa cifra.
  • Quedan excluidas del reparto de los 25 escaños todas las candidaturas que no alcancen ese 5 % de votos válidos.
Votos válidos, votos a candidaturas y votos en blanco

La LOREG distingue entre:

  • Votos válidos a candidaturas: papeletas correctamente cumplimentadas a favor de una lista concreta.
  • Votos en blanco: sobre vacío (sin papeleta), que la ley considera voto válido.
  • Votos nulos: sobres o papeletas con alteraciones, tachaduras u otros defectos previstos en la ley; estos no se cuentan como válidos.

Para el acceso al reparto de escaños en la Asamblea de Ceuta:

  • El umbral del 5 % se calcula sobre la suma de votos a candidaturas + votos en blanco.
  • Sin embargo, una vez determinado qué candidaturas superan el umbral, la asignación de escaños se realiza exclusivamente en función de los votos obtenidos por esas candidaturas, aplicando el sistema de representación proporcional (método D’Hondt) previsto en la LOREG.
Otros requisitos formales y efectos del umbral

Además del umbral de votos, las candidaturas deben cumplir los requisitos generales que fija la LOREG para las elecciones locales:

  • Presentarse en forma de partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores, cumpliendo las exigencias de inscripción, avales y plazos.
  • Ajustarse a las reglas de proclamación de candidaturas por la Junta Electoral competente.
  • Respetar el régimen de inelegibilidades e incompatibilidades que la propia LOREG establece.

El efecto práctico del umbral es que:

  • Las formaciones con un apoyo muy minoritario quedan fuera del reparto de los 25 escaños, aunque hayan obtenido votos.
  • Esos votos, sin embargo, siguen computando como votos válidos a efectos de calcular el 5 %, lo que puede endurecer ligeramente el acceso de otras candidaturas al superar el listón.

En síntesis, para acceder al reparto de escaños en la Asamblea de Ceuta una candidatura debe: concurrir en la circunscripción única del municipio, ser válidamente proclamada conforme a la LOREG, y obtener al menos el 5 % de los votos válidos emitidos (incluidos los votos en blanco). Solo a partir de ahí participa en la distribución proporcional de los 25 escaños de la Asamblea.

Juega

¡Pon a prueba lo que sabes con FREN!

¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Qué porcentaje de voto lograría el PP en Ceuta según la encuesta de Sigma Dos publicada el 2 de septiembre de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Cuántos escaños perdería el PSOE en la Asamblea de Ceuta respecto a las elecciones autonómicas de 2023, según la encuesta?

Pregunta 2 de 3

¿Qué partido quedaría como segunda fuerza en la Asamblea de Ceuta según la estimación de Sigma Dos?

Pregunta 3 de 3

Hola, soy Fren. ¿Cómo te ayudo?