Consejo de Ministros: tres nombramientos, un proyecto de ley y siete reales decretos

Consulte todos los acuerdos aprobados en la reunión del 25 de agosto de 2026

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Esta semana el Consejo de Ministros ha efectuado TRES nombramientos.

¿QUIÉNES SON?

En Transportes y Movilidad Sostenible:

 

  • Secretaria general de Transporte Terrestre, Sara Hernández del Olmo.

 

En Vivienda y Agneda Urbana:

 

  • Secretaria de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, Leire Iglesias Santiago.
  • Presidenta de CASA 47 Entidad Pública Empresarial, María Isabel Ramos Vergeles.

 

 

 

AL CONGRESO: UN PROYECTO DE LEY.

 

Proyecto de Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

 

  • Sustituirá al Estatuto Marco vigente desde 2003 y actualizará el régimen laboral del personal estatutario del SNS.
  • Establece un marco común de derechos y garantías para todo el personal estatutario, respetando las competencias autonómicas en materia de planificación, ordenación y gestión de sus servicios de salud.
  • La jornada máxima no podrá superar las 45 horas semanales de trabajo y no podrá computarse más de una guardia semanal en cómputo trimestral.
  • La jornada de guardia no podrá superar las 17 horas y no podrá exigirse la realización de una jornada ordinaria inmediatamente después de una guardia.
  • Introduce por primera vez el concepto de carga horaria excesiva, que permitirá activar medidas organizativas y preventivas cuando exista una sobrecarga continuada.
  • Los servicios de salud dispondrán de hasta cinco años para realizar los cambios organizativos y de plantilla necesarios para aplicar las nuevas previsiones sobre jornada.
  • Reconoce expresamente la conciliación de la vida personal, familiar y laboral como un derecho y amplía los supuestos en los que podrá solicitarse la exención de guardias.
  • Refuerza las medidas contra la temporalidad estructural, con procesos de selección de personal estatutario fijo cada dos años, con carácter general, y plazo máximo de resolución de 18 meses.
  • Modifica el modelo de movilidad voluntaria, que se articulará mediante concurso abierto y permanente, con adjudicaciones al menos una vez al año.
  • Regula las plazas y puestos de difícil cobertura, actualiza la clasificación profesional y apuesta por la profesionalización de la función directiva de los servicios de salud.
  • Incorpora una regulación específica del personal estatutario investigador mediante categorías profesionales propias dentro de los servicios de salud.

 

 

AL BOE: UN REAL DECRETO-LEY Y SIETE REALES DECRETOS.

 

¿QUÉ REGULAN?

 

El Real Decreto-ley:

 

El establecimiento de medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a la ciudad de Ceuta.

 

  • Permitirá adoptar medidas laborales, extraordinarias y urgentes en favor de personas trabajadoras afectadas por incendios forestales que hayan requerido evacuaciones, confinamientos, restricciones de acceso u otras medidas restrictivas.
  • Las personas trabajadoras podrán suspender su contrato y solicitar una prestación extraordinaria por emergencia extrema cuando no puedan acceder a su domicilio habitual, deban realizar tareas de traslado, limpieza o recuperación de enseres, o tengan deberes de cuidado derivados de los incendios.
  • No se exigirá periodo mínimo de cotización para acceder a la prestación, que tendrá una duración máxima de cuatro meses y no consumirá cotizaciones previamente efectuadas.
  • Se prevé un permiso por fallecimiento de hasta cinco días hábiles.
  • La norma suspende los plazos procesales entre el 27 y el 31 de julio en varios partidos judiciales afectados por los incendios, con las excepciones habituales para actuaciones urgentes.
  • También introduce medidas de Seguridad Social, como la posibilidad de que los autónomos afectados soliciten la prestación por cese de actividad sin acreditar periodo mínimo de cotización ni fuerza mayor.
  • Pretende dar respuesta a la entrada irregular de personas migrantes producida los días 30 y 31 de julio y a la presión generada sobre los servicios públicos de la ciudad.
  • Pone en marcha un plan de choque estructurado en cuatro ejes: refuerzo de servicios esenciales, seguridad, acogida humanitaria y apoyo a empresas y trabajadores.
  • Destina 21 millones de euros al refuerzo de servicios esenciales, incluyendo justicia, sanidad, educación y agua.
  • Contempla 90 millones de euros en seguridad, con incentivos excepcionales al rendimiento para Policía Nacional y Guardia Civil y dotación adicional para el despliegue de Defensa y las FAS.
  • Incrementa los recursos de acogida humanitaria y presta especial atención a la infancia migrante no acompañada, con una dotación adicional para reforzar la capacidad de acogida y asistencia.
  • Incluye ayudas directas a empresas y autónomos, medidas de apoyo al comercio, al turismo y a la internacionalización de empresas ceutíes, una línea de avales por cuenta del Estado y medidas fiscales y de Seguridad Social.
  • Aumenta de forma permanente la bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social del 50% al 75% en Ceuta y Melilla para empresas y trabajadores autónomos de determinados sectores.

 

Los Reales Decretos:

 

A propuesta de Presidencia del Gobierno, la modificación del RD por el que se aprueba la Declaración de Recursos a emplear en la situación de interés para la Seguridad Nacional en la ciudad de Ceuta.

 

  • Incorpora nuevos espacios e infraestructuras destinados a reforzar la respuesta ante la situación de interés para la Seguridad Nacional declarada en la ciudad.
  • Entre ellos figuran emplazamientos para la atención y acogida de personas migrantes en parcelas del puerto y del Ministerio de Vivienda.

 

 

A propuesta de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la aprobación del Reglamento de las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva.

 

  • Pretende garantizar que las personas con dificultades de comprensión puedan ejercer plenamente sus derechos y deberes de ciudadanía en condiciones de igualdad.
  • Establece cómo debe garantizarse la accesibilidad cognitiva en centros sanitarios, telecomunicaciones, espacios públicos, infraestructuras, transportes, administraciones judiciales, espacios culturales y procesos electorales.
  • Prevé herramientas como el lenguaje claro, la lectura fácil o los sistemas aumentativos y alternativos de comunicación.
  • Incorpora también recursos de orientación, como señalización accesible y pictogramas, y soluciones tecnológicas que mejoren la comunicación, la orientación y la realización de tareas.

 

A propuesta de Hacienda, la concesión directa de subvenciones para realizar actuaciones de interés general en las ciudades de Ceuta y Melilla.

 

  • Las subvenciones ascienden a 21,5 millones de euros.
  • Su finalidad es contribuir a la financiación de ambas ciudades, en atención a sus circunstancias singulares derivadas de su especial situación geográfica.
  • Ceuta recibirá 7,2 millones de euros, cantidad que se incrementará con 2 millones adicionales por la crisis migratoria de los días 30 y 31 de julio, incluidos en el Real Decreto-ley específico de apoyo a la ciudad.
  • Melilla recibirá 14,3 millones de euros.

 

 

A propuesta de Industria y Turismo, la modificación de la normativa sobre ayudas a la construcción naval.

 

  • Corrige una omisión detectada en el régimen transitorio del RD 485/2025 respecto de las ayudas al sector de la construcción naval.
  • Permite tramitar conforme a ese real decreto las solicitudes de modificación de resoluciones de concesión emitidas al amparo del RD 874/2017 y presentadas tras la entrada en vigor del RD 485/2025, siempre que el buque no haya sido entregado al armador.
  • También introduce una aclaración técnica para facilitar la interpretación del régimen transitorio.

 

 

A propuesta de Cultura, la declaración de los sistemas históricos y tradicionales de regadío como Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial.

 

  • Reconoce una práctica que constituye un legado ambiental, tecnológico, paisajístico y social en los territorios y comunidades donde se desarrolla.
  • Las CCAA portadoras son depositarias de conocimientos, prácticas, técnicas, expresiones y sistemas de organización social transmitidos entre generaciones.
  • La declaración se limita a reconocer y salvaguardar el patrimonio cultural inmaterial del riego tradicional, sin alterar el régimen jurídico de los bienes materiales asociados ni incidir en competencias sectoriales de aguas, medio ambiente, agricultura o gestión del territorio.
  • Entre los principales desafíos para su continuidad figuran el envejecimiento de la población, la despoblación rural y la falta de relevo generacional.

 

A propuesta de Sanidad, la concesión directa de diversas subvenciones en materia de medicamentos y productos sanitarios durante el ejercicio 2026.

 

A propuesta de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la concesión directa de subvenciones para financiar iniciativas locales en el área de influencia del Espacio Natural de Doñana.

 

  • Se destinarán 4,5 millones de euros para proyectos locales que mejoren las condiciones de vida de la población vulnerable de Doñana.
  • Las ayudas financiarán proyectos piloto de inclusión social y laboral para colectivos en situación de pobreza o exclusión social.
  • Las actuaciones se desarrollarán en catorce municipios del área de influencia socioeconómica del Espacio Natural de Doñana, donde residen más de 210.000 personas.
  • Los proyectos deberán incorporar un dispositivo de triaje social para valorar la situación de riesgo y necesidad de las personas usuarias de los servicios sociales y diseñar itinerarios personalizados de inclusión.

 

 

 

OTROS ACUERDOS:

 

DEFENSA CELEBRARÁ CINCO ACUERDOS MARCO Y UN CONTRATO POR IMPORTE DE 499,8 MILLONES DE EUROS.

 

¿CUÁLES Y POR QUÉ IMPORTES?

 

  • El acuerdo marco para la adquisición de granadas de mortero para el Ejército de Tierra, el Ejército del Aire y del Espacio y la Armada, por importe de 111,3 millones de euros.
  • El acuerdo marco para la adquisición de carretillas elevadoras todo terreno y eléctricas para el Ejército de Tierra, por importe de 43,6 millones de euros.
  • El acuerdo marco para el servicio integral de apoyo a la ingeniería y el sostenimiento de los sistemas de armas del Ejército del Aire y del Espacio, por importe de 153,3 millones de euros.
  • El acuerdo marco para el suministro de víveres a buques, unidades e instalaciones de la Armada en territorio nacional, por importe de 100 millones de euros.
  • El acuerdo marco para la adquisición de cascos de combate para el Ejército de Tierra, por importe de 61,6 millones de euros.
  • El contrato para la adquisición de un buque multipropósito clase Carnota con capacidad de remolque de altura, por importe de 30 millones de euros.

 

 

DERECHOS SOCIALES DISTRIBUIRÁ 432,8 MILLONES DE EUROS PARA PROGRAMAS DE INTERÉS GENERAL CON CARGO AL 0,7% DEL IRPF Y DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

 

¿CÓMO SE REPARTIRÁN?

 

  • El crédito se distribuirá entre las comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, y las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • La propuesta se someterá al Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  • El importe supone un incremento del 15% respecto de la cifra repartida el año anterior.
  • Para el reparto se aplican trece criterios objetivos, entre ellos población, tasa de riesgo de pobreza o exclusión social, renta per cápita, dispersión territorial, familias monomarentales, envejecimiento y discapacidad.
  • Una vez aprobado el reparto, serán las comunidades y ciudades autónomas las que gestionen sus propias convocatorias de subvenciones.

 

 

AGRICULTURA DA CUENTA DE LA AMPLIACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PARA REPARAR DAÑOS AGRARIOS CAUSADOS POR LA DANA POR UN IMPORTE DE 75,2 MILLONES DE EUROS.

 

¿CON QUÉ FIN?

 

  • Completar las obras iniciadas para la reconstrucción de caminos rurales, la recuperación de explotaciones agrarias y la reparación de infraestructuras de regadío en municipios afectados de la Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha.
  • La magnitud de los daños y la evolución de las obras hicieron aflorar nuevas necesidades no identificadas en las primeras evaluaciones.
  • Las actuaciones son ejecutadas por TRAGSA en el marco de las medidas urgentes de reconstrucción y recuperación de las zonas afectadas por la DANA.

 

 

SANIDAD DISTRIBUIRÁ 50,3 MILLONES DE EUROS PARA PROGRAMAS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD.

 

¿A QUÉ SE DESTINAN?

 

  • Al desarrollo de programas de cohesión sanitaria, formación de profesionales, uso racional de medicamentos y actuaciones relacionadas con la donación y el trasplante.
  • La principal partida, dotada con 46,1 millones de euros, financiará políticas de cohesión sanitaria y formación continuada en el uso racional de los medicamentos.
  • Los fondos permitirán mejorar la atención farmacéutica a pacientes crónicos, frágiles o polimedicados, impulsar la deprescripción y la receta electrónica, reforzar la farmacovigilancia y la lucha frente a las resistencias a los antibióticos y mejorar el acceso a terapias de elevado impacto.
  • Sanidad destinará 3,4 millones de euros al Plan Nacional de Donación de Médula Ósea y al Plan Nacional de Sangre de Cordón Umbilical.
  • También se destinan 700.000 euros a reforzar la calidad y seguridad en la obtención y trasplante de órganos y a optimizar los sistemas de información gestionados por la Organización Nacional de Trasplantes.

 

EL GOBIERNO AUTORIZA AL INGESA A CELEBRAR UN CONTRATO DE SUMINISTRO POR IMPORTE DE 14 MILLONES DE EUROS.

 

¿CON QUÉ OBJETO?

 

  • El suministro de 613.600 dosis de vacunas proteínicas frente a la COVID-19.

 

Además, modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de mayo de 2026, por el que se autorizó la celebración de un acuerdo marco para la selección de proveedores para el suministro de equipos de cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas para laboratorios clínicos del Sistema Nacional de Salud, con un valor estimado de 78,5 millones de euros.

 

 

INCLUSIÓN DA CUENTA DE LAS DECLARACIONES DE EMERGENCIA PARA ATENDER NECESIDADES BÁSICAS DE PERSONAS MIGRANTES LLEGADAS A CEUTA.

 

¿POR QUÉ IMPORTE?

 

  • Por un importe total de 44,5 millones de euros.
  • Las declaraciones de emergencia se refieren a la prestación de servicios, realización de obras y adquisición de suministros esenciales para atender las necesidades básicas de personas migrantes llegadas a la ciudad de Ceuta.

 

 

TRANSICIÓN ECOLÓGICA SUSCRIBIRÁ UN CONVENIO CON EL CSIC PARA EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS MARINAS ESPAÑOLAS.

 

¿CON QUÉ FINALIDAD?

 

  • Reforzar la colaboración entre la Dirección General de la Costa y el Mar y el Instituto Español de Oceanografía, como organismo científico de referencia en el conocimiento del medio marino.
  • Las actuaciones incluirán seguimiento, evaluación, adquisición y tratamiento de datos científicos sobre el medio marino, revisión del buen estado ambiental y definición de objetivos ambientales.
  • Los trabajos contribuirán al cumplimiento de la Directiva Marco sobre la Estrategia Marina y de la Directiva de Ordenación del Espacio Marítimo.
  • El convenio tendrá un presupuesto total de 25,76 millones de euros.
  • Transición Ecológica aportará 15,6 millones durante los ejercicios 2026 y 2027, mientras que el CSIC contribuirá con 9,62 millones mediante recursos propios y actuaciones de investigación y adquisición y análisis de datos.

 

Asimismo, la ministra Aagesen da cuenta de cinco declaraciones de emergencia por importe total de 5,8 millones de euros.

 

EL GOBIERNO AUTORIZA UN CONVENIO PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DE USUARIOS DEL CENTRO “FRANCISCO GÁMEZ MORÓN” DE MELILLA.

 

¿QUIÉNES LO SUSCRIBEN?

 

  • El IMSERSO y la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de Melilla.
  • Su objeto es la atención integral de los usuarios del Centro de atención a personas con discapacidad intelectual “Francisco Gámez Morón”, perteneciente a la ciudad de Melilla.

 

 

EL GOBIERNO FIJA EL MÓDULO PARA SUBVENCIONAR LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS OFICINAS DE JUSTICIA EN LOS MUNICIPIOS.

 

¿DE QUÉ SE TRATA?

 

  • El acuerdo fija el módulo para la distribución del crédito que figura en los Presupuestos Generales del Estado para 2023, prorrogados para 2026, destinado a subvencionar esos gastos.

 

CIENCIA DA CUENTA DE UNA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA PARA ACTUAR EN EL COLEGIO MAYOR CÉSAR CARLOS.

 

¿POR QUÉ IMPORTE?

 

  • Por importe de 1,15 millones de euros.
  • Las actuaciones se destinan a la reparación, estabilización y consolidación de elementos estructurales del Colegio Mayor César Carlos.

 

 

HACIENDA AUTORIZARÁ UNA VARIACIÓN DE CRÉDITO, LA APLICACIÓN DEL FONDO DE CONTINGENCIA, UNA TRANSFERENCIA DE CRÉDITO, DOS CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y LÍMITES Y MODIFICACIONES DE LÍMITES PARA ADQUIRIR COMPROMISOS DE GASTO CON CARGO A EJERCICIOS FUTUROS A VARIOS ORGANISMOS.

 

¿A CUÁLES?

 

La variación de crédito:

 

  • A la Agencia Española de Protección de Datos, para financiar gastos derivados del arrendamiento de edificios, por importe de 620.903,04 euros.

 

El Fondo de Contingencia:

 

  • Al Ministerio del Interior, por importe de 16,7 millones de euros, más un suplemento de crédito, para financiar el servicio de asistencia sanitaria penitenciaria en cumplimiento de sentencias judiciales firmes, más un suplemento de crédito.

 

La transferencia de crédito:

 

  • Al Ministerio de Industria y Turismo, para financiar la realización de actuaciones previstas en el Plan Industrial y Tecnológico de la Seguridad y la Defensa, por importe de 1.483 millones de euros.

 

Los créditos extraordinarios:

 

  • Al Real Patronato sobre Discapacidad, para financiar el programa de cooperación territorial de educación inclusiva y mejora de la atención temprana para el alumnado con trastorno del espectro del autismo en 2026, por importe de 8 millones de euros.
  • Al SEPE, para financiar la contratación de personas desempleadas en labores de reconstrucción de las zonas dañadas por diversos fenómenos meteorológicos adversos, con especial afectación en municipios de Andalucía y Extremadura, por importe de 50 millones de euros.

 

Los límites de gasto:

 

  • Al Instituto Nacional de la Seguridad Social, para tramitar convenios de cooperación educativa para la realización de prácticas curriculares por parte de estudiantes universitarios.
  • Al Ministerio de Cultura, para realizar diversos gastos corrientes en los programas de cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior, música y danza y teatro.
  • Al Ministerio de Industria y Turismo, para financiar la convocatoria de ayudas del Plan de apoyo a la renovación de equipamiento en el sector de la hostelería.

 

Las modificaciones de límites de gasto:

 

  • Al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, para tramitar diversos expedientes de gastos plurianuales que afectan a diferentes capítulos de gasto del Departamento.
  • Al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, para tramitar nuevos gastos correspondientes al capítulo de “Gastos corrientes en bienes y servicios”.
  • Al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, para tramitar anticipadamente la convocatoria de ayudas para el desarrollo de la XI edición del programa “Campus Inclusivos, Campus sin Límites”.
  • Al Fondo Español de Garantía Agraria, para reajustar anualidades correspondientes a las ayudas para programas de información y promoción de productos agrícolas en el mercado interior y en terceros países.
  • Al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, para llevar a cabo diversas actuaciones relativas a “Inversiones reales”.
  • A la Oficina Española de Patentes y Marcas, para formalizar diversos contratos relativos a gastos corrientes en bienes y servicios.
  • Al Ministerio de Defensa, para financiar catorce nuevos programas especiales de modernización incluidos en el Plan Industrial y Tecnológico de la Seguridad y la Defensa.
  • Al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, para tramitar diversos expedientes de gasto con cargo al artículo “Material, suministros y otros”.
  • A la Dirección General de la Policía, para tramitar diversos contratos relativos a inversiones reales.
  • Al Ministerio de Industria y Turismo, para financiar diversos programas en el marco de los Planes Especiales de Modernización de la Defensa en el periodo 2027-2032.
  • Al Comisionado para el Mercado de Tabacos, para tramitar un nuevo contrato para la reforma y acondicionamiento de su sede.
  • Al Ministerio de Hacienda, para contratar servicios de mantenimiento y soporte informático y servicios de desarrollo de aplicaciones informáticas destinados a mantener las infraestructuras operativas y actualizadas de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
  • A la Agencia Estatal de Administración Tributaria, para llevar a cabo distintas contrataciones de tramitación anticipada y plurianual relacionadas con bienes, servicios e inversiones.

INFORMES:

 

  • Política Territorial da cuenta del informe actualizado sobre la situación de Ceuta.

 

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CONTENIDO GENERADO CON IA

¿En qué estado de tramitación parlamentaria se encuentra el Proyecto de Ley del nuevo Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud?

A fecha de hoy, 2 de septiembre de 2026, el llamado Proyecto de Ley del nuevo Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud aún no figura como iniciativa registrada en las Cortes Generales en las bases parlamentarias consultadas. Es decir, no consta todavía un proyecto de ley numerado en Congreso o Senado; el proceso se encuentra en la fase inmediatamente anterior: aprobado por el Consejo de Ministros y remitido al Congreso para iniciar su tramitación parlamentaria.

Fases ya completadas en el ámbito del Gobierno

De la información ejecutiva y de prensa se desprende la siguiente secuencia:

  • 2 de junio de 2026: el Consejo de Ministros aprueba el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, a los efectos del artículo 26.4 de la Ley del Gobierno. Referencia oficial: nota de Moncloa (2/06/2026) .
  • 5–26 de junio de 2026: el texto pasa a audiencia e información pública, abierta en la web del Ministerio de Sanidad, bajo el título «Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud» (ver portal de audiencia pública: Sanidad – Audiencia pública ).
  • 1 de septiembre de 2026: el Consejo de Ministros aprueba en segunda vuelta el PROYECTO DE LEY del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, cerrando la fase gubernamental y acordando su remisión a las Cortes Generales. Referencia oficial: nota de Moncloa (1/09/2026) .

La ficha ejecutiva consolidada (process_ante_440842 en la base de datos institucional) confirma exactamente estas tres fases: Acuerdo de Consejo de Ministros (anteproyecto), audiencia pública y, finalmente, Acuerdo de Consejo de Ministros del PROYECTO DE LEY el 1 de septiembre de 2026.

Estado en las Cortes Generales

Pese a que el Gobierno ya lo presenta públicamente como Proyecto de Ley y anuncia su envío al Congreso, en el momento de la consulta no aparece todavía ningún expediente parlamentario identificado con esta denominación en el Congreso de los Diputados ni en el Senado.

En términos estrictos, eso significa que, desde el punto de vista parlamentario:

  • El proyecto aún no se ha publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (BOCG), ni se le ha asignado un número de expediente del tipo 121/000XXX.
  • No consta abierto todavía el plazo de enmiendas ni se ha producido su envío formal a la Comisión competente.
  • En consecuencia, la tramitación parlamentaria como tal está en su arranque: el texto se encuentra en el punto de “remisión del Proyecto de Ley al Congreso”, pendiente de la primera actuación formal de la Cámara.

La propia nota de Moncloa sobre el proyecto, y diversas crónicas de prensa, coinciden en que «con su aprobación por el Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley inicia ahora su tramitación parlamentaria» y que «se remitirá a las Cortes Generales para su debate y, en su caso, aprobación definitiva». Esto encaja con la ausencia de ficha todavía en las bases parlamentarias: el Gobierno ya ha concluido su parte, pero el Congreso aún no ha completado los primeros actos formales de registro y publicación.

¿Se ha aprobado ya la ley? ¿Está en el BOE?

Con la información institucional disponible se puede afirmar con claridad que:

  • No existe todavía una “Ley del nuevo Estatuto Marco” publicada en el BOE que sustituya a la Ley 55/2003, de 16 de diciembre. Esta norma de 2003 sigue siendo el Estatuto Marco vigente.
  • El texto aprobado el 1 de septiembre de 2026 es un Proyecto de Ley en fase inicial, que deberá ser debatido, enmendado y votado en el Congreso y, posteriormente, en el Senado antes de su eventual sanción real y publicación en el BOE.

Resumen sintético del estado

En resumen, el Proyecto de Ley del nuevo Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud:

  • Ha superado la fase de anteproyecto, audiencia pública y aprobación como proyecto por el Consejo de Ministros.
  • Ha sido remitido por el Gobierno al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria.
  • Aún no figura como iniciativa registrada y numerada en las bases parlamentarias, por lo que la tramitación en Cortes se encuentra en el momento inicial de remisión, previo a la publicación en BOCG y apertura de enmiendas.
  • No ha sido aprobado todavía como ley ni publicado en el BOE.

¿Cuáles son las competencias y funciones de la secretaria de Estado de Vivienda y Agenda Urbana según la legislación española?

Según la legislación española reciente, la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana es el órgano superior del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana encargado de impulsar la política estatal en materia de vivienda, Agenda Urbana, calidad de la edificación y suelo, y de ejecutar los programas y ayudas asociados a estas políticas, en coordinación con otras administraciones públicas.

Marco normativo básico

El punto de partida actual está en el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2023-23537). En el fragmento relevante se establece que:

  • Corresponde al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de vivienda, Agenda Urbana, calidad de la edificación y suelo.
  • El Ministerio dispone, como órgano superior, de la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana.

Es decir, la Secretaría de Estado es el órgano de máximo nivel bajo la titular del Ministerio a través del cual se canalizan de forma principal esas competencias materiales.

A su vez, distintas normas de desarrollo de la estructura orgánica de los ministerios completan y matizan estas funciones, en particular:

  • El Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, sobre estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y sus sucesivas modificaciones (entre otros los reales decretos 311/2021, 808/2021, 125/2022, 446/2022) que reordenan órganos superiores y directivos.
  • El Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del entonces Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, modificado por el Real Decreto 495/2021, de 6 de julio (BOE-A-2021-11242), donde se detallan competencias de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que incluían ya funciones en materia de acceso a la vivienda, políticas urbanas y de suelo. Ese bloque competencial se ha trasladado al nuevo Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y a su Secretaría de Estado.
  • Normas sectoriales que atribuyen la gestión de programas concretos al Ministerio y, por tanto, a la Secretaría de Estado, como:
    • Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022‑2025 (BOE-A-2022-802).
    • Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, sobre programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social en el marco del Plan de Recuperación (BOE-A-2021-16233).

Ámbitos materiales de competencia

A partir de estos textos, las grandes áreas materiales que asume la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana pueden sintetizarse así:

  • Política de vivienda: diseño y propuesta de la política estatal de vivienda, incluyendo planes estatales de vivienda, programas de ayuda al alquiler y a la adquisición, y medidas de apoyo a colectivos vulnerables. La gestión y coordinación del Bono Alquiler Joven y de los planes estatales de vivienda se inscriben en este ámbito.
  • Agenda Urbana: impulso y coordinación de la Agenda Urbana Española, promoción de modelos urbanos sostenibles, compactos, inclusivos y resilientes, y alineación con compromisos internacionales en desarrollo urbano sostenible.
  • Calidad de la edificación: definición de criterios y líneas de actuación para mejorar la eficiencia energética, accesibilidad, seguridad y sostenibilidad del parque edificatorio, así como apoyo a la rehabilitación de edificios, como reflejan las ayudas del Real Decreto 853/2021.
  • Suelo: propuesta y ejecución de la política estatal sobre suelo en el marco de las competencias de la Administración General del Estado, con especial atención a su uso para vivienda asequible y a la coordinación con comunidades autónomas y entidades locales.

Funciones típicas según la legislación de organización administrativa

Aunque la descripción concreta de cada unidad (direcciones generales, subdirecciones, etc.) se encuentra en los reales decretos de estructura orgánica, las funciones típicas de una Secretaría de Estado en este ámbito, a la luz de esos textos, incluyen:

  • Propuesta normativa: elaboración y elevación al Ministerio de anteproyectos de ley, reales decretos y otras disposiciones de carácter general en materia de vivienda, Agenda Urbana, edificación y suelo.
  • Planificación estratégica y programación: diseño de planes estatales y estrategias (por ejemplo, planes estatales de vivienda o programas de rehabilitación), fijando objetivos, criterios de financiación y marcos de colaboración con las comunidades autónomas.
  • Gestión de programas y ayudas: dirección, seguimiento y evaluación de los programas de subvenciones y ayudas financiadas por el Estado o por fondos europeos vinculados a la vivienda y la rehabilitación, así como aprobación de bases reguladoras mediante órdenes ministeriales.
  • Cooperación interadministrativa: coordinación con comunidades autónomas y entidades locales en la aplicación de la normativa estatal de vivienda y suelo, en la ejecución de los planes estatales y en la implementación de la Agenda Urbana.
  • Representación y relaciones internacionales: participación, en el ámbito competencial, en foros y organismos internacionales relacionados con vivienda, desarrollo urbano y agenda urbana global, y en particular en el seguimiento de compromisos europeos y de Naciones Unidas.

En conjunto, la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana actúa como centro directivo de la política estatal de vivienda y de la Agenda Urbana, con funciones de impulso normativo, planificación, gestión de programas y coordinación territorial, tal como se deriva de los reales decretos de estructura orgánica y de las normas sectoriales que le encomiendan la ejecución de los principales planes y ayudas en la materia.

¿Qué requisitos legales deben cumplir las ciudades autónomas para acceder a las subvenciones directas concedidas por el Gobierno?

Para que las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla puedan recibir subvenciones directas del Gobierno, se les aplican las reglas generales de la Ley 38/2003, General de Subvenciones (LGS) y su Reglamento (Real Decreto 887/2006), junto con las exigencias de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). Además, cuando la ayuda se articula mediante convenio, deben cumplir las condiciones específicas de ese instrumento.

1. Requisitos generales de la Ley General de Subvenciones

Como beneficiarias de subvenciones públicas, las ciudades autónomas están sometidas a los principios y obligaciones de la LGS, aunque, por ser Administraciones Públicas, no les resultan de aplicación algunas prohibiciones pensadas para personas o entidades privadas. Con carácter general, deben:

  • Ajustarse al régimen jurídico de las subvenciones previsto en la LGS y en su Reglamento, así como en la norma específica que regule cada subvención directa (normalmente un real decreto del Consejo de Ministros).
  • Acreditar que están al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a efectos de pago de la subvención. La propia LGS prevé que el pago no puede efectuarse mientras el beneficiario no esté al corriente o sea deudor por un reintegro pendiente.
  • No ser deudoras por procedimientos de reintegro de subvenciones ya acordados y no satisfechos, salvo que se haya producido aplazamiento, fraccionamiento o suspensión.
  • Comprometerse a ejecutar la actividad o programa que constituye el objeto de la subvención y a justificar su realización en los términos y plazos fijados.
  • Llevar una contabilidad diferenciada o un sistema contable que permita identificar claramente los gastos financiados con la subvención, para facilitar la comprobación y el control financiero.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, control financiero y auditoría del órgano concedente, de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.

En las subvenciones directas (artículo 22.2.c LGS), la norma específica debe justificar las razones de interés público, social, económico o humanitario o las dificultades para la convocatoria pública, y concretar beneficiario, cuantía, objeto, obligaciones y justificación.

2. Requisitos específicos como Administraciones territoriales

Ceuta y Melilla, como ciudades con Estatuto de Autonomía, quedan integradas en el ámbito de la LOEPSF, que impone límites de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto a todas las Administraciones.

La LOEPSF prevé expresamente que el cumplimiento de estos objetivos se tendrá en cuenta para:

  • Autorizar emisiones de deuda.
  • Autorizar o condicionar la concesión de subvenciones y la suscripción de convenios con otras Administraciones.

En la práctica, los reales decretos de subvenciones directas a comunidades y ciudades autónomas suelen exigir que:

  • La ciudad no esté en situación de incumplimiento grave de los objetivos de estabilidad, deuda o regla de gasto sin haber aprobado el correspondiente plan económico-financiero o plan de ajuste.
  • Se respete el marco de disciplina fiscal: la subvención debe ser compatible con los objetivos fijados para la entidad y, si procede, integrarse en sus escenarios de consolidación fiscal.
  • Se remita la información económica y presupuestaria que la LOEPSF y la normativa de estabilidad exigen (informes de ejecución, seguimiento de planes, etc.), que muchas veces se incorporan como obligación adicional en la norma de concesión.

3. Particularidades cuando se formaliza mediante convenio

Muchas subvenciones directas del Estado a Ceuta y Melilla se instrumentan a través de un convenio de colaboración entre el ministerio competente y la ciudad autónoma. La LGS y su Reglamento precisan que:

  • El convenio debe ajustarse siempre a la LGS y recoger, como mínimo, el objeto, el importe y la forma de financiación, las actuaciones a realizar, los plazos de ejecución, el sistema de justificación y los mecanismos de control y reintegro.
  • Debe fijar la vigencia máxima, normalmente no superior a cuatro años, con posibles prórrogas limitadas.
  • Puede establecer requisitos adicionales: cofinanciación por parte de la ciudad, creación de órganos mixtos de seguimiento, remisión periódica de indicadores, etc.
  • En coherencia con la LOEPSF, el convenio puede supeditar la efectividad de ciertos pagos al cumplimiento de hitos de estabilidad presupuestaria o de ejecución, o a la aprobación de planes de ajuste.

En suma, Ceuta y Melilla acceden a las subvenciones directas estatales cumpliendo los requisitos generales de la LGS (ser beneficiarias válidas, justificar correctamente y someterse a control) y, además, las exigencias de disciplina fiscal de la LOEPSF y las condiciones concretas fijadas en cada real decreto y, en su caso, en el convenio de colaboración que instrumenta la ayuda.

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