El Ministerio de Economía tiene lista una amplia reforma de la regulación de los mercados de valores para incorporar novedades normativas europeas, como el paquete Listing Act, la revisión de MiFID II/MiFIR, EMIR 3 y la reforma de las directivas sobre fondos UCTIS --Undertakings for Collective Investment in Transferable Securities (Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios)-- y gestores de fondos alternativos.
La norma no tendría que pasar por el Congreso al tratarse de un desarrollo reglamentario. El borrador fue examinado el pasado jueves por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (CGSEYS) y este martes ha llegado al Consejo de Ministros, según han confirmado a DEMÓCRATA fuentes del Ministerio.
Según el proyecto de decreto sometido por el Gobierno a audiencia pública el pasado abril, estas serían sus novedades más destacadas, a falta de confirmar su contenido definitivo.
Salidas a Bolsa
Para facilitar el acceso de pequeñas y medianas empresas a los mercados bursátiles, el reglamento prevé la rebaja del umbral exigido de acciones para solicitar su admisión en un mercado regulado, de seis millones a un millón de euros.
También se reduce la proporción de acciones que debe estar distribuida entre el público, del 25% al 10% del capital correspondiente.
Y aunque no se alcance este umbral, se prevé que sea posible si la sociedad ya cotice en otro mercado regulado de la UE, si hay un compromiso de alcanzar este umbral en 18 meses y si, repartidas entre al menos 25 accionistas, las acciones en circulación alcanzan un valor de más de 10 millones.
Voto plural y acciones de lealtad
Reforma planteada para proteger a socios minoritarios, modificando el régimen de ofertas públicas de adquisición (OPA) y aclarando que la obligación de formular una por el 100% del capital no depende únicamente del porcentaje de capital adquirido, sino del número de derechos de voto.
Informes de análisis bursátil
Las empresas de servicios de inversión podrán decidir si pagan conjuntamente o por separado la ejecución de las operaciones y los informes de análisis proporcionados por terceros (actualmente, depende de su capitalización).
Los informes promovidos o financiados por un emisor deberán cumplir un código de conducta europeo e identificarse expresamente como ‘patrocinado por el emisor’.
Supensiones de negociación
Las bosas y mercados regulados deberán publicar las circunstancias que motiven una suspensión o limitación de la negociación y qué principios determinan los parámetros que se empleen para activar estas medidas.
También se conceden a la Comisión Nacional del Mercados de Valores (CNMV) más facultades para intervenir al detectar anomalías y el mercado no haya actuado.
Reembolsos masivos
Las gestoras deberán elegir, como mínimo, dos instrumentos de gestión de liquide, conservando la posibilidad de, por un lado, suspender temporalmente suscripciones, reembolsos y recompras; y, por otro, crear carteras separadas para activos ilíquidos en situaciones excepcionales.
Además, la CNMV podrá exigir a un fondo que active o desactive una suspensión cuando no pueda calcular su valor, exista fuerza mayor o concurran riesgos para los inversores o la estabilidad financiera.
Información de folletos
Deberán incluir el importe máximo de comisiones, cargos y gastos soportados por los inversores; los costes asumidos por la gestora; las condiciones de recompra y reembolso y los instrumentos de liquidez disponibles.
Fondos de inversión
La reforma desarrolla la actividad de los fondos de inversión alternativa prestamistas, limitada a instituciones de inversión colectiva de inversión libre.
El borrador presentado en abril por Economía contenía límites a los préstamos concedidos a un mismo prestatario, límites de apalancamiento o prohibiciones en préstamos a determinadas personas o entidades vinculadas, así como a consumidores.
Por otro lado, se habilitan registros específicos en la CNMV para fondos de inversión a largo plazo europeo y se prevén cambios en la información que deben presentar.
Así, se imposibilita la presentación de manera agregada hasta el 30% de su cartera, manteniéndose únicamente en los voluntarios informes trimestrales.
También se impedía la utilización del margen general del 10% para invertir en titulizaciones que no cumplen con requisitos europeos de retención de riesgo.